martes, 24 de diciembre de 2019

CONIL Y LOS SUCESOS I (1840).


Como contexto histórico, donde tienen lugar los hechos que se narran en la reseña de hoy, se puede hablar del final de la regencia de María Cristina de Borbón, durante la minoría de edad de la futura reina Isabel II. Con el triunfo de la “Revolución de 1840”, el general Baldomero Espartero se hace cargo de la regencia. Todas estas vicisitudes tienen su repercusión en la sociedad de CONIL. Como las fotografías del periódico no son de buena calidad, se transcribe su contenido.
Fuente: “El Globo”, núm. 70, del jueves 24 de diciembre de 1840.

“Los sucesos de Conil han llamado mucho la atención y han sido objeto de muchas conversaciones: hanse hecho muchos comentarios sobre la determinación tomada por el gefe político de enviar á aquel pueblo algunas tropas, y con este motivo se han alterado los hechos, como es costumbre. Hemos procurado informarnos de ellos, y vamos á referirlos a nuestros lectores, según los hemos oido á personas que pueden estar bien enteradas.
En Conil, como ha sucedido desgraciadamente en otros pueblos, se repartieron entre otras una gran porción de tierras que pertenecían á Dª N. Lobaton y al marqués de Villafranca. Los dueños despojados de su propiedad acudieron en queja á la Diputación de provincia, y esta dió órden al Ayuntamiento para que dispusiera la restitución.

 
Fuente: “El Globo”, núm. 70, del jueves 24 de diciembre de 1840.

Hasta aquí nada en verdad encontramos digno de censura, lejos de eso nuestra imparcialidad nos obliga á decir que la Diputación ha cumplido con su deber, y no solo ha atendido las quejas de los reclamantes, sino que ha dejado conocer con energia cuanto desaprobaba la conducta observada por el ayuntamiento.
Pero los señores concejales de Conil hubieron de pensar de muy distinta manera á ser cierto lo que nos han asegurado, porque se retrajo de obedecer hasta el punto de verse obligada la Diputación á entregar el negocio al gefe político para que hiciera cumplir sy mandato y obligára á obedecer á la corporación municipal.
El gefe político indignado al ver la conducta observada por el ayuntamiento, le hubo de pasar una órden

 
Fuente: “El Globo”, núm. 70, del jueves 24 de diciembre de 1840.

bastante terminante para que aquellos concejales se dieran prisa á contestar que estaban prontos á obedecer; pero que no tenian fuerza en que apoyarse, y siendo doscientos y cincuenta, tal nos han dicho, los agraciados, temia por la tranquilidad pública, y temia ademas no lograr hacerse obedecer. Con este motivo de los cien caballos que habia en Vejer se han mandado bajar cincuenta á Conil, y se ha enviado además alguna otra fuerza al mismo pueblo.
He aquí la relación de los sucesos que han dado motivo á las órdenes del Sr. gefe político. Si hubiésemos cometido alguna inesactitud, ó si hemos sido mal informados, abiertas están nuestras columnas para el que quiera y pueda rectificarlos.

 
Fuente: “El Globo”, núm. 70, del jueves 24 de diciembre de 1840.

Por escusado tenemos decir cuan deplorable es la situación de un pais que continuamente presencia estos y otros sucesos semejantes. Afortunadamente tenemos al frente de nuestra provincia una autoridad enérgica que conoce toda la importancia de los hechos y sus deberes, y que se apresura á reprimirlos, como es necesario é indispensable, si no hemos de venir á parar á una espantosa anarquia. ¡Pero no sucede lo mismo en todas partes! Nosotros que al juzgar delos actos de los funcionarios públicos lo hacemos sin espíritu de partido, nos complacemos en dar gracias en nombre de la provincia al Sr. Riesch. La Diputacion provincial ha merecido en esta ocasión iguales elogios.
Parécenos que llegará á terminarse esta desagradable cuestion en el mismo sentido que ha empezado á resolverse; es decir, estamos persuadidos de que la estraña y punible resistencia á obedecer de ayuntamiento de Conil será castigada, ó al menos que se tomarán las medidas necesarias, á fin de que se averigüe por quien corresponda la ecsactitud de los hechos y se sepa á punto fijo si esa resistencia á obedecer los preceptos de la Diputacion es digna solo de censura ó merece castigo.


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