martes, 28 de abril de 2020

EL GOBIERNO CIVIL A TODOS LOS NUEVOS AYUNTAMIENTOS (1931).

Fuente: “Boletín Oficial de la Provincia”, n.º 98 del 28 de abril de 1931, 
Gobierno Civil de la Provincia, aviso núm. 1142.
GOBIERNO CIVIL DE LA PROVINCIA.
CIRCULAR.
La Gaceta del día 24 del actual publica el siguiente Decreto del Ministerio de la Gobernación.
El estado caótico en que quedaron sumidas las haciendas municipales por la gestión de los Ayuntamientos de las Dictaduras, que comprometieron los intereses locales sin mandato popular que les autorizase para ello y exentos de eficaz control, no sólo afecta gravemente a la vida de los Municipios, sino que repercute en la situación general de la economía y de la hacienda de toda la Nación. Debe, pes, el Gobierno provisional de la República establecer que, como primer trámite para resolver esa situación, se formalice un inventario exacto sobre las haciendas municipales. Por lo cual, como Presidente del Gobierno provisional de la República, de acuerdo con el mismo y a propuesta del Ministro de la Gobernación.
Vengo a decretar lo siguiente:
Primero, Antes del 15 de Mayo, sin prórroga ni excusas alguna, todos los Ayuntamientos de España deberán presentar en el Gobierno civil correspondiente una amplia relación detallada:
1º Sobre los empréstitos contraídos y créditos tomados durante las sucesivas etapas dictatoriales, con especificación de las condiciones de los mismo, así como la cuantía anual del servicio de intereses y amortización de esos empréstitos y créditos.
2º Un estado de cuentas de dichos empréstitos y créditos con expresión de las obras realizadas mediante los mismos, de las que quedan por realizar con referencia a ellos y de sus situación de fondos.
3º Su presupuesto ordinario y los extraordinarios, si los hubiere, para el ejercicio corriente.
Segundo. Los Gobernadores civiles deberán remitir al Ministerio de la Gobernación dichos informes antes del 20 de Mayo próximo.
Dado en Madrid a veintidós de Abril de mil novecientos treinta y una,- Niceto Alcalá-Zamora y Torres.- El Ministro de la Gobernación, Miguel Maura.
Y se hace público por medio de este periódico oficial para el más exacto cumplimiento de la insertada disposición.
Cádiz 27 de abril de 1931.- El Gobernador civil, José González y Fernández de la Bandera.

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