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jueves, 26 de marzo de 2026

UN PASEO POR EL ARCHIVO HISTÓRICO MUNICIPAL DE CONIL: “CRIADERO DE AZUFRE” (1.839).

El Ayuntamiento de Conil, en reunión de Cabildo del 12 de julio de 1839, trata sobre el anuncio, fechado el 9 de los corrientes, que recoge la denuncia ante el Gobierno Político, de un criadero de azufre, situado a una legua de Conil, realizada por D. Pedro de Zulueta y Compañía, vecinos de Cádiz. El texto precisa la ubicación del yacimiento en terreno baldío, junto al arroyo Jandilla, en el descenso del cerro La Mina, e indica la orientación aproximada de la veta. Conforme a la instrucción minera vigente y a la Real Orden de 17 de junio de 1838, se dispone su publicación para conocimiento de posibles poseedores anteriores o propietarios colindantes, a fin de que pudieran ejercer su derecho de oposición dentro de los plazos legales establecidos. 

Croquis de situación de la zona de La Mina. Fuente: Emilio Sastre Domínguez, p. 211, “El ayer y el hoy del Azufre de Conil”, Carpas Keops, 2024. 

[Transcripción literal de Rafael Coca López, con la ayuda de las notas de Antonio Martínez Cordero extraídas de las fechas depositadas en el Archivo Parroquial Santa Catalina]

«”[Papel sellado] SELLO 4º / 40 MARAVEDIS / ISABEL 2ª POR LA GRACIA DE DIOS Y LA CONSTITUCION REYNA DE LAS ESPAÑAS 1839. / Acta de 12 de Julio.- En la Villa de Conil de la frontera en doce de Julio de mil ochocientos treinta y nuevereunidos los Señores Capitulares en la Sala de Seciones á saber Don Miguel Ramirez Roman, Alcalde primero Constitucional, Presidente; [ausente, Alcalde segundo, Juan Bautista Gil] Don Alonso CamachoDon Juan MuñozDon Juan Seco de Teran y Don Pedro Trujillo [ausente, Don Pedro Ramirez]RegidoresDon Francisco LealSindico, todos de este Ayuntamiento, se dio principio á este acuerdo leyendo el Boletin Oficial numero cincuenta y cinco del nueve del actual que contiene de notable lo siguiente = Un anuncio del Govierno Superior Politico en el que se espresa que D. Pedro Zulueta y Compañia vecino de Cadiz = á denunciado un CRIADERO DE AZUFRE á una LEGUA de esta Villa en terrenos valdios junto al ARROYO JANDILLA al decenso del CERRO llamado de la MINA y que en cumplimiento á lo determinado en la instrucción vigente se publica para conocimiento del anterior poseedor y dueño de sus colindantes para que en los terminos que se espresan puedan CONTRADECIR dicho denuncio.”» ... 

Reproducción digital de la parte del acta transcrita. Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera.

[Transcripción literal de Rafael Coca López, del anuncio del Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz]

«”D. Pedro de Zulueta y compañía, vecino de Cádiz, ha denunciado ante este Gobierno político un criadero de azufre á una legua de Conil, en esta provincia, en terreno baldío, junto al arroyo Jandillo al descenso del cerro llamado de la Mina, cuya veta parece correr de Norte a Sur. Y, en cumplimiento á lo determinado en el art. 96 de la instrucción vigente y real orden de 17 de junio de 1838, he dispuesto su publicación para conocimiento del anterior poseedor y dueños de las colindantes si los hubiere, los que en el término de 10 días, ó dentro de los 30 que establece el art. 93, contados desde esta fecha, podrán contradecir el denuncio en forma. / Cádiz 9 de Julio de 1839. / = Gonzalez Villalobos.“»

Reproducción fotográfica del anuncio comentado en esta entrada. Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, núm. 55, del martes 9 de julio de 1839. Archivo Diputación Provincial de Cádiz. 

*** Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera. Sesión Ordinaria del 12 de julio de 1839. Libro Capitular 56-1, pp. digitalizadas 206-207; folios n.º 102v-103. Agradecimiento: Isabel González Ramírez.  

domingo, 22 de marzo de 2026

UN PASEO POR EL ARCHIVO HISTÓRICO MUNICIPAL DE CONIL: “MOZOS A CAJA” (1900).

 Cuando existía el servicio militar obligatorio en España, que duró muchos años, cada Ayuntamiento elaboraba anualmente el ALISTAMIENTO, un padrón con todos los varones de la localidad que cumplían la edad correspondiente. En él se incluían datos personales y se comprobaba si existía alguna causa de exención, tales como enfermedad, baja estatura o peso, etc. Una vez aprobado el alistamiento, se celebraba el SORTEO DE QUINTAS, en el que se asignaba un número a cada mozo. Según las necesidades del Ejército, algunos quedaban EXCEDENTES, otros eran declarados SOLDADOS, y otros pasaban a la RESERVA. Los mozos declarados soldados eran los obligados a incorporarse al servicio activo. El llamado INGRESO EN CAJA era el acto administrativo por el cual los mozos declarados soldados se presentaban oficialmente para quedar a disposición del Ejército.

[Ambientación] Imagen alegórica a lo descrito en la transcripción, y tratado en la sesión del Ayuntamiento de julio de 1900. Fuente: Imagen creada por ChatGPT. 

