Se
da cuenta de una sesión de las Cortes donde se traslada, a la
sección correspondiente, el proyecto de ley que permite el uso de la
almadrava (sic) en el litoral “mediterráneo”, desde Conil a
Tarifa. Hoy, a los responsables de la redacción del citado proyecto,
les pondríamos un suspenso en Ortografía y otro en Geografía.
Fuente:
“El Castellano”, núm. 1558, del jueves 1 de julio de 1841.
TRANSCRIPCIÓN
LITERAL:
“Se
leyeron y tomaron en consideración pasando á las secciones, los
siguiente proyectos de ley.
*
Uno proponiendo que se permita el uso de la almadrava para la
pesca de atun en las costas del mediterráneo desde CONIL
á Tarifa. Y otro para que se eximan del pago de alcabala los predios
rusticos y urbanos cuyo dominio pase de unos dueños á otros por
razón de permutas.
*
Se leyó otro proyecto del señor Sanchez Silva proponiendo que quede
nula y sin efecto la real órden por que se concede fuero militar á
los maestrantes. Se suspendió la resolución sobre este proyecto,
por no hallarse presente su autor.”
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