viernes, 13 de septiembre de 2024

LAS ALMADRABAS DE TIRO Y BUCHE EN LAS COSTAS DEL DUQUE: un modelo de organización, Liliane M.ª Dahlmann y Eugenio Chicano; 09/24 (2022).

Nota: Todo el texto escrito en letra cursiva, itálica o bastardilla, se corresponde a la transcripción original del artículo. Las imágenes de ambientación que han sido seleccionadas por el transcriptor, estarán indicadas como tales, así como su fuente y autoría siempre que éstas hayan sido posible conocer. 

[VIENE del 2 de septiembre 2024] 

POR ATÚN Y VER AL DUQUE”. EL OCASO DE UNA INDUSTRIA.

Con el tiempo los pescadores adoptaron la costumbre de capturar atunes en plena temporada, metiéndose en el cerco de la pesquería, lo que les hacía alejarse de la costa, acercándose a Marruecos (67). A pesar de los BANDOS, prohibiendo con amenaza de penas de cárcel que los barcos se metiesen en la ruta del atún, y que fueron emitidos de continuo desde el s. XVI, la costumbre se siguió manteniendo, a pesar de que, tras el dictamen de 1583 de la Chancillería de Granada, se asentó como realidad histórica el «supuesto derecho de la Casa de Medina Sidonia a la PROPIEDAD DE TODOS LOS ATUNES» (68). Con el declive de la pesquería vino la ABOLICIÓN DEL VIEJO RÉGIMEN por las CORTES DE CÁDIZ. Con esta medida desapareció la exclusiva de la pesca de almadraba, siendo restablecida a medias por razones técnicas (69)

AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 1070. Contaduría XIV duque de Medina Sidonia, don Pedro de Alcántara Guzmán. Años 1525-1768. 

En 1816 quedan señalados por parte del departamento de Marina los sitios para establecer el armamento para la pesca del atún. Al XII marqués de Villafranca y XVI duque de Medina Sidonia, Francisco de Borja Álvarez de Toledo Osorio, le quedó asignada la parte de levante y a los armadores de CONIL la que estaba mejor situada frente a la chanca, si tenemos en cuenta que la línea divisoria de las almadrabas es la de los términos de Vejer y Tarifa (70). El 22 de marzo de 1821 fue INSCRITO en Vejer y CONIL el XIII marqués de Villafranca y XVII duque de Medina Sidonia, don Pedro de Alcántara Álvarez de Toledo y Palafox, en clase de gran propietario y empresario de pesquería de atunes (71), siendo numerosas las dificultades y graves los ENFRENTAMIENTOS entre los armadores con la casa ducal, por lo que el negocio no resultó rentable. Estos a través de su apoderado reclaman al marqués la 5ª parte de lo que pescase en Zahara. Incluso algunos vecinos de CONIL y Vejer no dudan en IMPEDIR AL NOBLE QUE PUEDA ARMAR la almadraba de buche, o anclas en CONIL y Zahara. El superintendente denuncia el MAL ESTADO EN QUE SE HAYAN LOS EDIFICIOS, propiedad de la Casa, convirtiéndose las CHANCAS en simples almacenes, por lo que de nuevo reclama su libre uso, «quedando el resto de la playa de aprovechamiento y libre uso de los pueblos» (72). El marqués de Villafranca piensa que causa «estupor» que se ataque el ramo de la pesca de atún, queriendo extinguir los mejores medios para ello, «de los parajes justamente marcados por la naturaleza, para sacar de ellos el fruto que aquella ofrece». Desde la Casa Medina Sidonia se mantienen la opinión que, al no tener ya el derecho exclusivo de armar almadraba, se ha ido perdiendo este arte y «todo ha degenerado». Por todo ello se solicita el permiso de armar la almadraba en Zahara y CONIL, aunque sólo sea por «la conservación y memoria de don Alonso Pérez de Guzmán» (73). Hacia los años 80, concretamente en 1889, se vende la de Zahara. De este modo acaba para la Casa Medina Sidonia la explotación de sus almadrabas, no sin gran sentir por parte de sus titulares, ya que durante más de 500 años representó un modelo de gestión racionalizada y concebida a la manera que los señores jurisdiccionales del ducado proyectaron sus actividades, enfocada hacia una economía política que diese firmeza a su gobierno y mayorazgo. 

