martes, 30 de septiembre de 2025

CONIL Y LA JANDA LITORAL EN LA PREHISTORIA (2006) // Cuarta parte // ANTONIO SANTOS GARCÍA [1], historiador.

Tan sólo se respeta aquello que se conoce”

I. Vargas

[VIENE del 20 septiembre 2.025]

«” En la EDAD DEL BRONCE (II milenio) asistimos a los inicios de la sociedad CLASISTA. De esta época conocemos un limitado número de asentamientos que ejercen funciones de preeminencia o control político del territorio circundante. Va surgiendo una nueva sociedad, basada en el conocimiento especializado (metalurgia), la división del trabajo y una masa campesina explotada (desigualdad). Estamos en el tránsito de la propiedad colectiva a la privada. El mantenimiento de las desigualdades se apoya en formas de coerción ideológica y militar. La Arqueología de la Muerte (dólmenes) y las manifestaciones artísticas de la Laguna de La Janda deben vincularse a estos poblados, algunos de los cuales tienen ahora evidencias de murallas y gran envergadura (600x600m, Los Charcones), convertidos en centros de acumulación de excedentes. Todo apunta a un desarrollo de la agricultura intensiva de cereal, con importante complemento ganadero (evidencias de domesticación: vaca, cerdo, caprino).

[Sólo para ambientación, no perteneciente al artículo original] Dolmen de la Sierra del Retín, Barbate. Fuente: “dolmentierraviva.blogspot.com”, 1 octubre 2013. 

En Conil, destaca el poblado de Loma de Puerto Hierro. Se trata de un yacimiento de gran entidad y que articula todo un conjunto de yacimientos de su entorno, de menor rango, situados en la campiña de Conil. En él se han documentado en superficie elementos líticos y cerámicos que se pueden adscribir en forma amplia al Neolítico Final, Calcolítico y Bronce. El material ocupa una extensión considerable sobre una plataforma amesetada, con buenas tierras aptas para el cultivo y rodeadas de pastos favorables, cercano a puntos de agua y afloramientos de materias primas líticas. Asociados a este yacimiento y dependientes de él jerárquicamente están otros tres: uno es el Camino de las Quintas, muy próximo y de similares características, aunque de menor extensión; los otros dos son el Alto de La Lobita y Los Algarrobillos, éste último del Bronce final, con un numerosos material cerámico en superficie del II milenio (incluso de almacenaje) y abundantes elementos de hoz. Estos asentamientos de menor rango, ubicados en pequeños cerros y laderas de suave pendiente, se dedican sólo a actividades agropecuarias, con una dimensión intermedia y carentes de defensas, pero de mayor tamaño que los pequeños asentamientos litorales (Trafalgar, Zahora, Caños, … en Barbate). 

Hachas pulimentadas y vasos cerámicos de Loma de Puerto de Hierro y Los Charcones. 

Su cultura material es cerámica, lítica y metálica. Hay cerámicas de consumo (carenados, cuencos, ollitas), almacenamiento (muchas orzas) y prestigio (vasos campaniformes y productos metálicos). La tecnología lítica muestra cuatro tipos básicos, vinculados con actividades de producción, depredación y asociada con actividades domésticas, así como piezas líticas votivas, de ritual y prestigio. Las piezas metálicas son escasas, y no hay evidencias de producción metalúrgica, aunque sí de su circulación: puñal triangular (dolmen del Aciscar, Vejer), cuentas de metal (necrópolis Torre del Puerco) o puñales. Decir, finalmente, que se observa un cambio en la tipología de enterramiento: perviven las inhumaciones colectivas en Torre del Puerco (Conil), pero aparecen inhumaciones individuales o en cuevas artificiales en Buenavista (Vejer). EL INDIVIDUO VA ADQUIRIENDO MAYOR PREEMINENCIA FRENTE A LA COLECTIVIDAD. “»

NOTA del transcriptor:

[1] Antonio Santos García.- Licenciado en Historia por la Universidad de Sevilla en 1979. Profesor de Historia en el IES La Atalaya de Conil entre 1993-1996 y 2002-2018, donde impartió clases de Historia de España, Historia del Arte y Patrimonio Cultural de Andalucía. Coordinador de la Asociación La Laja, Amigos del Patrimonio Natural y Cultural de Conil entre 2002-2008 y del Boletín La Laja entre 2002-2010. Ha escrito una historia de Conil de la Frontera (Diputación de Cádiz, 1988), Patrimonio Cultural de Conil de la Frontera (GDR Litoral de la Janda, 2007) y Conil y las almadrabas en el siglo XIX (Ayuntamiento de Conil, 2015), además de artículos y colaboraciones diversas en otros libros y revistas. En la actualidad, centra su interés en la historia de las almadrabas del Golfo de Cádiz. Fuente: “conilhistoria.com”.

