sábado, 15 de junio de 2024

EN UNO DE LOS RINCONES DEL ARCHIVO PARROQUIAL DE CONIL: EL JESÚS NO PROCESIONA (1880), 3 de 3.

 [… viene del 9 junio 2024]

En esta última entrada del singular caso de incomprensión entre la actitud el Párroco y la Hermandad del Jesús, a cuenta de la negativa de aquél para autorizar su tradicional salida en la madrugada del Viernes Santo, se verá como aquélla envía un memorial de los hechos a la sede diocesana en Cádiz, resolviendo el Obispo la situación, después de oir los argumentos del Párroco, que sea la Junta de Gobierno, presidida por este último, quien decida si tiene lugar la salida o no, pero en caso afirmativo con unas nuevas condiciones, para que se eviten los graves casos de desacato e irreverencia al sentimiento religioso que deben reinar siempre en estos actos. 

[Ambientación] Traslado de los titulares de la Hermandad del Nazareno, desde la Capilla del Jesús, a la Parroquia de Santa Catalina, 2016. Fuente: Captura de pantalla vídeo, Pasión y Gloria de Conil. 

«SERIE SECRETARÍA. COFRADÍAS.= VENERABLE HERMANDAD DE PENITENCIA DE NUESTRO PADRE JESÚS NAZARENO Y MARÍA SANTÍSIMA DE LOS DOLORES, CONIL. // EXPEDIENTE PROCESIÓN OBISPADO DE CÁDIZ. // Memorial del catorce de marzo de mil ochocientos y ochenta al Obispo de Cádiz, firmado por Don Pedro Muñoz Marín, INFORMANDO de la Junta de Gobierno de la Hermandad, en sesión celebrada el día doce de los corrientes, cuando aprueban llevar a cabo a las DOS DE LA MADRUGADA DEL PRÓXIMO VIERNES SANTO LA PROCESIÓN que establece el Artículo 3º del Capítulo 6º del Reglamento, en igual forma que los años anteriores. Noticiosa la Junta de ALGUNAS VERSIONES QUE SE PROPAGAN POR LA POBLACIÓN respecto de que el SEÑOR CURA PÁRROCO SE OPONÍA A QUE LA PROCESIÓN TUVIESE LUGAR A LA HORA ACORDADA, dispuso también que una COMISIÓN de su seno se personara a conferenciar con dicho Señor para disuadirle de la conveniencia de la celebración del acto y para el caso de que se obtuviera resultados negativos, quedó acordada también otra COMISIÓN para que se personara a S.I., donde se asentara estos hechos para la resolución correspondiente. No fueron en balde las previsiones del acuerdo, toda vez que aunque con sentimientos la Junta se vio obligada a participar a S.I. que no se ha obtenido el fruto apetecido de las gestiones entabladas con el Párroco para la procesión. En este estado las cosas y toda vez que el Reglamento establece en la parte 3ª del Artículo 7º de las Observaciones Generales, que sólo a la Autoridad de S.I. es a quien compete las innovaciones del Reglamento y la resolución del Señor Cura constituye una variación que introduce desde luego al intentar, como intenta, QUE LA PROCESIÓN SALGA DE DÍA Y NO DE NOCHE. Atendiendo, así mismo, a que en sus intentos de dirigir a los demás de aquel Señor, quizás fuese motivo para que la Hermandad adoptase disposiciones cuya responsabilidad deslinda desde ahora la Junta de Gobierno. Considerando también que todos estos vecinos a voz pública piden de noche la procesión, La hermandad y los que suscriben en su nombre, acuden a S.I. defendiéndolo de la manera más respetuosa, se sirva declarar firme el acuerdo del día doce actual, previniendo al Señor Cura Párroco NO PONGA DIFICULTAD ALGUNA al debido cumplimiento del mismo.

[Ambientación] Traslado de los titulares de la Hermandad del Nazareno, desde la Capilla del Jesús, a la Parroquia de Santa Catalina, 2016. Fuente: Captura de pantalla vídeo, Pasión y Gloria de Conil. 