[Transcripción libre de Rafael Coca López]

«”NÚMERO 32. SESIÓN ORDINARIA DE 2ª CITACIÓN DEL DÍA 23 DE JULIO DE 1900. En la Villa de Conil de la Frontera, a veinte y tres de julio de mil novecientos, siendo las nueve de la noche, se reunieron en las Casas Consistoriales los Señores del Ayuntamiento cuyos nombres a margen se expresan [se detallan al final de esta transcripción], al objeto de celebrar esta sesión pública ordinaria de segunda citación, por no haberse reunido número legal de Señores Concejales para celebrarla el sábado anterior, la cual tuvo lugar bajo la presidencia del Señor Alcalde Don Antonio Lizardi Amar, y por ante mí el Secretario de la forma siguiente: …

Punto Tercero.

Se dio cuenta de la Circular del Excmo. Señor Gobernador Civil, inserta en el Boletín Oficial del día veinte del corriente mes, disponiendo tenga lugar el INGRESO EN CAJA DE LOS MOZOS DECLARADOS SOLDADOS en el alistamiento actual y los procedentes de los reemplazos de 1897, 1898 y 1899, con sujeción a lo prevenido en el artículo 143 de la vigente Ley de Reemplazos. La Corporación acuerda dar el debido cumplimiento, haciéndolo público por medio de edictos en los sitios de costumbre y citaciones por papeletas a los interesados, nombrando COMISIONADO para que intervenga en estas operaciones, al Oficial primero de la Secretaría Don José Briceño Ramírez, a quien se proveerá de los documentos correspondientes, abonándole los gastos que le ocasione, con cargo al Capítulo Primero, artículo sexto del Presupuesto. ...”» 

Reproducción del Punto Tercero. Fuente: Archivo Histórico Municipal, Conil de la Frontera. 

«”Señores concurrentes:

Alcalde Presidente: Antonio Lizardi Amar; Teniente 1º: Juan Amar García; Teniente 2º: José Lojo Calderón; Concejal: Rafael Ramírez Arias; Secretario: Nicolás González Muñoz.”» 

*** Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera. Libro de Actas 71-1, f.f. digitalizados 123-127, páginas 61-63. Sesión Ordinaria, número 32, del día 23 de julio de 1900. Gentileza Isabel González Ramírez, responsable AHM Conil de la Frontera. 

martes, 10 de marzo de 2026

SENDAS SOLICITUDES DE VARIAS PERTENENCIAS DE MINERAL DE AZUFRE EN EL PARAJE DE LA INOJERA (1.885).

En los dos siguientes edictos, fechados en octubre de 1885 y emitido por el Gobierno Civil de la provincia de Cádiz, se informa de la solicitud de registro de una concesión minera en el término municipal de Conil. Este tipo de anuncios oficiales, exigidos por la legislación minera vigente, tenían como finalidad dar publicidad al expediente y permitir la presentación de posibles oposiciones. El texto constituye un testimonio significativo del interés por la explotación de recursos minerales en la comarca y del procedimiento administrativo seguido en la España de finales del siglo XIX. 

Cabecera del Boletín Oficial donde se insertan los dos edictos de solicitud de pertenencias. Fuente: Archivo Diputación Provincial de Cádiz. 

[Ambientación] Imagen ilustrativa con autoridades civiles y militares, planos de minas, estacas de demarcación de pertenencias en un paraje cualquiera de Conil. Fuente: Imagen creada por ChatGPT Google. 

«”Don Fernando de Gabriel y Ruiz de Apodaca(1), Caballero Gran Cruz de Isabel La Católica y Gobernador Civil de esta Provincia. / HAGO SABER: Que Don Tomás Morant y Bañó, vecino de Sevilla, como apoderado de Don José Joaquín de Arrieta, que lo es de Madrid, ha presentado en la Sección de Fomento de este Gobierno, a las doce y treinta minutos de la tarde el día cinco del actual, una SOLICITUD DE REGISTRO DE VEINTE PERTENENCIAS DE LA MINA <CUBA> DE MINERAL DE AZUFRE Y PETRÓLEO, sita en término de CONIL, al sitio llamado DEHESA DE LA INOJERA; que linda por el Sur con las minas <MORIMA> y <MARGARITA>; por el Oeste con el registro de la mina <ROSARIO>; por el Este con el río Salado, y por el Norte con dicha dehesa. / Hace la designación en la forma siguiente: Se tomará por punto de partida el ángulo N.E. de la mina <MORIMA>; desde dicho punto al E. se medirán 500 metros, fijándose la primera estaca; desde ésta al Norte 400 metros, fijándose la segunda; desde ésta al Oeste 500 metros, fijándose la tercera; desde ést al Sur 400 metros, que es hasta el punto de partida, quedando así cerrado el rectángulo de las 20 pertenencias solicitadas. / Lo que he dispuesto se inserte en este periódico oficial para que cuantas personas tengan que hacer oposición, lo verifiquen dentro del término de sesenta días que fija la vigente ley de minas. Cádiz 19 de octubre de 1885. / El Gobernador, FERNANDO DE GABRIEL.”» 

NOTA DEL TRANSCRIPTOR: (1) Fernando de Gabriel Ruiz de Apodaca (Badajoz, 19 enero 1828 – Madrid, 5 noviembre 1888). Militar de Artillería y diputado a Cortes. Biografía. Fuente: Real Academia de la Historia. https://historia-hispanica.rah.es/biografias/18767-fernando-gabriel-y-ruiz-de-apodaca

Detalle de retrato de Fernando de Gabriel Ruiz de Apodaca, por Bartolomé Maura Montaner, 1883. Fuente: Biblioteca Nacional de España. 

