domingo, 23 de abril de 2023

ESTADO DEPLORABLE DEL CEMENTERIO PARROQUIAL (1953).

Ya desde 1925, debido a las lamentables condiciones en que se encontraba el cementerio anejo a la Parroquia de Santa Catalina, el Ayuntamiento trató de solucionar el problema, llegándose incluso a la adquisición de unos terrenos y ordenar la elaboración de un proyecto de nueva construcción, pero por diversas causas aquellas intenciones quedaron en nada.

A pesar de que para la secularización de los cementerios durante la II República, se dictaron la Ley de 30 de enero de 1932 y el Reglamento de 8 de abril de 1933, en Conil, no se llevó a cabo hasta el lunes 16 de marzo de 1936, a las 14 horas, una vez el Frente Popular en la Alcaldía y a cuatro meses del golpe de Estado que acabó con el régimen republicano.

En memoria de este hecho, se puede constatar que en el documento que hoy se transcribe, por parte de la autoridad municipal se muestra una total sumisión al tradicional derecho que la Iglesia ejerce sobre los cementerios, dado su carácter religioso.

Inicio del Punto Quinto del acta de referencia. Fuente: Archivo Municipal de Conil de la Frontera. 

«” QUINTO.

Dar cuenta de las gestiones realizadas sobre diversos asuntos pendientes de la gestión del Ayuntamiento.

Por el Sr. Alcalde se expone que no ha dejado de ocuparse la Alcaldia y la Comisión Municipal Permanente de un asunto de tanta importancia como es el ESTADO DEL CEMENTERIO PARROQUIAL y en su consecuencia ha tenido a bien redactar un escrito dirigido al Excmo Rvdo. Sr. Obispo1 de la Diócesis informando de la situación de dicho Cementerio y de la NECESIDAD DE LLEGAR A UN ACUERDO para la solución del problema, escrito de que da lectura el Sr. Secretario y que dice así:

<Excmo. y Rvmo. Sr.: Don José M.ª Flores Suero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Conil de la Frontera. Ostentando la representación del mismo, tiene el honor de comparecer ante V.E. Rvma. por medio de este escrito en el que, resumidamente, se trata de exponer la situación o estado de hecho y de derecho en que actualmente se desenvuelve el Cementerio de esta Villa, LUGAR SAGRADO SOBRE EL QUE LA IGLESIA OSTENTA Y EJERCE TODOS LOS DERECHOS QUE LEGÍTIMAMENTE LE CORRESPONDE Y QUE AL AYUNTAMIENTO INTERESA NO SÓLO RESPETAR SINO MANTENER Y PROTEGER EN SU EJERCICIO. Esta información o exposición está motivada en su origen POR LA DENUNCIA, QUE DE DICHO CEMENTERIO HIZO EL CONSEJO LOCAL DE SANIDAD en la sesión celebrada el día 15 de Diciembre del pasado año 1952, denuncia que fue notificada a este Ayuntamiento mediante traslado de la certificacion del acuerdo adoptado, dando origen a un expediente del cual en todo momento ha tenido conocimiento el Sr. Cura Párroco de Santa Catalina2 y por su intermedio la Jerarquia Eclesiástica.= La denuncia formulada por el Consejo Local de Sanidad versaba concretamente sobre los siguientes hechos:

1º.- ESTAR SITUADO EL CEMENTERIO PARROQUIAL DENTRO DEL CASCO DE LA POBLACIÓN;

2º.- Encontrarse su SUELO A MAYOR ALTURA QUE MUCHOS NICHOS, PROVOCANDO UN DESAGÜE DEFECTUOSO QUE PUEDE ORIGINAR EL HUNDIMIENTO DE ALGÚN BLOQUE DE NICHOS, como ya ha ocurrido en una ocasión.

3º.- SER INSUFICIENTE PARA LAS NECESIDADES DE LA POBLACIÓN;

4º.- IMPOSIBILIDAD DE AMPLIACIÓN.

