miércoles, 29 de enero de 2025

“ORIGEN DE LA VILLA DE CONIL DE LA FRONTERA: poblamiento y privilegios durante el siglo XV”, Antonio SANTOS GARCÍA y Francisco GONZÁLEZ UREBA. 23ª parte de 25.

Siguiendo con la política de este blog (o muro de facebook) de AYUDAR y COLABORAR, modestamente, a la difusión del PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL DE CONIL, se reproduce a partir de hoy un interesante artículo que, el Boletín “La Laja”, en manos de la Asociación homónima, publicó en 2.008, bajo el estandarte de divulgar la Historia de esta Villa. Cada parte consistirá en la reproducción digital y transcripción de su contenido, con su ortografía original, de la totalidad de las diez y seis hojas de las que consta este original documento histórico. Todo lo transcrito irá en letra cursiva o bastardilla, incluyendo los pies de páginas intercalados por los autores en el original. 

[Imagen no incluida en el artículo] Reproducción de la 14ª hoja del documento estudiado. Escaneado Rafael Coca López, 14 mayo 2.014. 

[VIENE del 22 de enero de 2.025]

Transcripción de la hoja n.º 14:

« … /de sus casas de sus dichos vecinos, ni de otras ningunas personas, por mar, o por tierra, fasta que primeramente sea vendido, è despachado todo el vino de la Cosecha de ella, salvo, lo que al tiempo de las mis ALMADRABAS se troxiere, para provehimiento del Real de ellas: so pena que qualquier, o cualesquier personas, que contra lo dicho es, fueren, o el dicho vino metieren, hayan perdido, è pierdan el tal vino, è basixas en que lo troxieren, o estubiere, è las bestias, è barcos, en que viniere, è mas Sieszientos mrs., lo cual vos mando, que luego sea tomado, è esecutado en las personas, que lo contrario fisieren; è que las dos partes de el tal vino è basixas, è bestias, è barcos, è mrs. para la obra de mi fortaleza, que en la mi villa de Vexer, yo mando faser è la otra tercera parte, para los propios del dicho Conzexo: Lo cual todo vos mando, que lo fagades, è cumplades, so pena de perdizion de los Oficios, è de diez mill mrs. a cada uno de vos, para la mi Camara: E asimismo, por vos faser mas merzed, dó lizenzia a todos mis Vasallos, que puedan vender sus Vinos, è Comprar vinos de otros, agora, è para siempre jamas, atabernados, o arrobados en la dicha mi Villa para la provision de ella, o para lo lebar de fuera parte, como a ellos mas bueno, è provechoso sea; porque mi merzed, è voluntad es; por les faser bien, è merzed, que así sea, è pase como dicho es: E porque de cada día acaesze, que de cada una parte a otra se vienen a vivir, è morar las Gentes es mi merzed, é voluntad es/ … » [Final de la catorceava hoja] 

[Ambientación, imagen no incluida en el artículo original] Consumo de vino en la edad media. Fuente: “verema punto com”. 

[CONTINUARÁ el 5 de febrero de 2.025]

Fuente: “BOLETÍN LA LAJA”, Amigos del Patrimonio Natural y Cultural de Conil. Año 2.008, número 10, pp. 35-52. 

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