Reproducción digital del primer anuncio de solicitud transcrito. Fuente: Archivo Diputación Provincial de Cádiz. 

«”Don Fernando de Gabriel y Ruiz de Apodaca, Caballero Gran Cruz de la Real y distinguida Orden de Isabel La Católica y Gobernador Civil de esta Provincia. / HAGO SABER: Que Don Tomás Morant y Bañó, vecino de Sevilla, como apoderado de Don José Joaquín de Arrieta, que lo es de Madrid, ha presentado en este Gobierno, a las doce y treinta minutos del día cinco del actual, SOLICITUD DE REGISTRO DE VEINTE PERTENENCIAS DE MINERAL DE AZUFRE Y PETRÓLEO, con el nombre de <AFORTUNADA>, sita en término de CONIL, paraje que llaman LA INOJERA, de la propiedad de Don José Tomás Borrego, que linda por el Norte con terrenos de dicha propiedad; por Sur con la mina <MORIMA>; por Este con el cortijo de la Inojera, y por el Oeste con la Fuente del Pilar, o abrevadero. / La designación que hace es la siguiente: Se tomará por punto de partida el ángulo N.O. de la mina <MORIMA>; desde dicho punto en dirección Norte se medirán 400 metros, fijándose la primera estaca; desde ésta en dirección Oeste 500 metros, fijándose la segunda estaca; desde ésta en dirección Sur 400 metros, fijándose la tercera; desde ésta, al Este, hasta el punto de partida, 500 metros; quedando cerrado el rectángulo de las veinte pertenencias solicitadas. / Lo que he dispuesto se publique en este periódico oficial, a fin de los que se crean perjudicados, presenten sus alegaciones en este Gobierno, dentro del plazo de sesenta días. Cádiz 17 de octubre de 1885. / El Gobernador, FERNANDO DE GABRIEL.”» 

Reproducción de la solicitud del segundo lote de pertenencias mineras. Fuente: Archivo Diputación Provincial de Cádiz. 

*** Fuente: “BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ”, Núm. 257miércoles 11 de noviembre de 1885. Archivo Diputación Provincial de Cádiz.  

miércoles, 4 de marzo de 2026

AVISO SUBASTA ALUMBRADO PÚBLICO EN BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA (1.885).

Se da cuenta del procedimiento administrativo mediante el cual el Ayuntamiento de Conil sacaba a pública subasta el servicio de alumbrado de la Villa. Una demostración de la cada vez más importante utilidad de este servicio, esencial para la seguridad y la vida urbana de sus vecinos. 

[Ambientación] Pasquín ficticio, ilustrativo de la convocatoria de subasta pública para el servicio de alumbrado público. Fuente: Imagen obtenida en ChapGPT Google. 

«”ALCALDÍA CONSTITUCIONAL DE CONIL.- A la baja de 1865 pesetas se celebrará subasta pública en un solo juicio en estas Casas Capitulares para contratar el SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO en esta Villa por todo el próximo año económico de 1885 a 1886, a la hora de las doce del octavo día de aparecer inserto en el presente Boletín Oficial de la Provincia. / El expediente y pliego de condiciones para el contrato están de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento para conocimiento de los licitadores. / Las proposiciones han de hecerse en pliegos cerrados con sujección al modelo que se copia a continuación, acompañando carta de pago que acredite haberse hecho el depósito provisional en la Caja Municipal del 5 por 100 de la suma expresada. /

Conil, 20 de mayo de 1885.- El Alcalde.- Joaquín Sánchez.- El Secretario.- Manuel G. Salazar.”» 

Reproducción digital del anuncio de subasta transcrito. Fuente: Archivo Diputación Provincial de Cádiz. 

MODELO DE PROPOSICIÓN.

D. … vecino de … enterado del anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia núm. … del día …. del corriente mes, anunciando la subasta del servicio del alumbrado público de esta Villa por el próximo año económico de 1885 a 1886, se compromete a verificarlo con estricta sujeción a las condiciones que constan en el expediente respectivo por la cantidad de … pesetas … céntimos. “» 

*** Fuente:BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ”, Núm. 123, lunes 1º de junio de 1885. Archivo Diputación Provincial de Cádiz. 

domingo, 22 de febrero de 2026

AVISO SUBASTA DERECHO DEGÜELLOS EN BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA (1.885).

Se transcribe el edicto o anuncio de la subasta anual del arbitrio municipal por derechos de degüello del matadero público. Eran tasas municipales que se cobraban por cada res sacrificada en el matadero (vacas, cerdos, ovejas, etc.); y era un importante ingreso para el Ayuntamiento. 

[Ambientación] Imagen ilustrativa del cobro de estas tasas municipal. Fuente: Imagen obtenida en ChapGPT Google. 

«”ALCALDÍA CONSTITUCIONAL DE CONIL.- En la cantidad de 1000 pesetas y con arreglo al pliego de condiciones que está de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento, se publica la subasta en un solo juicio y por término de nueve días, contadas desde el en que aparezca inserto este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para el colmo de los DERECHOS DE DEGÜELLO de las reses que se sacrifiquen en el MATADERO PÚBLICO de esta Villa, durante el próximo año económico de 1885 a 1886, admitiéndose pujas a la llana durante una hora, previa a la oportuna presentación de carta de pago que acredite haber hecho en la Depositaría Municipal el depósito del 5 por ciento sobre dicho tipo.