Detalle parcial del cementerio antes del inicio de su rehabilitación como parte integrante del complejo de La Chanca. Fuente: “Andalucía Información”, 5 abril 2009.

De estos acuerdos se dio traslado en su dia al Sr. Cura Párroco de Santa Catalina quien en 14 de Enero del año en curso contestó a este Ayuntamiento que la Parroquia tenia proyectado corregir el desnivel del terreno, arreglar el desagüe y hacer otras notables reformas en el Cementerio actual con el fin de mejorar sus condiciones, MIENTRAS SE ESTUDIA POR LA IGLESIA LA POSIBILIDAD DE CONSTRUIR UNO NUEVO FUERA DEL CASCO DE LA POBLACIÓN. ESTÁ FUERA DE TODA DUDA EL ESTADO LAMENTABLE DEL CEMENTERIO PARROQUIAL, SU MAL ESTADO DE CONSERVACIÓN, LAS DEFICIENCIAS DE ORDEN SANITARIO E HIGIÉNICO, SU DEFECTUOSO Y PELIGROSO EMPLAZAMIENTO y en suma el no reunir ninguna de las condiciones higiénicas requeridas por las Legislaciones Sanitarias en vigor. Es indudable que el Consejo Local de Sanidad no ha expuesto una opinión falsa o errónea aún cuando pudiera tildársela de inconveniente en su formulación. Para corroborar cuanto llevamos dicho bastaría simplemente el constituirse dentro del recinto y proceder a su exámen somero de su fábrica sin el auxilio de ningún técnico para determinar que su emplazamiento, dimensiones y estado son inconvenientes y peligrosos.= Ha de tenerse en cuenta también que no es la primera vez que se han hecho al Ayuntamiento de Conil denuncias de esta índole. Tan es así, que, desde 1923 se han sucedido mas o menos esporadicamente y creando mas o menos tambien un ambiente de inquietud Municipal por este problema.= En 1923, según consta en expediente obrante en los archivos de este Ayuntamiento, la Junta Municipal de Sanidad denunció el actual Cementerio y manifestó la necesidad de que se construyese uno nuevo. El Ayuntamiento de aquel entonces inició un expediente para acometer el problema de dicha construcción, nombró Comisiones de estudio, formuló proyectos y presupuestos, solicitó informes Técnicos, etc., etc., llegando finalmente a la compra de terrenos con todos los informes favorables de las Autoridades Sanitarias en las que se propuso construir dicho Cementerio. Se llegó incluso a realizar la cimentación que está totalmente hecha; se encuentra formulado el proyecto e ignoramos las causas por las cuales se abandonó esta idea.= NOS ENCONTRAMOS PUES ANTE UN PROBLEMA QUE NO HA SIDO PROVOCADO POR EL AYUNTAMIENTO A PESAR DE QUE LAS LEYES EN VIGOR LE ASIGNAN TOTAL COMPETENCIA SOBRE EL MISMO (art. 102 de la Ley de Regimen Local, base 33 de la Ley de 25 de Noviembre de 1934 etc. etc) y en el que no quiere en modo alguno penetrar SIN MARCHAR EN UNIÓN ÍNTIMA Y PERFECTAMENTE DE ACUERDO CON LA JERARQUIA ECLESIÁSTICA. Es propósito de este Ayuntamiento MANTENER LOS DERECHOS DE LA IGLESIA SOBRE EL CEMENTERIO PARROQUIAL y en modo alguno entra dentro de sus planes el cercenar o mediatizar los derechos que la Iglesia ostenta; por el contrario su intensión ES PRESTAR A LA IGLESIA TODA CLASE DE COLABORACIÓN PARA QUE PUEDA ACOMETER LA EMPRESA DE HABILITAR O CONSTRUIR OTRO CEMENTERIO DE SU PROPIEDAD EN LUGAR QUE REUNA TODAS LAS CONDICIONES REQUERIDAS POR LA LEGISLACIÓN SANITARIA EN VIGOR. Sin embargo desea también el Ayuntamiento estar a cubierto por lo que a este problema respecta de toda clase de diversas críticas o advertencias que puedan poner en evidencia una dejación de derechos o una inhibición en asunto de su competencia.= Por todo ello y examinando serenamente la situación del problema, el Ayuntamiento considera como puntos esenciales sobre los que es necesaria la inteligencia los siguientes:

Estado del cementerio viejo antes de la rehabilitación del sector, incluido La Chanca. Imagen: “La Voz de Cádiz”, 1 abril 2009.

