El
Ayuntamiento sigue su importante función recaudatoria, con la
exposición pública de varios de sus impuestos.
Fuente:
“Boletín Oficial de la Provincia”, n.º 101, Alcaldía
Constitucional
de Conil de la Frontera, aviso núm. 1153.
Alcaldía
Constitucional de Conil de la Frontera.
EDICTO
Por
el presente se hace saber que habiendo sido aprobados por el
Ayuntamiento los padrones correspondientes a las exacciones de
derecho sobre rodaje o arrastre, impuesto de carruajes de lujo e
impuesto sobre casinos y círculos de recreos, formados para el año
de 1931, estarán de manifiesto al público en esta Secretaría
Municipal por espacio de diez días, a contar desde la inserción de
este anuncio en el Boletín Oficial, para oir reclamaciones y que
pasado dicho plazo no se admitirá ninguna.
Conil
a 27 de Abril de 1931.- El Alcalde, Antonio Ureba.
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