Conil, 20 de mayo de 1885.- El Alcalde.- Joaquín Sánchez.- El Secretario.- Manuel G. Salazar.”»

Reproducción digital del anuncio de subasta transcrito. Fuente: Archivo Diputación Provincial de Cádiz. 

*** Fuente: “BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ”, Núm. 123lunes 1º de junio de 1885. Archivo Diputación Provincial de Cádiz.  

jueves, 19 de febrero de 2026

AVISO SUBASTA BAGAJES VARIOS EN BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA (1.885).

El servicio que se pone en subasta, aunque con una redacción muy enrevesada, típica del XIX, es el de transporte o bagaje de personas y/o cargas por caminos, utilizando caballerías y carros para distintos colectivos. Los posibles usuarios eran tres: militares, pobres y presos enfermos, cada uno con su tarifa específica. El pago se calculaba por legua recorrida (una legua aprox. 5,5 km) y según el medio utilizado: caballería mayor (caballo, mulo grande, …); caballería menor (Burro, jumento, …) y carros, distinguiendo con una o dos caballerías y con tres o más. Los precios que se indican son los máximos de referencia, y los interesados, arrieros y carreteros locales, debían competir con precios inferiores a los máximos expresados (subasta a la baja). 

Conducción de militares por distintos medios de transporte. Fuente: Imagen obtenida en ChapGPT Google. 

«”ALCALDÍA CONSTITUCIONAL DE CONIL.- Bajo el presupuesto y retribución por legua de una peseta doce céntimos en caballería mayor, setenta y cinco céntimos de id. en la menor, cuatro pesetas cincuenta céntimos por cada carro y legua con una o dos caballerías y seis pesetas por cada carro con tres o más caballerías para militares, y con una peseta cincuenta céntimos y una y doce céntimos, seis y ocho pesetas, respectivamente, para pobres y presos enfermos, se anuncia la subasta de dicho servicio a la baja de los indicados tipos durante el ejercicio económico de 1885 y 1886. / Las condiciones se hallan de manifiesto en la Secretaría Municipal y el remate tendrá lugar a las doce del día del en que haga diez de aparecer inserto este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia; las proposiciones se presentarán en pliegos cerrados con sujeción al siguiente modelo, debiendo acompañar recibo que acredite tener consignadas en Depositaría cincuenta pesetas.

Conil, 20 de mayo de 1885.- El Alcalde.- Joaquín Sánchez.- El Secretario.- Manuel G. Salazar.

Reproducción digital del anuncio de subasta transcrito. Fuente: Archivo Diputación Provincial de Cádiz. 

MODELO DE PROPOSICIÓN:

D. … vecino de … enterado de las condiciones para contratar el servicio de bagajes por el año económico de 1885 a 1886 que haya de facilitar esta Villa, ofrece tomarlo a su cargo por los tipos siguientes: / Por cada legua y caballería mayor, para clases militares … pesetas … céntimos y para las civiles … pesetas … céntimos. Por id. menor … pesetas … céntimos para los militares y … pesetas … céntimos, para los civiles. / Por un carro con una o dos caballerías, para clases militares … pesetas … céntimos y para civiles … pesetas … céntimos. / Por id. con tres o más caballerías, para clases militares … pesetas … céntimos y para las civiles … pesetas … céntimos. 

Reproducción de la cabecera del Boletín Oficial tratado en esta entrada. Fuente: Archivo Diputación Provincial de Cádiz. 

*** Fuente:BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ”, Núm. 123, lunes 1º de junio de 1885. Archivo Diputación Provincial de Cádiz. 

lunes, 26 de enero de 2026

UN PASEO POR EL ARCHIVO HISTÓRICO MUNICIPAL DE CONIL: CAMBIO DE DOS CONCEJALES (1.940).

Hasta 1948, durante el franquismo, los ayuntamientos estaban regidos por COMISIONES GESTORAS, y sus integrantes eran elegidos por los GOBERNADORES CIVILES, o en caso de poblaciones importantes o capitales de provincia, directamente por el Gobierno. En la transcripción de hoy, se aprecia que por las atribuciones particulares del Gobernador, destituye, y elige, a dos concejales de la Corporación conileña, siendo asumida tal decisión con total acatamiento tanto por los afectados como por el resto de los compañeros. Otro requisito que se observa, es que todos sus miembros debía pertenecer al partido único de FALANGE ESPAÑOLA.

Reproducción digitalizada del inicio del acta de la sesión transcrita (11 noviembre 1940). Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera. 

Transcripción libre de Rafael Coca López:

«”Sesióextraordinaria del día 11 de noviembre de 1940.

En la villa de Conil de la frontera, siendo las veinte horas y veinte minutos del día once de noviembre de mil novecientos cuarenta, previa convocatoria al efecto, se reunieron en la Sala de Sesiones de la Casa Consistorial y presidido por el señor Alcalde Don Miguel Álvarez Aguilar, los señores que al margen se relacionan, con el fin de celebrar sesión pública extraordinaria, y en la misma, posesionarse para los cargos que han sido designados por el Excmo. Sr. Gobernador Civil de esta provincia[*].