1º.- NECESIDAD DE ACOMETER LA CONSTRUCCIÓN DE UN NUEVO CEMENTERIO PARROQUIAL SOBRE EL QUE LA IGLESIA PUEDA TENER LOS MISMOS DERECHOS QUE EN LA ACTUALIDAD OSTENTA SOBRE EL CEMENTERIO EXISTENTE.

2º.- NECESIDAD DE CLAUSURAR EL QUE ACTUALMENTE ESTÁ EN SERVICIO.

3º.- Como consecuencia de los dos anteriores hay que salvar una situación transitoria que se impone por la imposibilidad de no poder acometer la obra en su totalidad.

4º.- El Ayuntamiento ofrece su colaboración concretada por el momento en una PERMUTA DE TERRENOS POR VIRTUD DE LA CUAL CEDERIA A LA IGLESIA EL SOLAR CIMENTADO QUE UN DIA PENSÓ DESTINAR A CEMENTERIO que reune todas las condiciones sanitarias, sito en <Las Ánimas>, al pié de la carretera y A CAMBIO DEL SOLAR PROPIEDAD DE LA IGLESIA EN LA PLAZA DE SANTA CATALINA en el cual pretende efectuar determinadas obras de urbanización.

5º.- En orden a otras colaboraciones tanto materiales, financieras o de cualquier otro orden el Ayuntamiento está dispuesto a brindar a la Iglesia toda clase de ayudas que su patrimonio permita y que sean toleradas y permitidas por las Leyes en vigor. Es cuanto esta Alcaldia tiene el honor de exponer a V. E. Rvma. En orden a este problema que nos afecta, esperando alcanzar de V. E. Rvda. La gracia de ser atendidos en nuestra proposición para poder conjuntamente dar solución a la necesidad sentida por todo este pueblo.= Dios guarde a V. E. Rvda. Muchos años.= Conil de la Frontera a 22 de Mayo de 1953.= El Alcalde.- firmado y rubricado, ilegible.= Excmo. y Revmo. Sr. Obispo de la Diócesis Cadiz-Ceuta.- Cádiz.>

Postal de Conil (Cádiz), Iglesia de Santa Catalina y su patio, objeto de la permuta comentada entre Ayuntamiento e Iglesia. Eglise de Sainte Catherine; St. Catherine Parochial Church; sin fecha (1979). Fuente: Gentileza S.Q., Exclusivas Papelería Puya, Conil.

El Ayuntamiento Pleno acuerda darse por enterado de dicho escrito y del estado de dicho expediente.» [Transcripción literal]

1.- Lo era Tomás Gutiérrez Díez (1943-1964). Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre.

2.- Sebastián González Araujo, Presbítero Ecónomo; y, Vicente Álvarez de los Reyes, Coadjutor.

El Ayuntamiento estaba formado por las siguientes personas: Alcalde-Presidente, José M.ª Flores Suero; Primer Teniente de Alcalde, Carlos Romero Abreu; Segundo Teniente de Alcalde, Luis de Mora-Figueroa Borrego; Concejales, Francisco López Moreno, Antonio de Mora-Figueroa Borrego, Pedro Ureba LobatónDiego Rodríguez AmayaFrancisco Marín RamírezAntonio Leal Ureba; Secretario, Federico García Bragado; Interventor, José Naranjo López.

Fuente: Libro de Actas Capitulares 79-3, páginas digitalizadas 23-28, páginas originales 11 a 13v, sesión ordinaria Ayuntamiento Pleno del 23 mayo 1953, Punto Cuarto. Archivo Municipal de Conil de la Frontera, gentileza de Isabel González Ramírez.  

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