* Con fecha quince de marzo de mil ochocientos y ochenta, el Obispo se dirige al Señor Cura Arcipreste de Conil, pidiéndole informe del contenido de la presente, manifestando las razones que tenga para oponerse a la celebración de la Procesión a las dos de la madrugada, advirtiendo al Reverendo Arcipreste que le hubiéramos suscrito las Autoridades de aquella Villa interesándose para que se cumpla el deseo de los vecinos y ofreciéndose a velar cuidadosamente para que no haya irreverencias y habiéndose visitado con igual motivo una Comisión de hermanos. Por todo lo cual, tal veo sería de buen efecto en la población que el Arcipreste llamara a los interesados y CEDIERA GENEROSAMENTE ofreciéndoles que la Procesión tuviera lugar a las tres de la mañana para que terminara ya de día, si no existen gravísimos inconvenientes, todo con objeto de que el Reverendo Párroco conserve su prestigio ante sus feligreses.

[Ambientación] Nuestro Padre Jesús Nazareno procesionando por las calles de Conil, Juan Carlos Rodríguez. Fuente: “pasionygloriasdeconil.blogspot punto com”. 

* INFORME firmado en Conil el diez y siete de marzo de mil ochocientos y ochenta a S.I. por el Arcipreste Don Ignacio Moreno[y Delgado]NO ES CIERTO, como se afirma en esta comunicación, que la Junta de Gobierno de la Hermandad haya celebrado sesión, pues si así lo hizo fue sin mi asistencia, por no haberme avisado y por consiguiente el ACUERDO FUE NULO, según los Estatutos, no habiéndose tampoco comunicado las razones que tiene el Párroco para que la Procesión no salga de noche, pues son gravísimas ya que interesan la conciencia a causa de las IRREVERENCIAS Y DESACATOS que se cometen por la MAYOR PARTE DE LOS CONCURRENTES QUE VAN EBRIOS MEZCLADOS CON LAS MUJERES, VIÉNDOSE ALGUNAS DEBAJO DE LA CAPA DE UN HOMBRE, BEBIENDO VINO QUE CON UN BOTIJO LE DABA, PROFANÁNDOSE TAMBIÉN LA CAPILLA DE NUESTRO PADRE JESÚS, con actos viniendo a las manos y luchando contra el hermano Rafael Ballester, que firma esta comunicación, que trató de echar fuera de la iglesia al profanador, siendo imposible que las autoridades eviten de noche tan graves incidentes y escarnios a las Sagradas Imágenes con semejantes desacatos, pero si la Procesión casi a oscuras, por falta de recursos para costear las luces o ceras necesarias, resistiendo la Hermandad actualmente, a causa del desinterés del Párroco, a quien le deben el importe de ocho entierros, teniendo perfecto derecho a que se les satisfaga en el acto, no exigiéndolo así por consideración a los hermanos. Las irreverencias que se mencionan se cometieron el año pasado saliendo la Procesión de día, ¿cuáles no se hubieran cometido si hubiera sido de noche, que haría que un gran número de cristianos vieran, por desgracia en Conil, lo del Jueves Santo COMO UNA NOCHE DE CARNAVAL?; sin que las autoridades lo eviten, antes al contrario, PERMITIENDO que los almacenes de bebidas al por mayor permanezcan abiertos aquella noche, con el pretexto de que pagan contribución. Por todo lo cual, la Procesión, que más bien debe llamarse TUMULTUOSA, NO ES LÍCITO, en consecuencia que salga de noche (NI DE DÍA, A NO SER QUE LOS CONCURRENTES VAYAN VIGILADOS POR LA GUARDIA CIVIL Y DEMÁS AGENTES DE LA AUTORIDAD) para que no se injurien a las Sagradas Imágenes con tantas irreverencias y desacatos y se guarde en la iglesia la veneración debida.

[Ambientación] Nuestra Señora María Santísima de los Dolores, Juan Carlos Rodríguez. Fuente: “pasionygloriasdeconil.blogspot punto com”. 