Abierto el acto, el Secretario, de orden de la Presidencia, dio lectura a la siguiente comunicación:

<Gobierno Civil de la Provincia de Cádiz. = Negociado Político. = Núm. 2433. = En uso de las atribuciones que me confieren las disposiciones vigentes, he acordado admitir la dimisión de sus cargos a los componentes de esa COMISIÓN GESTORA MUNICIPAL, Don Miguel Fernández Camacho y Don José de Mora Figueroa y Borrego, nombrando para sustituirles y para cubrir las vacantes que existen en esa Corporación, a los señores que figuran en las adjuntas credenciales, quedando en consecuencia constituida esa Comisión Gestora Municipal, de la forma que sigue: = Alcalde Don Miguel Álvarez Aguilar = 1er Tte. Alcalde, Don Carlos Romero Abreu = 2º Tte. Alcalde, Don Luis de Mora Figueroa y Borrego = Gestores: Don Juan Camacho MuñozDon José Luis Hernández SaucoDon Francisco de Alba RodríguezDon Cristóbal Mures GallardoDon Sebastián Sánchez PérezDon Manuel Quintero RamírezDon José González GutiérrezDon José Pérez Alonso. = Lo comunico a esa Alcaldía, para su conocimiento, el de la Corporación y los interesados. = POR DIOS, ESPAÑA Y SU REVOLUCIÓN NACIONAL SINDICALISTA. = Cádiz, 8 de noviembre de 1940. = El Gobernador Civil Manuel Mora Figueroa. = Rubricado. = Hay un sello que dice Gobierno Civil, Cádiz. = Sr. Alcalde de Conil.>

Final del acta transcrita con la firma de todas las personas concurrentes (11 noviembre 1940). Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera. 

En su consecuencia, el señor Alcalde declara constituida la Comisión Municipal Gestora de esta localidad, en los términos que figuran en la precedente comunicación de la Autoridad Gubernativa.

Usando de la palabra, para saludar a los componentes de la misma, que han de colaborar en las tareas encomendadas a los municipios PARA LA TOTAL RECONSTRUCCIÓN DE ESPAÑA, siguiendo las normas y consignas de FALANGE a la organización que TODOS PERTENECEN.

El señor Alcalde a los gritos de FRANCOFRANCOFRANCO, ARRIBA ESPAÑA, levantó la sesión siendo las veinte horas y cincuenta y cinco minutos, redactándose la presente acta, que firman los concurrentes con su Señoría. Certifico. =”» 

NOTA DEL TRANSCRIPTOR: [*] Ocupaba el cargo, desde el 12 de octubre de 1939, Manuel Mora-Figueroa y Gómez-Imaz, hasta el 11 de mayo de 1941. Su biografía AQUÍ.

[Ambientación] Imagen del gobernador civil Manuel Mora Figueroa. Fuente: “todocoleccion.net”. 

*** Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera. Sesión Extraordinaria del 11 de noviembre de 1940. Libro Capitular 78-1, p.p. digitalizadas 002-004, ó 1-3. Agradecimiento: Isabel González Ramírez.  

viernes, 28 de noviembre de 2025

EN UNO DE LOS RINCONES DEL ARCHIVO PARROQUIAL DE CONIL: RESTAURACIÓN TEMPLO SANTA CATALINA (1.940).

Promovido por el párroco Manuel Barberá Saborido (1894-1965), después de haber transcurrido diez años desde que el arquitecto sevillano Francisco Pérez Bergalí declarara en ruinas la parroquia de Santa Catalina, se inicia una serie de contactos con las autoridades eclesiásticas y políticas del régimen franquista, para reanudar la colecta pública encaminada a la busca de los fondos necesarios para tal obra, que, como se sabe, a pesar de estos esfuerzos, nunca llegó a realizarse.

[Ambientación] Imagen de la iglesia de Santa Catalina en una de sus múltiples rehabilitaciones, aunque nunca dedicada al culto desde su declaración en ruina en 1930; ésta se corresponde a la realizada en 2014. Fuente: Facebook de Scard Bermos, Juan Bermúdez, 5 junio 2020. 

Transcripción libre del documento por el que el Dr. Cayetano Mejía Abadin, Secretario Canciller del Obispado, comunica al mencionado párroco la aquiescencia para el funcionamiento de la creada Junta Pro-reconstrucción del Templo Parroquial:

«”OBISPADO DE CÁDIZ. Vicaría Capitular (S.V.), Cancillería. / En su instancia del 29 de febrero último, solicitando continúe funcionando la Junta pro-reconstrucción del Templo Parroquial de esa Villa, y sea reorganizada la suscripción popular para el mismo fin, ha recaído la siguiente resolución <Cádiz 1º de abril de 1940.-Como se pide D.E. Domaica, Vicaría Capitular, (S.V.)(Rubricado). Por mandado de su Señoría Ilustrísima Doctor Cayetano Mejía. Secretario.-Canciller (rubricado).-Hay un sello.> / Lo que tengo el honor de trasladar a Vd. para su conocimiento y efectos. / Dios guarde a Vd. muchos años. Cádiz, 1º de abril de 1940. [Aparece firma y rúbrica de:] Dr. Cayetano Mejía, Secretario-Canciller. [Dirigido este oficio a:] Sr. Cura Ecónomo de la Parroquia de Santa Catalina de Conil de la Frontera.”»

Reproducción fotográfica del documento transcrito, Rafael Coca López, 31 agosto 2021. Fuente: Archivo Parroquial Santa Catalina, Conil de la Frontera. 