[Fotografía no incluida en el artículo original] Retrato del XVI duque de Medina Sidonia, Francisco de Borja Álvarez de Toledo, y XII marqués de Villafranca del Bierzo, 1800, anónimo. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre

Si bien los duques mantuvieron todavía por algún tiempo las almadrabas de Terrón, Zahara y Doñana, muchas veces por administración directa, otra por arrendamiento, cualquier intento de volver a antaño quedó sepultado en el devenir de los siglos. Para los nuevos armadores el negocio tampoco resultó fácil. La situación política y económica de la España de finales del s. XIX era incapaz de resolver los problemas de una economía estancada. Había que comenzar a desarrollar un modelo nuevo de explotación, pero teniendo en cuenta el excesivo número de armadores que se matricularon en un primer momento, se provocó la proliferación de las instalaciones, de manera que, al multiplicarse, lentamente fue destruido el sistema mismo por el cual estaba fundado este arte de pesca; ello sumado a los constantes SABOTAJES del personal, «aconsejaron a los señores de la casa renunciar, vendiendo o abandonando chancas y instalaciones» (74). Rendidos a la evidencia ante las dificultades e incertidumbres de la nueva situación, quedaron invalidados cuantos preceptos y disposiciones fueron reivindicados, una y otra vez, por los duques, hasta caer en el olvido a lo largo del s. XX. Hoy contamos con el testimonio que nos proporciona la documentación conservada en el AGFCMS, y de la que solamente SE HA APORTADO EN ESTE TRABAJO UNA MÍNIMA PARTE DE LO QUE HAY, y de lo que todavía está por estudiar. El interés que existe al día de hoy por la pesca del atún rojo, por sus aspectos sociales, económicos, antropológicos, medioambientales, etc., nos obliga a SEGUIR PROFUNDIZANDO EN EL ESTUDIO DE ESTE ARTE, y a buscar explicaciones en los acontecimientos del ayer que hoy todavía, en cierta manera, siguen estando muy presentes en la costa gaditana. Espero haber contribuido a ello con este trabajo, dando valor a la información que los procesos del pasado han ido generando a lo largo del tiempo. 

[Fotografía no incluida en el artículo original] Almadraba, 22 agosto 2020, Javi Mendoza

Notas de la autora:

(67) AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 5859. Año 1824, junio, 14. CONIL. Según los informes de aquella época, los atunes se han ido a las Costas de Berbería, por exceso de pesquerías y «artes mal dirigidas». Los Bous lo arrasan todo. Se ha decretado una veda de 3 meses, pero que no se ha observado en ningún momento.

(68) AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 951, Cádiz, 1712 a 1796. Bandos publicados en la ciudad de Cádiz por mandato de diferentes gobernadores, para que, en conformidad de los privilegios de la casa del duque, ninguna persona pueda pescar en el término de esta ciudad durante la temporada de atunes, «con almadrabas, artes reales boniteros, ni otros instrumentos, sino hasta el sitio de las Torres para abasto de ella».

(69) AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 5541. Año 1811, agosto, 6. Se decreta la abolición de todos los privilegios privativos y prohibitivos de origen señorial como los de caza, pesca, hornos etc., quedando todo al derecho común y a las reglas municipales establecidas en cada pueblo, sin que por ello los dueños se vieran privados de usar de los mismos en derecho de vecindad. Quedan los derechos de propiedad en las fincas, ya fuesen molinos, hornos etc., sin necesidad de ser vecino en el pueblo.

