El testamento es, en sí, un acto por el que el testador expone ante escribano público, la relación de sus últimas voluntades. Su redacción a lo largo de los años no sufren variaciones ostensibles, a pesar de cambiar de notario, manteniéndose siempre las mismas fórmulas protocolarias, respondiendo a un esquema fijo. Se puede ver que comienza con una invocación divina y una exposición de las manifestaciones de fe, como la creencia en la Trinidad. Continúa con los “mandas”; empezando por el de encaminar el “anima a Dios”, indicar el lugar del enterramiento, señalar quiénes serán los acompañantes, así como las misas de réquiem y las cantidades a abonar por éllas. El documento continua con el detalle de los bienes que corresponden a los herederos; resultando llamativa, bajo la mirada actual, como la testadora cuantifica la libertad para sus esclavos, elevando la suma que ellos deben pagar a los herederos, de 40 u 80 ducados, la primera para el varón mulato, Antton, y la segunda para la hembra negra, Esperanza, considerándolos como si de cualquier otro bien material se tratara. Se finaliza con el nombramiento de albaceas, la revocación de testamentos anteriores y la relación de testigos. En este caso, la testadora es Leonor Gil, que con fecha 9 febrero 1586, redacta este testamento, a escasos siete meses después de haberlo hecho su esposo, Antton Manuel, ya fallecido. Tanto el de aquél, ya colgado en este blog, como éste, fueron copiados “â la lettra” de los originales, ya perdidos, con fecha 4 de noviembre de 1760, por un escribano del cabildo, Juan Alphonzo Moreno, y dado el “testtimonio de verdad” por el Vicario Apostólico de Conil en aquel momento, Andrès Anttonio de la Flor. Estas últimas copias son las que están custodiadas en el Archivo Parroquial Santa Catalina.
[Ambientación: las personas mencionadas en el pie de foto no tienen ninguna relación con el testamento] Francisco Moreno, hacia 1971, saca a pastar a su vaca en Barrio Nuevo. Colección particular Joaquina Moreno. Fuente: “Conil en la Memoria 2”, p. 135, 2007.
[VIENE de ayer, 10 de enero de 2.025]
«” Tambien MANDO, y es mi voluntad, que cada ê quando y en qualquier tiempo que ANTTON, mi esclabo, de color mulatto diere â JUANA HERNANDES, mi hija QUARENTTA DUCADOS, sea horro ê libre de todo cauttiverio ê serbidumbre, y que pueda hazer de su persona lo que una libre puede hazer, ê hazer su testtamentto ê pareser en juicio, ê adquirir ê tomar bienes, y el ahorro; hago libre con tal cortta condicion y adittamentto que en el entretanto no los pagare, dè a la dicha JUANA HERNANDES, mi hija, UN REAL DE JORNAL TODOS LOS DIAS que fueren de trabajo y que la dicha JUANA HERNANDES, mi hija, ha de haver los dichos QUARENTTA DUCADOS, que le diere el dicho ANTTON, mi esclabo, para en quentta ê partte de pago de lo que de mi pertteneciere haver y heredar, lo qual MANDO, en la mejor via ê forma que puedo, y de derecho ha lugar.
Tambien MANDO que cada ê quando, que ESPERANZA, mi esclava de color negra, diere ê pagare a mis herederos OCHENTTA DUCADOS, sea horro, ê libre de todo cautiverio ê obligacion y serbidumbre, y pueda hazer de su persona como persona libre ê no sugetta â cautiverio, y pueda hazer sus testtamentto y adquirie bienes, ê pareser en juicio y pueda hazer todo aquello que una persona libre puede hazer, lo qual MANDO en la mejor via y forma que puedo, y de derecho ha lugar.
Tambien DECLARO, que no me acuerdo DEBER con ninguna a ninguna persona, ni a mi me deben cosa ninguna, manque si alguna persona pareciera diciendo que yo le deba, hastta en cantidad de TRES REALES VELLON, mando se le paguen. Ê para cumplir ê pagar estte mi testtamentto, nombro por mis albaceas testtamenttarios â PEDRO GONZALES y â JUANA HERNANDES, mis hijos, â los quales doi poder cumplido de albaceas para que enttren y tomend e mis bienes lo que basttara para cumplir estte mi testtamentto, y hagan todo el bien que pudieren por mi anima, que Dios depare que lo haga para las suias quando menester lo haga.