Por otro lado, el Alcalde de entonces, Miguel Álvarez Aguilar, envía oficio al cura párroco, comunicando el <visto bueno> del Gobierno Civil relacionado con este tema, incidiendo en que se resalte que la suscripción pro-reconstrucción, además de ser pública, debe ser absolutamente voluntaria y bajo el cumplimiento de todas las normas legales vigentes al respecto. A continuación se reproduce el documento:

«”ALCALDÍA DE CONIL DE LA FRONTERA. Negociado 2º. Registro General. Núm. 1631. / El Excmo. Sr. Gobernador civil de esta provincia, en escrito número 935, de fecha 8 del corriente mes, me dice lo que sigue: <El Ilmo. Sr. Subsecretario de la Gobernación, con fecha 1º del actual me dice lo que sigue: =Recibido su oficio fecha 24 de abril último, acompañando escrito del Sr. Cura Ecónomo de la Parroquia de Santa Catalina, de Conil de la Frontera, de esa Provincia, SOLICITANDO AUTORIZACIÓN para llevar a cabo una suscripción pública a fin de RECAUDAR FONDOS destinados a la RECONSTRUCCIÓN DEL TEMPLO; y visto el INFORME FAVORABLE de esa Gobierno civil, y la licencia del Ordinario de la Diócesis, este Ministerio NO VE INCONVENIENTE en acceder a lo solicitado, siempre que la suscripción tenga carácter absolutamente VOLUNTARIO y se celebre en días que no coincida con las organizadas por AUXILIO SOCIAL, debiendo ajustarse, por lo demás a lo prevenido en la Orden Ministerial de 21 de febrero último, en relación con la Circular de 29 del propio mes. = Lo que traslado a esa Alcaldía, para su conocimiento, y el del Señor Cura Párroco de esa localidad, a los efectos acordados por la Superioridad.> / Lo que tengo el gusto de trasladar a Vd. para su conocimiento y efectos. / POR DIOS, POR ESPAÑA Y SU REVOLUCIÓN NACIONAL SINDICALISTA. / Conil a 11 de mayo de 1940. El Alcalde, [Aparece firma y rúbrica de:] Miguel Álvarez.[Dirigido este oficio a:] Sr. Cura Párroco de esta Villa.”»

Reproducción fotográfica del documento transcrito, Rafael Coca López, 31 agosto 2021. Fuente: Archivo Parroquial Santa Catalina, Conil de la Frontera. 

*** Fuente: Archivo Parroquial Santa Catalina. Carpeta de Correspondencia (miscelánea). En este archivo, Antonio Martínez Cordero dejó dos fichas con estas referencias. Agradecimiento: Yelman F. Bustamante Solórzano, párroco de Conil de la Frontera. 

martes, 16 de septiembre de 2025

GUERRA EN ÁFRICA (1.925).

El Ayuntamiento de Conil, y en su nombre el alcalde, felicita al máximo representante del Gobierno de la Nación en la provincia, por los “triunfos” militares de las fuerzas españolas en el Rif de Abd el Krim, al mando del general Primo de Rivera. Por la acción de Kudia Tahar se concedieron nueve laureadas de San Fernando, la más importante condecoración militar española. 

[Ambientación] Supervivientes de Kudia Tahar, publicada en el semanario ilustrado madrileño «Nuevo Mundo». En conjunto, las operaciones destinadas a la liberación del asedio de Kudia Tahar implicaron la participación de más de 8.500 hombres, con un resultado de 203 muertos y 769 heridos. Según los registros, se utilizaron más de 1.200.000 cartuchos de fusil y 4.200 granadas de mano, siendo disparados casi 2.000 proyectiles de artillería. Fuente: “despertaferro-ediciones punto com”, Roberto Muñoz Bolaños, 31 marzo 2020.

DEL GOBIERNO CIVIL. … El señor gobernador civil recibió el siguiente TELEGRAMA del alcalde CONIL: «Ruégole transmita mi más entusiasta ENHORABUENA y la de esta Comisión municipal permanente, a quien he dado cuenta en la sesión de anoche, de sus dos telegramas de ayer al Excmo. Señor General en jefe del Ejército de operaciones en África, general PRIMO DE RIVERA, por el señalado TRIUNFO obtenido por las TROPAS ESPAÑOLAS en ALHUCEMAS y KUDIA TAHAR.»” 

[Ambientación] El desembarco de Alhucemas. Fuente: “somatemps punto me”, 24 diciembre 2020.

Fuente: “EL NOTICIERO GADITANO: diario de información y de intervención política”, Cádiz, año VII, núm. 209316 de septiembre de 1925.  

martes, 26 de agosto de 2025

LOS NUEVOS EDILES DE CONIL (1.924).

Debido al “movimiento” causado por el golpe de Estado del general Miguel Primo de Rivera, el consistorio de CONIL es cesado y sustituido “a dedo” por personas afines al nuevo estatus. 

Estampa conileña de 1924. El camarero Francisco Ramírez, sirve unas copas bajo la atenta mirada de sus hermanas Ana y Antonia, que son las niñas, que se aprecian en la puerta. También se encuentra entre los fotografiados el abuelo de los tres, José Muñoz, que es el que está a la derecha con sombrero. Colección particular Andrés Moreno y Ascensión Lima. Fuente: “Conil en la Memoria 2”, 2007, p. 102. 

LOS NUEVOS EDILES DE CONIL.- El Delegado gubernativo del distrito municipal de Chiclana, Don AURELIANO BENZO, remite al GENERAL GOBERNADOR una comunicación, participándole la constitución del CABILDO DE CONIL.

He aquí la relación de los nuevos ediles:

Alcalde, Don JOAQUÍN PÉREZ MORENO.

Tenientes de alcalde, Don PEDRO GONZÁLEZ GUTIÉRREZ y Don ANTONIO UREBA ALBA.

