martes, 26 de noviembre de 2024

“ORIGEN DE LA VILLA DE CONIL DE LA FRONTERA: poblamiento y privilegios durante el siglo XV”, Antonio SANTOS GARCÍA y Francisco GONZÁLEZ UREBA. 14ª parte de 25.

Siguiendo con la política de este blog (o muro de facebook) de AYUDAR y COLABORAR, modestamente, a la difusión del PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL DE CONIL, se reproduce a partir de hoy un interesante artículo que, el Boletín “La Laja”, en manos de la Asociación homónima, publicó en 2.008, bajo el estandarte de divulgar la Historia de esta Villa. Cada parte consistirá en la reproducción digital y transcripción de su contenido, con su ortografía original, de la totalidad de las diez y seis hojas de las que consta este original documento histórico. Todo lo transcrito irá en letra cursiva o bastardilla, incluyendo los pies de páginas intercalados por los autores en el original. 

[Imagen no incluida en el artículo] Reproducción de la 5ª hoja del documento estudiado. Escaneado Rafael Coca López, 14 mayo 2.014. 

[VIENE del 19 de noviembre de 2.024]

Transcripción de la hoja n.º 5: 

« ... /gosaron e les fueron guardadas en los tiempos pasados. E mando e defiendo, que persona alguna que sea, no les vaya contra esas merzedes è franquezas, è libertades, que por mí les son Confirmadas, por se las amenguar, o quebrantar en alguna manera: So pena de la mi merced, è de diez mill mrs. a cada uno, para la mi Camara, que lo contrario fisiere: E mando, so las dichas penas, a los conzexos de las dichas mis Villas, Vexer e Chiclana, è a cada uno de ellos, que consientan a los dichos vezinos, de la dicha Torre de Guzman, cortar en sus Montes la madera que hovieren menester, para sus provehimientos, è para las mis Almadrabas, según se acostumbró en los tiempos pasados. Dado en el mi Logar de Villarrasa, VEINTE DIAS DE DIZIEMBRE, AÑO DEL SEÑOR DE MILL, È QUATROZIENTOS, È TREINTA È SEIS AÑOS: Yo, el Conde.= Yo Pedro Alfonso, secretario de mi Señor el Conde, la fise escribir, por su mandado.=

[Imagen incluida en el artículo, P. 38] Reproducción de la primera hoja del documento. 

Yo, Don Joan de Guzman, Conde de Niebla, Señor de la Villa de Medinasidonia. Porque yo hove fecho merzed a vos el Alcayde, Alcaldes, Alguazil, Rexidores Jurados, è homes buenos, è vecinos del mi Logar de la Torre de Guzman, del mi Echon, e tierra de Finogera, con las aguas, è pastos de el, è vos mando poner en lo salbado de mis Libros, que me non pagasedes dineros algunos, de los que me devíades dar, è pagar de cada un año, por el herbaxe, è aguas, è monte del dicho Echon: E porque fasta agora non teniades mi Carta, e Privilegio de ello: Yo por vos faser bien, è merzed, por esta presente Carta de Privilegio; vos dó, è fago merzed de todo el dicho Echon, è tierra de Finogera, con los herbaxos, è montes, è aguas, è pastos de el: Lo que yo vos dó por Término, para que en todo el dicho Echon, podades paszer las Yerbas con vuestros Ganados, è beber las aguas, è labrar, è sembrar, è criar, è cazar, è cortar los Montes del dicho Echon e tierras/ … » [Final de la quinta hoja]

[Ambientación, imagen no incluida en el artículo original] Ilustración de la economía española en el siglo XVI, 1 mayo 2015. Fuente: “blogs.ua punto es”. 

[CONTINUARÁ el 03 de diciembre de 2.024]

Fuente: “BOLETÍN LA LAJA”, Amigos del Patrimonio Natural y Cultural de Conil. Año 2.008, número 10, pp. 35-52. 

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