[Ambientación] Atribuido a Cristóbal Lorenzo: “Los cuadros de mestizaje del Virrey Amat, N.º 20, negro con mulata produce sambo”, detalle, 1771-76. Museo Nacional de Antropología. Fuente: “lavanguardia punto com”, 05 abril 2021, Isabel Gómez Melenchón.
Ê CUMPLIDO Ê PAGADO estte mi testtamentto, los demas bienes que xxx y permanecieren, MANDO que los hayan y hereden JUANA HERNANDES, mi hija, ê PEDRO HERNANDES MURES y LEONOR GIL, muger de BARTTHOLOME HERNANDES GOMAR, ê Doña CATTHALINA LOPEZ muger de PEDRO DE HEREDIA, hijos de ISABEL DE MURES, mi hija, representtando todos tres la persona de la dicha su madre, las quales DECLARO que son mis hijas, ê de MARTIN GIL, mi primero marido, y PEDRO GONZALES MANUEL, Regidor, y Doña INÈS, muger de GOMES GARCIA MORENO, mis hijos, y del dicho ANTTON MANUEL, mi segundo marido, los quales hayan y hereden mis bienes, por iguales parttes, enttre el uno como el ottro, trayendo â colacion ê particion lo que cada uno hubiere recibido, lo qual MANDO, con la bendicion de Dios ê la mia.
Tambien MANDO â ISABEL, mi criada, muger de JUAN ALONSO, DOS DUCADOS para UNA SAYA, porque ruegue a Dios por mi anima.
Tambien REBOCO, ê ANULO, y soi para ningunos, vottos, ê chancelados todos, ê qualesquier testtamentto, mandas y cobdicilios, que haya fecho y ottorgado anttes destte, que QUIERO, ê MANDO que no valgan, ni hagan fee, salvo estte mi testtamentto que al presentte hago, ê OTORGO que estte quiero, ê MANDO que valga por mi testtamentto, ê se cumpla, ê pague como en él se conttiene, en testtimonio de lo qual OTTORGUÈ la presentte antte PEDRO DE MORALES MORENO, escribano publico destta dicha villa, ê testtigos de y uso escrittos, que es fecha y ottorgada en la dicha villa de CONIL, EN NUEBE DE FEBRERO DE MIL Ê QUINIENTTOS Y OCHENTTA Ê SEIS. De testtigos JUAN VASQUES, que firmò por la ottorgantte ê PEDRO GONZALES MANUEL, Regidor de la villa y por la ottorgantte firmò un testtigo, a la qual yo el dicho escribano doi fee que conosco = Por testtigo = JUAN VASQUES = antte mi = PEDRO DE MORALES, Escribano Publico.
[Para ambientación] Al otro lado del río, hacia 1963, un agricultor se fuma un cigarro junto a la yunta de bueyes. Foto Juan “Capacha”. “Conil en la Memoria, p. 102, 2004.
Es tantto sacado la lettra de su original, con el que concuerda, y para estte efectto me fue escribido Don JUAN ALPHONZO MORENO, escribano del cavildo y publico, en estta villa, â cuio cargo enttran los legaxos de Escritturas Publicas ottorgadas antte PEDRO DE MORALES, que tambien lo fue en ella; y va escrito, en quattro foxas con esta, y para que conste signo y firmo en dicha villa de CONIL â QUATTRO DE NOVIEMBRE DE MIL SETTESIENTTOS Y SESENTTA. [Aparece el signo, la forma y la rúbrica de:] En testtimonio de verdad. ANDRÈS ANTTONIO DE LA FLOR, Vicario Apostolico. [amanuense distinto al reseñado en el documento, Juan Alphonzo Moreno]“»
[FINAL DEL DOCUMENTO]
*** Fuente: Archivo Parroquial Santa Catalina. Libro de Cargo y Data de la Ermita del Espíritu Santo; 4 noviembre 1760. Agradecimiento: Yelman Francisco Bustamante Solórzano, párroco de Conil de la Frontera.
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