Concejales: Don AMBROSIO MUÑOZ CARO, Don ANTONIO RAMÍREZ PAREJA, Don MOISÉS GUTIÉRREZ FERNÁNDEZ, Don MANUEL BASALLOTE GONZÁLEZ, Don GASPAR SÁNCHEZ GARCÍA, Don JOSÉ MORENO QUINTERO y Don CRISTÓBAL ARAGÓN SÁNCHEZ.” 

Fuente: “EL NOTICIERO GADITANO: diario de información y de intervención política”, Cádiz, año VI, núm. 1628, 19 de enero de 1924. 

miércoles, 18 de junio de 2025

JUGAR A LOS PROHIBIDOS (1.925).

Ya desde el siglo XIX, el Código Civil de 1870 reguló el juego estableciendo dos tipos: los PROHIBIDOS, cuyo resultado dependía exclusivamente de la suerte, envite o azar, y los NO PROHIBIDOS, en que el resultado estaba ligado exclusivamente a la destreza y habilidades de los participantes (“histobanos punto com”). 

[Ambientación] Animada partida de «MONTE», juego en el que sólo interesa el número o el palo de la carta, según versión. Fuente: “histobanos punto com”. 

SUCESOS DE LA PROVINCIA … POR JUGAR A LOS PROHIBIDOS.- En CONIL han sido detenidos 14 individuos que fueron SORPRENDIDOS jugando a LOS PROHIBIDOS. ...” 

[Ambientación] El juego de las caras. Fuente: Real Asociación Española de Cronistas Oficiales, Joaquín Carrillo Espinosa, Ulea, Murcia.  

Fuente: “EL NOTICIERO GADITANO: diario de información y de intervención política”, Cádiz, año VII, núm. 2068, 11 de agosto de 1925. 

sábado, 24 de mayo de 2025

PRECIO DEL PAN (1.925).

El pan era entonces el principal componente de la alimentación popular, por eso es muy llamativa la aptitud del alcalde de CONIL que propone, de manera incomprensible, pedir autorización para elevar el precio del pan que consumirán sus convecinos; la Junta de Abastos se lo deniega.

[Ambientación] Billete de 100 pesetas [0,60€] de 1925. Fuente: “fuenterrebollo punto com”. 

HOY SE HA REUNIDO LA JUNTA PROVINCIAL DE ABASTOS. SOBRE EL PRECIO DEL PAN. … Hoy, y bajo la presidencia del gobernador Don CARLOS ACQUARONI, reunióse la Junta de Abastos, asistiendo … Tratáronse los siguientes puntos: …

3º.- Dióse lectura a un escrito del señor alcalde de CONIL, en el que esta autoridad pide al gobernador, SE AUMENTE EL PRECIO DEL PAN porque los panaderos de aquella localidad no encuentran HARINA ni TRIGO a precio que permita vender el artículo a los [precios] de tasa.

La Junta, luego de deliberar, ACORDÓ NEGATIVAMENTE, y oficiarle al alcalde para que los panaderos hagan gestiones para adquirir harinas en otras localidades, manifestándose razonadamente ante la Junta, caso de no encontrarlas. El mismo ACUERDO recayó con relación a un fabricante de harinas que dice no encontrar trigo. ...” 


Fuente: “EL NOTICIERO GADITANO: diario de información y de intervención política”, Cádiz, año VII, núm. 2010, 29 de mayo de 1925. 

miércoles, 9 de abril de 2025

¿CACIQUES EN CONIL? (1.885).

En aquellos meses, a raíz de la dimisión en bloque de los miembros del Ayuntamiento, ocurrido el 24 de marzo de 1884, y siendo sustituidos por los actualmente en el cargo, se discutió con bastante efervescencia la responsabilidad que tenía el anterior Administrador de Consumos, ante el descubierto en las cuentas, derivando en caso de insolvencia de aquél en todos y cada uno de los concejales de la anterior Corporación. En este contexto, tiene lugar la reseña de hoy, relativa a una carta escrita a un periódico nacional, por un anónimo perjudicado de las decisiones impositivas del actual cabildo. 

Retrato de FERNANDO COS-GAYÓN Y PONS, entonces ministro de Hacienda. Fuente: Real Academia de la Historia. 

LEEMOS: <Con permiso del Señor DE COS Y GAYÓN [1], vamos a extractar en las menos líneas posibles una interesante CARTA, que hemos recibido de CONIL. / Es el caso que, habiendo resultado un DÉFICIT en CONSUMOS [2] en dicha villa, se acordó el reparto y al efecto se nombró una junta repartidora por la Administración de PROPIEDADES E IMPUESTOS; pero que después se ha mandado que esto se haga por el delegado de HACIENDA, de acuerdo con el ALCALDE PRIMERO [3]. / Y lo peor del caso es, que la cosa se está realizando con tanta EQUIDAD, que mientras a RICOS PROPIETARIOS CONSERVADORES se les reparten DIEZ PESETAS, a POBRES ALBAÑILES no ministeriales, se le piden CUARENTA. / ¿Qué opina de esto el señor MINISTRO DE HACIENDA? / Esperamos la contestación, pues lo relatado bajo la fe de una VÍCTIMA DE LOS CACIQUES DE CONIL, merece tomarse en consideración. / Aunque el delegado de Cádiz forma pareja con su jefe el Señor DE COS Y GAYÓN> / El señor ministro debe opinar que esa distribución es lo más EQUITATIVA que puede esperarse de la FAMILIA CONSERVADORA.” 

