lunes, 22 de julio de 2024

LAS ALMADRABAS DE TIRO Y BUCHE EN LAS COSTAS DEL DUQUE: un modelo de organización, Liliane M.ª Dahlmann y Eugenio Chicano; 02/24 (2022).

De como aprovechando la oportunidad que brinda la revista editada por la asociación cultural Amigos de la Jábega, de Málaga, llamada CUADERNOS DEL REBALAJE, que tiene como objetivo divulgar conocimientos relacionados con el mar Mediterráneo y su vinculación con la costa malagueña y andaluza, sus gentes, embarcaciones, tradiciones y costumbres desde el punto de vista antropológico, histórico, geográfico, científico-técnico, artístico o de creación literaria; y la gentileza de LILIANE M.ª DAHLMANN, Directora-Conservadora del Archivo General Fundación Casa Medina Sidonia (en adelante AGFCMS), con sede en Sanlúcar de Barrameda, que autoriza expresamente la transcripción completa del artículo sobre las almadrabas, de su autoría, publicado en el n.º 50 de la mencionada revista, se procede a ello en la creencia que ayudará a conocer y divulgar por este modesto medio el ancestral mundo almadrabero. 

Nota: Todo el texto escrito en letra cursiva, itálica o bastardilla, se corresponde a la transcripción original del artículo. Las imágenes de ambientación que han sido seleccionadas por el transcriptor, estarán indicadas como tales, así como su fuente y autoría siempre que éstas hayan sido posible conocer. 

[VIENE del 20 julio 2024]


AGFCMS, leg. 899, fondo Medina Sidonia. Año 1521, junio, 17. Burgos. Provisión expedida por el Real Consejo para que el conde de Ayamonte derribe las almadrabas que armó indebidamente, en contra de los intereses de la Casa Medina Sidonia. 

LOS PRIVILEGIOS DE CONCESIÓN

Las primeras noticias que obran en el archivo sobre la almadraba nos sitúan en 1285, con la concesión de Sancho IV a la Orden de Santiago de los castillos de «Vejer, Medina y Alcalá», «con las almadrabas de los atunes e con los derechos del puerto de la mar, e con pesquerías e con salinas» (7) . Ya en 1299, Fernando IV segrega la almadraba de HUEDICONI (8) que estaba en término de Vejer, para darla a Guzmán el Bueno con su FORTALEZA Y POBLACIÓN. Pero sería en 1411 cuando Ferrando García de Moya, Martín Juan, Joan Rodríguez y compañeros, VECINOS DE JEREZ, solicitaron poblar el lugar a condición de que LES DIESEN LOS OFICIOS de las almadrabas. El conde no tardó en aceptar: «e se faga en ello por la hordenanza de los Armadores de mis almadrabas» (9). Sabemos por la documentación que los vecinos estaban OBLIGADOS a prestar las carretas, trabajando en la temporada del atún, al igual que lo hicieran los ESCLAVOS del duque (10).

Eugenio Chicano. Muelle de Pescadería. Málaga, 1957, óleo sobre tela, 81x100 cm. Arrastrero con vista desde la cubierta de popa con cajas de pescado apiladas en tierra y noray. 

En 1303 seguiría la donación de Chiclana (11) en término de la «Puebla de Cádiz», reservándose la corona la almadraba de Sancti Petri. Cuatro años más tarde, en 1307, Fernando IV dio a Guzmán el Bueno la villa de Vejer, a cambio de que devolviese la villa de Zafra, Zafrilla y el castillo de Falconera, además de reembolsarle las 56.000 doblas de oro que prestó a María de Molina para pagar las dispensaciones matrimoniales con Sancho IV, así como por el mantenimiento de la flota, armada en tiempo de guerra y la guarda de las fortalezas de la frontera (12). No nos cabe la menor duda de que la almadraba como industria fue introducida en Andalucía por Alonso Pérez de Guzmán a finales del s. XIII. Ya en tiempos de fenicios y romanos hubo almadraba en la provincia de Cádiz. Todo hace suponer que los musulmanes supieron explotarlas; Guzmán el Bueno, que conocía la técnica, hizo lo posible por adquirir los lugares en cuyos términos era posible practicar la pesca del atún. COMPRÓ Lepe, Ayamonte, La Redondela, Rota y El Puerto de Santa María. Consiguió conservar toda su vida la alcaidía de Tarifa. Y se hizo con el señorío de Chiclana, «en término de la Puebla de Cádiz», donde estaba la almadraba menor de Sancti Petri, que quedó en la Corona, pero, sobre todo, se hizo con HUEDICONI, actual CONIL y Vejer, en cuyo término se situaba Zahara, que siempre fueron las dos almadrabas más ricas e importantes en cuanto a pesca se refiere. A cambio de Vejer, el Guzmán dio en 1307, como ya se ha señalado, el rico señorío de Zafra. En el testamento de su viuda, María Alphón, del año 1330, ya aparece la almadraba, como negocio familiar. Nos lo indica el pago de 50.000 maravedíes que manda realizar a Patricio Pérez, «su criado», en concepto de «lo que yo le debo que me emprestó para las almadrabas» (13). Desde el tiempo de los condes de Niebla, título otorgado por Enrique II en 1368 a Juan Alonso Pérez de Guzmán, IV Señor de Sanlúcar, los señores de la casa asistieron personalmente a las pesquerías, salvo caso de fuerza mayor. Su establecimiento exigía una fuerte inversión en redes, barcas, maderas para toneles, pero sobre todo personal asalariado y con ración diaria en especies a cuenta del empleador. 

