martes, 16 de junio de 2020

CONIL Y EL USO DE LA ALMADRABA (1841).

Se da cuenta de una sesión de las Cortes donde se traslada, a la sección correspondiente, el proyecto de ley que permite el uso de la almadrava (sic) en el litoral “mediterráneo”, desde Conil a Tarifa. Hoy, a los responsables de la redacción del citado proyecto, les pondríamos un suspenso en Ortografía y otro en Geografía.


Fuente: “El Castellano”, núm. 1558, del jueves 1 de julio de 1841.

TRANSCRIPCIÓN LITERAL:
Se leyeron y tomaron en consideración pasando á las secciones, los siguiente proyectos de ley.
* Uno proponiendo que se permita el uso de la almadrava para la pesca de atun en las costas del mediterráneo desde CONIL á Tarifa. Y otro para que se eximan del pago de alcabala los predios rusticos y urbanos cuyo dominio pase de unos dueños á otros por razón de permutas.
* Se leyó otro proyecto del señor Sanchez Silva proponiendo que quede nula y sin efecto la real órden por que se concede fuero militar á los maestrantes. Se suspendió la resolución sobre este proyecto, por no hallarse presente su autor.”

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