Fuente: “LA DISCUSIÓN: diario democrático de la mañana”, Madrid, año XXX, núm. 1976, sábado 8 de enero de 1885. Hemeroteca digital, Biblioteca Nacional de España, BNE. 

Notas: [1] FERNANDO COS-GAYÓN Y PONS (Lérida, 27 mayo 1825 – Madrid, 20 diciembre 1898). Jurista, periodista y político. Su biografía AQUÍ. Fuente: Real Academia de la Historia.  / [2] Se hizo responsable de dicho déficit al Administrador de Consumo que fue Rafael Ballester Cárdenas, siendo su monto de 891,54 pesetas. Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera; libro 67-3 p. 257, sesión ordinaria del 11 de diciembre de 1884. Gentileza Isabel González Ramírez. / [3] Lo era JOAQUÍN SÁNCHEZ Y SANCHEZ; el resto de la Corporación, a finales de diciembre de 1884, estaba formada, además, por Teniente 1º, JUAN LÓPEZ PÉREZ DE CASTRO; Concejales, JUAN BENÍTEZ MUÑOZ, JUAN LÓPEZ RODRÍGUEZ, PEDRO MUÑOS OLIVA, SALVADOR RAMÍREZ LEIVA y CRISTÓBAL SÁNCHEZ MUÑOZ; Síndico, PEDRO RODRÍGUEZ CALDERÓN; Secretario, MANUEL GARCÍA SALAZAR DOMÍNGUEZ. Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera; libro 67-3 p. 263, 1884. Gentileza Isabel González Ramírez

Fuente: “LA DISCUSIÓN: diario democrático de la mañana”, Madrid, año XXX, núm. 1976, sábado 8 de enero de 1885. Hemeroteca digital, Biblioteca Nacional de España, BNE. 

domingo, 30 de marzo de 2025

COMITÉ LOCAL DE LOS LIBERALES DE CONIL (1.884).

Ante la proximidad de celebración de elecciones generales, previstas para el 27 de abril de 1884, los liberales “fusionistas”, de Práxedes Mateo Sagasta, a diferencia de los liberales “conservadores”, de Antonio Cánovas del Castillo, los simpatizantes de CONIL del primer grupo se reúnen para constituir el Comité Local.

Estas elecciones fueron convocadas bajo el reinado de Alfonso XII, en base a lo dispuesto en la Constitución de 1876, en una época conocida históricamente como “la Restauración Borbónica”. Entonces, y por muchos años, el resultado de las elecciones estaba determinado de antemano, gracias a la red caciquil extendida en todo el territorio nacional, sobremanera en el ámbito rural y en Andalucía en particular. De los 392 diputados, los Liberales Conservadores consiguieron 318, nuestros Liberales Fusionistas 31, Izquierda Dinástica 36, Republicanos-Demócratas 5 y no identificados 2. Las personas con capacidad para votar, mediante sufragio restringido, no llegaban al 5% de la población total.

Al final de la entrada se detallará la constitución del Ayuntamiento conileño, por comprobar si hay algo que llame la atención.

[Ambientación] Caricatura publicada por “LA CARCAJADA”, en abril de 1872, días después de la celebración de unas elecciones, y representa la comitiva triunfal que ejemplifica los males del sistema electoral, marchando en cabeza, precisamente SAGASTA, en lo alto de un embudo que simboliza el cribado de los votos y portado a hombros por los beneficiados del sistema. Fuente: Biblioteca Nacional de España, BNE. 

Nuestros correligionarios de CONIL DE LA FRONTERA han constituido el siguiente Comité:

Presidente honorario, el Excmo. Sr. D. Práxedes Mateo Sagasta. / Presidente efectivo, D. Pedro González Marín. / Vicepresidentes: D. Toribio Briceño [Campos] y D. Agustín Moreno López. / Vocales: D. Manuel Abalo Alba, D. Juan del Río Gómez, D. Pedro del Río Gómez, D. Aniceto Romero, D. Antonio Núñez Pacheco, D. Juan Manuel Brenes, D. Manuel Calderón, D. Fernando Ramírez y D. Francisco García. / Secretario, D. Nicolás González.”

Composición de la Corporación conileña hasta su dimisión en pleno, ocurrida en la sesión del 20 de marzo de 1884, aduciendo los ediles razones de edad y achaques de salud, meramente para la galería, pero que escondía en realidad una gran divergencia política con un amplio sector de la población, como se vería más tarde, concretamente el siguiente día 24, con el nombramiento de una nueva Corporación por parte del Gobernador Civil, y que corroboraría los resultados electorales del 27 de abril:

Alcalde 1º, D. Pedro González Marín. / Tenientes 1º y 2º, D. Agustín Moreno López y Juan del Río Gómez. / Regidores, D. Antonio Núñez Pacheco, Manuel Abalo Alba, José Ramírez Gil, Pedro Moreno Escámez, Antonio González Oreña, Antonio Sánchez Pérez, Pedro Muñoz Oliva, José Rodríguez Torres y Juan Manuel Brenes González. / Síndico, Juan Rodríguez Calderón. / Secretario: José Álvarez Jiménez.”

Fuente: “LA IBERIA: diario liberal”, Madrid, año XXXI, núm. 8565, domingo 20 de abril de 1884; para los datos electorales, Wikipedia, la enciclopedia libre; y, Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera, gentileza Isabel González Ramírez.