(70) AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 3985. Año 1816, julio, 5. Zahara de los Atunes. En esta temporada se pescaron 3.615 atunes. // AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 5781. Año 1816, abril, 5. Chiclana. El Marqués solicita establecer las almadrabas de anclas en los parajes de levante que «en una y otra playa hay proporcionados para el armamento de anclas, o de buche para la pesca de atún». Quiere colocar los armamentos en los sitios inmediatos a la casa chanca de CONIL y de Zahara, situando las raberas de tierra frente al pozo «que llaman de la Boyada» en CONIL, y en la esquina de levante de la Casa chanca de Zahara, quedando para los matriculados de CONIL la parte de Poniente, más a propósitos para establecer la almadraba de tiro. Los matriculados no estuvieron conformes con la solución, oponiéndose a que se armase en el sitio las almadrabas de anclas, quedando el asunto en manos del Supremo Consejo.

Eugenio Chicano. Esteros de las Salinas de los Desamparados. El Puerto de Santa María. Cádiz. Málaga, 2015, acrílico sobre tela, 114x146 cm. 

(71) AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg.5781. Año 1821, marzo, 23. Cádiz. Pedro Álvarez de Toledo, Gonzaga Caracciolo Palafox, marqués de Villafranca y duque de Medina Sidonia, se inscribió en la lista de hombres de mar, en la clase de propietario y empresario «en grande de la pesca de atunes», conforme a la ley del 27 de octubre de 1820, a lo que se opusieron varios armadores en CONIL y Vejer. Su oposición creó serios problemas a la casa y a la duquesa viuda, que en estos momentos actuaba en nombre de su hijo. Ya en 1817 se «allanaron los almacenes de sal del duque», declarando ante el cabildo Francisco Chamorro, vecino y pescador de CONIL que «el mismo llevaría la mecha para pegar fuego a las artes de V.E.» (28 febrero de 1817. Chiclana).

(72) AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 5781. Año 1817, marzo, 29. Chiclana. Por parte de la Casa se pide poder armar las tres almadrabas que van desde Torre Gorda a Torre de Roche, lo que en cierta manera es «solicitar un privilegio exclusivo». // AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 5781. Año 1821. Madrid. La Casa se lamenta que se hayan usurpado estos edificios, so pretexto de no tener vecindad, y reclama su derecho de propiedad, sancionado por «las Cortes en el artículo 4º tiº 1º capítulo 1º que la Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen…».

(73) AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 5781. Año 1804, mayo. Madrid.

(74) Luisa I. Álvarez de Toledo y Maura, Las Almadrabas de los Guzmanes, Sanlúcar, Edit. FCMS, 2007, p. 28. // AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 4806. Año 1889, diciembre, 4. Por escritura pública de 5 de julio de 1877 ante el notario de Cádiz, don Ricardo de Pró, el señor marqués de Martorell, vendió al señor Abreu la dehesa nombrada Pradillo de Zahara, de 85 fanegas de cabida y una casa chanca dentro de la finca, destinada a la almadraba o venta de atunes, con sus almacenes y dependencias, ambas en término de Vejer de la Frontera, provincia de Cádiz, en precio de 50.000 reales (12.500 pesetas) la dehesa y otros 50.000 reales (12.500 pesetas), la casa chanca, libres de gravámenes.

[Fotografía no incluida en el artículo original] La pesca de los atunes, de Salvador Dalí. Fuente: “salvador-dali punto org”, Fundación Gala-Salvador Dalí, Figueres, 2017. 

Fuente: Liliane M.ª Dahlmann, Directora-Conservadora del Archivo General Fundación Casa Medina Sidonia, y, Eugenio Chicano, Obra gráfica. Cuadernos del Rebalaje, N.º 50 / Enero-marzo 2022; publicado por la asociación cultural Amigos de la Barca de Jábega, ABJ, de Málaga. 

[CONTINUARÁ el próximo 20 septiembre 2024] 

No hay comentarios:

Publicar un comentario