* DECRETO DEL OBISPO DE CÁDIZ DEL DIEZ Y OCHO DE MARZO DE MIL OCHOCIENTOS Y OCHENTA. Vista la solicitud que nos ha dirigido con fecha catorce de los corrientes la Hermandad de Nuestro Padre Jesús Nazareno y María Santísima de los Dolores de la Villa de Conil, presentada por Don Pedro Muñoz Marín y Don Rafael Ballester, quejándose de que el Reverendo Párroco de Conil se ha negado a permitir que salga la Procesión que por Reglamento y en virtud de acuerdo tomado por la Junta de la Hermandad el diez y ocho de los corrientes debe celebrarse a las dos de la madrugada del viernes santo y pidiéndonos que revoquemos la resolución del Reverendo Cura Párroco: VISTO EL INFORME que de orden nuestra ha emitido el expresado Párroco en el que expone: 1º) Que el acuerdo tomado ES NULO. Porque la Junta no pudo ni debió constituirse si que la presidiera el Párroco, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento de la Hermandad; 2º) Que NO SE PUEDE AUTORIZAR la celebración de dicho acto religioso por los grandes DESACATOS E IRREVERENCIAS que se cometieron en años anteriores, motivados en parte, porque la Procesión lleva escaso NÚMERO DE LUCES, por el decaimiento en que la Hermandad se haya; 3º) Que aún celebrándose de DÍA dicha Procesión, como sucedió el año pasado, hubo muchas irreverencias en el templo y fuera de él. // Teniendo en consideración que los señores Alcalde, Juez de Paz y Ayudante de Marina de Conil nos han escrito, interesándose para que salga la procesión, por ser éste un deseo vehemente de aquel vecindario, ACORDAMOS: 1º) Que el Reverendo Párroco convoque y presida la Junta de Gobierno de la Hermandad, según Reglamento, para que ACUERDE O NO si ha de salir la Procesión, caso de que la Junta de Gobierno cuente con recursos para ello: 2º) Que si la Junta acuerda legalmente, como es debido, que la Procesión salga, SE VERIFIQUE ESTE ACTO RELIGIOSOS DE DÍA, esto es, AL AMANECER DEL VIERNES SANTO, para evitar las irreverencias y desacatos que han tenido lugar en años anteriores, poniéndose de acuerdo el Reverendo Párroco con la Autoridad Local para que disponga lo conveniente a fin de que se observe por todos el orden y compostura debidos; 3º) Que se haga entender al Señor Alcalde de Conil que accediendo NOS a sus deseos y a lo de los demás Señores expresados, de que si sale la Procesión, esperamos de su celo religioso que tomará las medidas convenientes para que no tenga lugar desacato ni irreverencia alguna que desdiga de la religiosidad de los habitantes de Conil. En la inteligencia de que si hubiere algún desorden, desde ahora declinamos nuestra responsabilidad y nos veríamos obligados a dar parte del hecho (que no creemos tenga lugar) a quien corresponda, debiendo advertirlo, que no es exclusivamente de su competencia conceder o negar el permiso para que salga una Procesión Religiosa, como supone, sino que siendo una Ceremonia del Culto Católico, no puede verificarse sin la autoridad de la Iglesia, y si se verificase, sería un ACTO TERMINANTEMENTE PROHIBIDO POR LAS LEYES QUE SÓLO CONSIENTAN LAS MANIFESTACIONES PÚBLICAS DEL CULTO CATÓLICO. Lo acordó, mandó y firmó el Obispo de la Diócesis de Cádiz.”» 

[Ambientación] Traslado de regreso de la Hermandad de Nuestro Padre Jesús Nazareno y Nuestra Señora de los Dolores, tras la Procesión Extraordinaria de Alabanza del domingo 17 de septiembre de 2017, y, su estancia en la Parroquia de Santa Catalina, con motivo de la celebración del 425 aniversario de la Capilla del Jesús. Fuente: Captura de pantalla vídeo, Pasión y Glorias de Conil. 

Fuente: Archivo Histórico Diocesano de CádizLegajo 652-II18 de marzo de 1880SERIE SECRETARÍA. COFRADÍASrecopilación en unas fichas de Antonio Martínez Corderodepositadas en el Archivo Parroquial de Conil de la FronteraAgradecimiento: Yelman F. Bustamante Solórzano, párroco de Santa Catalina. 

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