[Fotografía no incluida en el artículo original] “Almadraba 2”, 9 septiembre 2020, gentileza JAVI MENDOZA, acrílico sobre lienzo.

Notas de la autora:

(7) AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 1076. Año 1285, diciembre. Badajoz. Copias manuscritas del Privilegio Rodado concediendo a la Orden de Santiago, a su Maestre Pedro Núñez y sus Frailes los Castillos de Vejer, Medina y Alcalá, con sus Poblares, Términos e Impuestos, los Derechos sobre las Iglesias, Almadrabas de Atunes, Puertos de Mar, Pesquerías, Salinas y otros. Luisa I. Álvarez de Toledo y Maura, Las Almadrabas de los Guzmanes, Sanlúcar, Edit. FCMS, 2007, p. 16. “El puerto mencionado estaba en la desembocadura del Río Barbate, las salinas eran las de Manzanete, inmediatas y aún conservadas y las almadrabas las de CONIL y Zahara”.

(8) AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 899. Año 1299, octubre, 20. Real de la Cerca sobre Palenzuela. Copia Autorizada del Privilegio concedido a Guzmán el Bueno, por Fernando IV, de la Almadraba de HUEDICONI. La Almadraba estaba entre Cabo de Roche y Trafalgar, con derecho incluso de vender, salvo a órdenes religiosas, ni a extranjeros.

(9) Luisa I. Álvarez de Toledo y Maura, Las Almadrabas de los Guzmanes, Sanlúcar, Edit. FCMS, 2007, p. 53.

(10) Ibídem, pp. 7-35-54-55-56. Era frecuente que se llevasen esclavos moros a la almadraba de CONIL. Antonio MORENO OLLERO, Los esclavos del duque de Medina Sidonia en la primera mitad del siglo XVI, e-Spania. Edit, Sorbonne París, 01 février 2017. URL: http://journals.openedition.org/e-spania/26226; DOI: https://doi.org/10.4000/e-spania.26226.

(11) AGFCS, fondo Medina Sidonia, leg. 910. Año 1303, mayo, 15. Badajoz. Copia Autorizada del Privilegio por el que Fernando IV concedió la aldea de Chiclana a Guzmán el Bueno por la guarda de la fortaleza.

(12) AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 910. Año 1307, agosto, 28. Burgos. (Doc. enmarcado). Privilegio rodado de Fernando IV, concediendo a Guzmán el Bueno el señorío de Vejer, por 56.000 doblas de oro que le debía, por habérselas prestado para mantener los castillos y para mantener en el «Mar las Flotas que armaron en tiempo de guerra, y por el castillo de Zafra y Falconera, que el Rey le había dado y volvió a tomarla».

(13) AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 919. Año 1330, noviembre, 13. Sevilla. Testamento Doña María Coronel, otorgado ante los escribanos de Sevilla, Alfonso Fernández de Niebla y Domingo Sánchez. // AGFCMS, fondo Medina Sidonia, leg. 1319. S. XVIII. Francisco de Salanova. Fragmentos Genealógicos de la Casa Medina Sidonia. 

Fuente: Liliane M.ª Dahlmann, Directora-Conservadora del Archivo General Fundación Casa Medina Sidonia, y, Eugenio Chicano, Obra gráfica. Cuadernos del Rebalaje, N.º 50 / Enero-marzo 2022; publicado por la asociación cultural Amigos de la Barca de Jábega, ABJ, de Málaga. 

[CONTINUARÁ el próximo 29 julio 2024] 

No hay comentarios:

Publicar un comentario