Antonio Santos García. Fuente: “conilhistoria.com”.

[CONTINUARÁ el próximo 11 octubre 2.025]

Fuente: Boletín 6 “LA LAJA” (Amigos del Patrimonio Natural y Cultural de Conil), marzo 2.006, p.p. 25-32. 

lunes, 29 de septiembre de 2025

UN PASEO POR EL ARCHIVO HISTÓRICO MUNICIPAL DE CONIL: FERNANDO VII VUELVE A CAMBIAR DE RUMBO … NUEVO AYUNTAMIENTO (1820).

Tras la marcha de los franceses en 1813, Fernando VII regresó a España y anuló la Constitución de Cádiz, instaurando de nuevo el ABSOLUTISMO. Este periodo, conocido como el Sexenio Absolutista (1814-1820), se caracterizó por la represión de los liberales, la restauración de instituciones del Antiguo Régimen y la búsqueda de recuperar las colonias americanas. 

Riego, al frente de tropas destinadas a sofocar las revueltas en América, se negó a embarcar y, en cambio, lideró un alzamiento en Las Cabezas de San Juan, Sevilla, para exigir la vuelta a la legalidad constitucional. El pronunciamiento de Riego no fue solo un acto militar, sino un movimiento que contó con apoyo civil y que buscaba un cambio político profundo. El Manifiesto de Fernando VII de 10 de marzo de 1820 fue un documento en el que el rey comunicaba a los españoles que había jurado la Constitución de Cádiz de 1812, tras el pronunciamiento de Rafael de Riego. En este manifiesto, Fernando VII expresaba su intención de gobernar conforme a la Constitución y de ser su "más firme apoyo". Este evento marcó el inicio del Trienio Liberal (1820-1823), un período en el que España fue gobernada bajo un régimen liberal.

[El texto anterior ha sido creado por IA Google] 

Fernando VII, 1832, en un óleo sobre lienzo de Vicente López Portaña. Fuente: Colección Banco de España. https://coleccion.bde.es/wca/es/secciones/coleccion/obras/fernando-vii-p_143.html 

«”ACTO DE POSESIÓN. En la Villa de Conil de la Frontera, a primeros de abril de mil ochocientos veinte; el Sr. D. Juan Galbán Valverde de Sequera, Abogado de los Reales Consejos, Corregidor por S.M. de ella, en concurrencia con los Sres. que componen el Ayuntamiento, a saber: D. Juan Marín, alcalde de primer voto; D. Joaquín Galindo, alcalde segundo; D. Álvaro González, D. Antonio Amar, D. Francisco Calderón, regidores; D. Francisco Ortiz y D. Francisco Ramírez, diputados de Abasto; y, D. Cristóbal de la Torre, con D. Miguel Palomino, síndicos Procurador General y Personero; dijeron haberse recibido la antecedente Orden del Real Acuerdo de la Audiencia de Sevilla, su fecha xx de marzo antes próximo pasado para que se haga inmediatamente las elecciones de Alcaldes y Ayuntamientos Constitucionales, con arreglo en todo a lo prevenido en la Constitución política sancionada en Cádiz, y a los decretos que de ella emanan, y estando esta ya servida por dichos Señores, nuevamente vuelven a obedecer leyes su cumplimiento debía mandar y mandó que enterados tantos los Señores Concurrentes que cesan, como los que van a recibirse que son nombrados, a saber el Sr. D. Manuel Ramírez, alcalde; D. Álvaro González, D. Francisco Muñoz Barragán, D. Antonio Moreno, D. Antonio Muñoz Leal, D. Antonio de la Cuesta y D. Cristóbal Sánchez Domínguez, Regidores; y, D. Diego de Mures, Síndico Procurador General, que han sido citados por Cédula <ante diem>, para ponérseles en posesión de sus respectivos empleos, y siendo estos últimos presentes a excepción de D. Francisco Muñoz Barragán, segundo Regidor que se halla ausente del pueblo, habiéndose leído antes dicha anterior Orden y nombramientos de elección, para el debido recibimiento y estando todos conformes,

