Como, a pesar de los beneficios, que cabía esperarse al incluir los terrenos de «Barrio Nuevo» dentro de la ley de Colonización Agrícola, un grupo de vecinos residentes en el lugar, con tierras roturadas arbitrariamente, pretenden hacer valer sus “derechos”, por la ocupación desde tiempo dilatado, proponiendo a la Corporación la renuncia a dicha colonización, o en caso contrario que sean indemnizados justamente. Pinchando AQUÍ, se accede al ejemplar de la Gaceta de Madrid, núm. 13, del martes 13 de enero de 1925, página 152, donde se publica el Real Decreto de declaración de los terrenos de «Barrio Nuevo» sujetos a colonización agrícola.
[Ambientación] Vista aérea de la parte del término municipal de Conil de la Frontera, afectada por la Colonia de «Barrio Nuevo», en una fotografía aérea actual. Fuente: Captura de pantalla en Google Maps, con imágenes 2025 Airbus, CNES, Maxar Technologies.
“Número 3. ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA 23 DE JULIO DE 1925.
En la Villa de Conil de la Frontera, a veintitrés de julio de mil novecientos veinticinco, siendo la hora de las veintiuna, y previamente convocados por medio de cédulas duplicadas, con la antelación que requiere el artº 128 del Estatuto Municipal, se reunieron en sesión extraordinaria, en su Sala Capitular, los señores Concejales que constituyen ¡el Pleno de este Ayuntamiento cuyos nombres se relacionan al margen, presididos por el señor Alcalde Don JOAQUÍN PÉREZ MORENO, no concurriendo los señores Concejales Don AMBROSIO MUÑOZ CARO, Don JOSÉ DE MORA-FIGUEROA Y BORREGO, ni el 2º Teniente de Alcalde Don ANTONIO UREBA ALBA ...
[Ambientación] Entorno rural, plasmado por el autor de la fotografía, en sus frecuentes “paseos” por los campos de Conil y Vejer, entre otros. Fuente: John Richard Adelmann, «Juan Capacha».
… El señor Alcalde-Presidente dio lectura a una SOLICITUD a él dirigida, POR VARIOS VECINOS RESIDENTES EN EL SITIO DE «BARRIO NUEVO» de la «Dehesa de Rocha» de estos Propios, INTERESANDO QUE SE DEJE SIN EFECTO EL PROYECTO DE ESTABLECIMIENTO en aquel lugar de una COLONIA AGRÍCOLA, alegando para ello que su realización ocasionaría IRREPARABLES PÉRDIDAS A LOS QUE, DESDE FECHAS DILATADAS, HAN CULTIVADO PARTE DE AQUELLOS TERRENOS, creando interese muy RESPETABLES, de parte de los cuales habrán de ser DESPOSEÍDOS, aunque con la debida INDEMNIZACIÓN. Que en vista de lo expuesto se procure por esta Corporación municipal, ver el MODO DE EVITARLO, haciendo que por el Gobierno de S.M. se dicten nuevas disposiciones para la LEGITIMACIÓN DE LAS FINCAS DE ROTURACIÓN ARBITRARIA, o enajenando el Municipio dichos terrenos, gravándolos con los tributos que estimen justos.
Reproducción fotográfica del punto transcrito. Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil.
Por dicho señor Alcalde se dio amplia explicación del estado de este asunto y de su marcha, desde el principio hasta el momento actual, haciendo ver las circunstancias en que se encuentran los RESIDENTES de aquel terreno, BENEFICIOS que muchos recibirían de la implantación de la citada colonia y los perjuicios que, en cambio, habrían de experimentar algunos.
Sobre estos extremos deliberaron largamente los señores presentes, y como final, el señor Alcalde PROPUSO que por la Corporación se tomara el ACUERDO de MANTENER LA CESIÓN DEL DICHO «BARRIO NUEVO» a la Junta Central de Colonización y Repoblación Interior, por creerlo así conveniente para los INTERESES GENERALES DEL VECINDARIO y que por esta Alcaldía se influya y se intervenga, en lo posible, de modo que resulte el MENOR PERJUICIO posible para los individuos que necesariamente habrán de experimentar alguno.
Puesta a votación NOMINAL la proposición del señor Alcalde, fue APROBADA ésta por la mayoría de los votos de los señores Don PEDRO GONZÁLEZ GUTIÉRREZ, Don MANUEL LEAL GALLARDO, Don RAFAEL BARBUDO CANTARERO, Don GERMÁN LEÓN RENDÓN, Don MIGUEL RAMÍREZ PAREJA, Don ANTONIO RAMÍREZ PAREJA, Don CRISTÓBAL ARAGÓN SÁNCHEZ, Don JOSÉ MORENO QUINTERO y el del señor Alcalde; votando en CONTRA los señores Don MOISÉS GUTIÉRREZ FERNÁNDEZ y Don JUAN RUBIO PÉREZ.
[Ambientación] Cabecera de la Gaceta de Madrid donde se publicó, en su página 152, el REAL DECRETO declarando comprendida entre los montes sujetos a colonización agrícola, la parte de la “DEHESA DE ROCHE”, del término municipal de CONIL, provincia de Cádiz, denominada “BARRIO NUEVO”, situada al Norte de la carretera de Cádiz a Málaga.
Estuvieron presentes en esta sesión plenaria: Alcalde-Presidente: Joaquín Pérez Moreno; 1º Tte. Alcalde: Pedro González Gutiérrez; Concejales: Antonio Ramírez Pareja, Germán León Rendón, Manuel Leal Gallardo, Moisés Gutiérrez Fernández, Juan Rubio Pérez, Rafael Barbudo Cantarero, Miguel Ramírez Pareja, José Moreno Quintero y Cristóbal Aragón Sánchez; Secretario: José Briceño Ramírez.
Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera. Sesión Ordinaria del 23 de julio de 1925. Libro Capitular 75-3, p.p. digitalizadas 100 y 101, o 48v y 49. Agradecimiento: Isabel González Ramírez.
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