De como, el Ayuntamiento de Conil, después de recibir dos comunicaciones de la Diputación Provincial, en el sentido de no sufragar los gastos de los expósitos en las casas-cunas de muchos municipios, entre ellos el de esta Villa, acuerda mantener una receptoría abierta, en la que se recojan a los recién nacidos abandonados, cargando con sus gastos, y evitar así la deshonra pública de los causantes de tan mala práctica que desgraciadamente se dan en las clases más humildes y míseras de la sociedad.
[Ambientación] Torno de una casa-cuna. La madre acaba de dejar a su hijo y tira de la campanilla para que lo retiren del torno. Fuente: “Los expósitos de la Hijuela de Vera, 1736-1901”, UAL, Adrián J. Alarcón Márquez.
Transcripción de Rafael Coca López, respetando la literalidad del texto original, y contando con la ayuda de las notas de Antonio Martínez Cordero, contenidas en las múltiples fichas depositadas en el Archivo Parroquial Santa Catalina:
«“Sesión ordinaria celebrada el día veinte y ocho de Mayo de mil ochocientos ochenta y cinco.
En la Villa de Conil de la Frontera á veinte y ocho de Mayo de mil ochocientos ochenta y cinco, se reunieron en la Sala de Sesiones de las Casas Consistoriales los Señores de su Ilustre Ayuntamiento cuyos nombres al margen se expresan, bajo la presidencia del Señor Alcalde Don Joaquin Sanchez y Sanchez con el objeto de celebrar sesión ordinaria dandose principio á la misma por ante mi el Secretario de la Corporación en la forma siguiente: …
… Punto segundo. Se dio cuenta de dos comunicaciones de la Excma. Diputación provincial cuyo tenor literal es el siguiente =
<DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CADIZ = La Asamblea provincial en sesion celebrada el dia 9 del corriente [mayo 1885] aprobó el siguiente espuesto = Excmo. Sr. Al suprimir V.E. las HIJUELAS DE LA CASA DE ESPÓSITOS en el año último, medida altamente beneficiosa para los intereses provinciales y merced á la cual HAN DESPARECIDO MULTITUD DE ABUSOS, creó RECEPTORIAS en todos los pueblos de la provincia, escepcion hecha de las de Algar, Castellar, Torre Alhaquime y El Bosque = El transcurso del tiempo ha demostrado que no todas las receptorias creadas respondian á su verdadero fin práctico y que el servicio que otras prestan no compensan los gastos de su mantenimiento por ser aquel muy limitado y poco provechoso = Ante estos hechos, la necesidad que existe de aliviar los gastos que pesan sobre el presupuesto de la provincia y la consideración que surge al recordar que antes que las receptorías se establecieran, los pueblos que no las tenian llevaban los espositos á las HIJUELAS sin que por su parte se reclamara el establecimiento de tales receptorias, llenandose cumplidamente las atenciones de la BENEFICENCIA respecto de espositos, han sugerido al que suscribe la idea de significar a Uds, que REDUZCA el número de receptorias, limitandose al de los pueblos donde antes existian HIJUELAS y á los cuales las demás sin necesidad de aquellos intermediarios conducian los espositos = Por tanto el que suscribe propone á Uds. el siguiente acuerdo = Quedan reducidas á ONCE LAS RECEPTORIAS DE ESPOSITOS DE LA PROVINCIA = En su virtud solo subsistiran en lo sucesivo las de SANLUCAR, PUERTO DE SANTA MARIA, MEDINA SIDONIA, ARCOS, SAN FERNANDO, CHICLANA, TARIFA, ALGECIRAS, SAN ROQUE, GRAZALEMA y OLVERA, pueblos donde antes existian las suprimidas HIJUELAS = Lo que por acuerdo de esta Excma. Diputacion provincial se participa á Uds. para su inteligencia y cumplimiento = Dios guarde a Uds. muchos años = Cadiz 10 de Mayo de 1885 = El Presidente = E.J. Genoves = El Diputado Sindico = José de Asprer = Señor Alcalde de Conil.>
[Ambientación] Torno de niños abandonados con un mensaje dramático. Fuente: “Wikiwand.com”.
< DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CADIZ = Quedando suprimida por acuerdo de esta Asamblea provincial desde primero de Junio la receptoria de esa Villa, los espositos que esa poblacion produzca INGRESARAN en la receptoria de la Ciudad de CHICLANA, siendo los gastos por cuenta del que los causase á cuyo efecto desde esa fecha (1º de Junio) QUEDA DESPEDIDA LA CASA RECEPTORIA SI ES ABONADA POR LA PROVINCIA Y CESANTE EL AMA RECEPTORA = Lo que participo a Uds. para su inteligencia y cumplimiento = Dios guarde a Uds. muchos años = Cadiz 10 de Mayo de 1885 = El Presidente = E.J. Genoves = Señor Alcalde de Conil.>
La Corporación enterada ACORDÓ ACATAR Y CUMPLIR en todas sus partes los acuerdos que comprenden las comunicaciones preinsertas que anteceden, DISPONIENDO al efecto que desde el dia primero de Junio quede DESPEDIDA LA CASA RECEPTORIA Y CESANTE EL AMA RECEPTORA por ser abonadas por la provincia.
Punto tercero. Seguidamente, puesto á deliberación del Ayuntamiento el particular que precede y visto la necesidad absoluta de que EN ESTA LOCALIDAD EXISTA EL ESPRESADO ESTABLECIMIENTO, una vez que se señala para el ingreso la receptoria de Chiclana, SIENDO DE CUENTA DE LAS ESPOSITORAS LOS GASTOS, cuyo cumplimiento ofrece en primer termino la DIFICULTAD de que generalmente DICHOS ESPÓSITOS PROCEDEN DE LAS CLASES MÁS NECESITADAS DE LA LOCALIDAD y en segundo que al no tener un LUGAR INMEDIATO DONDE DEPOSITARLO, SE HACE DEMASIADO PUBLICO EL CASO, Y CAUSA LA DESHONRA DE LA PERSONA QUE INCURRE EN ESTA DESGRACIADA FALTA; teniendo en cuenta que el sostenimiento de dicho establecimiento NO ES DEMASIADO COSTOSO y que en el presupuesto del prócsimo ejercicio se encuentra consignado el gasto si bien lo era bajo el CARACTER DE REINTEGRO, ACUERDASE por unanimidad que una vez que la causa que lo motiva es HUMANITARIA Y DE INTERES GENERAL, SOSTENER LA RECEPTORIA que viene establecida y AL AMA RECEPTORA, con cargo del gasto que origina á estos fondos municipales, pagandose el proximo mes de Junio con cargo al Capitulo de imprevistos como hasta á que há venido practicandose y en lo sucesivo con cargo al Capitulo del respectivo presupuesto donde se encuentra consignado el gasto y no habiendo más asuntos de que … “»
[Ambientación] “El abandono”, de Édouard Gelhay, 1886, óleo sobre lienzo. Imagen original realizada por Marraski en 2022. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre.
Los asistentes del Ayuntamiento fueron: Alcalde 1º, Joaquín Sánchez y Sánchez; Teniente 1º: Juan Manuel López Pérez de Castro; [Teniente 2º: Tomás Sánchez Muñoz]; Concejales: Juan López Domínguez, Pedro Muñoz Oliva, Cristóbal Sánchez Muñoz, Salvador Ramírez Leiva, Juan Miguel Pareja; Síndico: Pedro Rodríguez Calderón; Secretario: Manuel García Salazar y Domínguez.
*** Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera. Sesión Ordinaria del 28 de mayo de 1885. Libro Capitular 67-4, p.p. digitalizadas 123-129 y numeración manual 60v-63v. Agradecimiento: Isabel González Ramírez.



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