Portada de un ejemplar de la Constitución de Cádiz de 1812, en una edición de 1822, dentro del <Trienio Liberal>. Fuente: Biblioteca del Congreso de los Diputados. https://www.congreso.es/es/cem/vidparl1820-2 

el Sr. Presidente Corregidor por ante mí el Secretario, se les recibió juramento, que lo hicieron a Dios y a su Santa Cruz, diciendo <juráis por Dio y por los Santos Evangelios guardar, y hacer guardar la Constitución política de la Monarquía Española, sancionada por las Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación, y ser fieles al Rey>, a lo que contestaron unánimemente, <sí, juramos, como también de ejercer bien y fielmente los Oficios y Empleos a que somos nombrados>, lo que aceptaron y ofrecieron cumplir y ejecutar, en cuyo acto por el mismo Sr. Presidente se fue poniendo a cada uno en posesión de sus respectivos lugares y asientos, y hecho así por mí, el Escribano Secretario, se les leyó el Auto acordado de la Real Audiencia Territorial de once de abril de mil ochocientos quince, como se halla preceptuado en el mismo, de lo que quedaron instruidos; con lo que se concluyó este Acto firmando los Sres. Capitulares que sepan hacerlo; y en seguido, los Sres. que componen el Ayuntamiento Constitucional acordaron que luego que sea restituido al Pueblo el Regidor D. Francisco Muñoz Barragán, se le ponga en posesión en los mismo términos que han sido puesto en sus empleos los presente Capitulares Constitucionales, y que para el día de mañana, dos de abril, domingo de Pascua de Resurrección, a la hora de las nueve, se pase a la Iglesia Parroquial de Santa Catalina, única en esta Villa, a celebrar el juramento debido y solemne de la Constitución, reuniéndose antes en estas Salas Capitulares todos los Sres. que la componen, pasándose Oficio al mismo tiempo al Sr. Cura Párroco y su asistencia precisa y desempeño de su misterio con arreglo al Código Constitucional, como también otros iguales a las Cabezas de todas las Corporaciones de la Población, a fin de que todos concurran a tan solemne acto, y haciéndose todo con arreglo a lo prevenido por Instrucciones Constitucionales, poniendo además edicto en los sitios públicos para instruir al pueblo para que concurran a tan plausible ceremonia, y debiendo cada cual iluminar las fachadas de sus casas, sin excepción de personas por tres noches consecutivas, entendiéndose que deberá ser la primera el referido día de Pascua. Con lo que se finalizó este Acto que firmarán los Sres. presentes de que yo el Escribano Secretario doy fe. = Enmendado = para que concurran = vale. [Sólo está la firma y rúbrica de:] Juan Galbán.”»

- - - 0 - - -

Grabado del juramento de Fernando VII, en un ejemplar de la Constitución de Cádiz de 1812, en una edición de 1822, dentro del <Trienio Liberal>. Fuente: Biblioteca del Congreso de los Diputados. https://www.congreso.es/es/cem/vidparl1820-2 

«”CABILDO DEL DÍA 2 DE ABRIL. En la Villa de Conil de la Frontera, a dos de abril de mil ochocientos veinte, los Sres. que componen el Cabildo Constitucional, a saber el Sr. D. Manuel Ramírez, alcalde y presidente del mismo; D. Álvaro González, D. Antonio Moreno, D. Antonio Muñoz, D. Antonio de la Cuesta, Regidores; y, D. Diego de Mures, Síndico Procurador, reunidos en estas Salas Capitulares con objeto de solemnizar un recibimiento de data de posesión, por ante mí el Escribano [Juan Bernardo Gavala], se determinó lo que sigue:

Hallándose formado el Ayuntamiento Constitucional para pasar a la Iglesia Parroquial al Acto del Juramento de todos los Ciudadanos del Pueblo como se había publicado por Edicto, se personó D. Francisco Muñoz Barragán, Regidor segundo nombrado, y que se hallaba ausente de esta Villa, con el fin de hacer el debido juramento para su recibimiento, y puesto de pie dicho Sr. Alcalde a mi presencia se lo recibió, bajo el formulario Constitucional, como a los demás sus compañeros había recibidóselo el día antes, y otorgando hacerlo así, ser conforme en todo y de ser fiel con el desempeño de sus funciones y el enunciado, el Sr. Alcalde le tomó de la mano y colocó en su respectivo asiento, quedando en quieta y pacífica posesión de este su empleo que le ha sido conferido por el pueblo. Con lo que se concluyó. =

Imagen de la Iglesia Parroquial de Santa Catalina un siglo más tarde de los hechos descritos. Un ambiente similar al que se refleja en ella, debió vivirse el 2 de abril de 1820. Fuente: “Conil en la Memoria”, 2004, pág.35, colección José Sánchez. Pie de foto original: <Plaza de Santa Catalina, hacia 1915. Esta imagen recoge un momento de la celebración del “Día del Árbol”>. 

En segundo, todo este Cuerpo Capitular Regimentado y con el más decente aparato, como día designado para el solemne juramento de todo el pueblo, se dirigió para la Iglesia Parroquial de la ínclita mártir Santa Catalina, única en esta Villa, y constituido en la misma con la más devota comportación, se dio principio a una Misa cantada, servida con el más lucido ornato, y en el Acto del Ofertorio, fue leída la Constitución política que hoy rige, presente los Cabezas de las Corporaciones del Pueblo, y gran parte de los Ciudadanos de todos sexos y edades, acabada que fue de leer ésta y concluido el Incruento y Santo Sacrificio se procedió al indicado juramento que se hizo puesto de pie el Sr. Alcalde y mandando a todos los concurrentes poner la Santa Cruz, les interrogó de esta forma: <¿Juráis por Dios y por los Santos Evangelios guardar la Constitución política de la Monarquía Española sancionada por las Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación y ser fieles al Rey?> Contestaron todos <Sí juramos>, y volviéndoles a decir <si lo hiciéreis así Dios os lo premie, y si no os lo demande>, todos respondieron <Amén>; y en acto continuado descubierta a los fieles la Majestad Inmensa de los Cielos, se entonó el <te Deum laudamus> en acción de gracias, con que se dio fin a tan laudable Acto, volviéndose el Ayuntamiento con igual compostura y formación a las Casas Consistoriales de donde había salido, y todos con demostraciones de júbilo y alegría, vitorearon al Rey y a la Constitución, firmándolo así los Señores concurrentes, y yo el Escribano que doy fe. = [Firmas y rúbricas de:] Manuel Ramírez, Antonio Moreno, Antonio Muñoz, Álvaro González, Antonio de la Cuesta, Cristóbal Sánchez, Diego de Mures, y Juan Bernardo Gavala.”» 

Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera. Acto de posesión nuevo Ayuntamiento, de 1 de abril de 1820, y función solemne al día siguiente. Libro Capitular 55-1, hojas digitalizadas 220-226 ó folios 9v-12v. Transcripción libre de Rafael Coca López, con la ayuda de los apuntes de Antonio Martínez Cordero, y gracias a Isabel González Ramírez, responsable de aquel Archivo. 

domingo, 28 de septiembre de 2025

UNA QUINTILLA Y CONIL (1898).

De como, esculcando por esas altas y rollizas nubes de internet, en una cualquiera de sus esquinas, aparecieron unas quintillas1 rebosantes de animación taurina, debidas al poeta madrileño Nicolás Fernández de Moratín (1738-1780). El título del trabajo es «LA FIESTA DE TOROS EN MADRID», que se puede leer en su totalidad en el siguiente enlace:

https://es.wikisource.org/wiki/Fiesta_de_Toros

Aquí, y ahora, sólo se reproduce aquella quintilla que menciona al “TEMERÓN2 DE CONIL”, que si, como deducimos, el mote deriva de “temor”, mala fama torera tendría el mencionado matador. 

«”Salió un toro del toril

Y a Tarfe tiró por tierra,

Y luego a Benalguacil;

Después con Hamete cierra

El temerón de Conil.”»

Imagen: “La fiesta de toros en Madrid”. Fuente: “Álbum salón”, revista ibero-americana de Literatura y Arte; año II, núm. 7, Barcelona, 2 enero 1898. 

¿Hay algún lector que nos pueda aclarar si realmente existió este “toreador” del siglo XVIII, tan poco querido en Madrid?

Notas: 1. Quintilla. Estrofa en lengua castellana que tiene cinco versos octosílabos, con dos rimas consonantes. Wikipedia. // 2. Temerón: fanfarrón, cobarde, pusilámine. DLE-RAE. 

sábado, 27 de septiembre de 2025

LA COMPAÑÍA DE ALMADRABAS DE CONIL EN 1848, 2 de 2.

 La celebración de una Junta de “accionistas” se había alargado más de lo normal, dado el importante tema que la había motivado, ni más ni menos que su disolución, por lo que se decidió finalizarla, y convocar otra nueva en un breve espacio de tiempo. Transcurrido cinco días de aquélla, nuevamente se reúnen los concurrentes interesados y transcurre de la siguiente forma, tal como indica su transcripción: 

Interior de La Chanca, con los pertrechos de la almadraba. Fuente: “Catálogo de los monumentos históricos y artísticos de la provincia de Cádiz”, entre mayo 1907 y julio 1908, Enrique Romero de Torre, publicado en 1934 por el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes. Imagen “mejorada” por Juan BermúdezScard Bermos

«”En la Villa de Conil de la Frontera, a veinte y dos de diciembre de mil ochocientos cuarenta y ocho, se reunieron y constituyeron en Junta, COMO CONTINUACIÓN DE LA CELEBRADA EL DIEZ Y SIETE DEL MISMO, los Señores Socios de la ANTIGUA Compañía de Almadrabas de la expresada Villa, cuyos nombre se expresan a continuación [se omite su relación por ser coincidente con los del acta anterior].

Los Señores de la Comisión Liquidadora y Reorganizadora de dicha Compañía, presentaron sus trabajos los cuales se discutieron detenidamente y de su resulta se ACORDÓ por unanimidad lo siguiente:

Que hallándose esta Compañía con un con un débito contra sí de OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTE Y NUEVE REALES DE VELLÓN, rebajados OCHOCIENTOS DIEZ REALES que se adeudaban a Don Antonio Paré, y de la que ha hecho renuncia, no hay acción ni derecho alguno para disponer de lo más mínimo de ella sin hacer pago antes a sus acreedores y como no tiene otros más que los Socios que han hecho ANTICIPOS O PRÉSTAMOS para el sostenimiento de la Compañía; y aún cuando hubiese otros, nunca podían ser más privilegiados por tener éstos la preferente cualidad de impendiarios, se procedía ante toda cosa a pagar con el valor de los ENSERES Y CHANCA, únicos bienes que puede disponer esta Compañía, pero que viendo con sentimiento que no es aquél suficiente a cubrir todo su débito, se reparta su importe por un JUSTO PRORRATEO EN PROPORCIÓN A LO QUE CADA ACREEDOR HAYA ANTICIPADO O PRESTADO según consta en el Libro respectivo y todo se reduce a la exacta operación aritmética y justificada demostración. 

Entrada de La Chanca. Fuente: “Catálogo de los monumentos históricos y artísticos de la provincia de Cádiz”, entre mayo 1907 y julio 1908, Enrique Romero de Torre, publicado en 1934 por el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes. Imagen “mejorada” por Juan BermúdezScard Bermos

División en prorrateo del valor de los enseres y chanca de la Compañía de Almadrabas de Conil. Importa el débito de esta Compañía OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTE Y NUEVE; el valor de los enseres y chanca: SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO. No alcanza pues la existencia para pagar a sus acreedores impendiarios sino a un SETENTA Y CUATRO Y TRES CUARTILLOS POR CIENTO [74,75%], según el prorrateo más aproximado que se expresa a continuación: 


TITULAR

DÉBITOS POR

ANTICIPOS

PAGO POR

PRORRATEO

Duque de Fernandina

30.193,32

22.568,16

Francisca María Lobatón

7.299,18

5.455,21

María Jacinta Lobatón [Sánchez]

7.285,16

5.445,07

José María Borrego [Lobatón]

7.285,16

5.445,07

Sra. Yanguas

7.170,03

5.358,26

Ana María Palomino

2.315,23

1730,20

Hdros. Francisco Barragán

597,02

445,26

José Marín

3.462,05

2.586,29

María Viaño

5.262,20

3.933,09

Manuela Cámara/Manuel Ramírez [Domínguez]

6.514,06

4.868,16

José Azeñero, de Vejer

4.990,04

3.729,22

Hdros. de Álvaro González

1.990,04

1.486,22

José Sánchez Domínguez

290,28

217,06

Hdros. Tomás García

272, 02

203,10

T O T A L

84.929,09

63.475,00


Folios primero y último del documento transcrito. Fuente: Archivo Histórico Provincial de Cádiz. 

Y por último, hizo presente la Comisión que, por ahora, no tenía concluidos más trabajos y que tampoco podía presentarlos hasta llevarse el indispensable requisito de los emplazamientos por medio de los periódicos de la Capital, Boletín Oficial de la misma y Gaceta. Por lo cual se ACORDÓ que para mayor seguridad de las operaciones sucesivas, se estableciesen o indicasen las bases generales sobre que debía girar esencialmente la REORGANIZACIÓN de esta Compañía y se CONVINO en que debía y había de CONSTITUIRSE ENTERAMENTE DE NUEVO BAJO LA DENOMINACIÓN DE «EXCMO. SR. DUQUE DE FERNANDINA Y COMPAÑÍA», pero nombrándose un representante o apoderado de todos los demás Socios, para que con él sólo se entienda el que lo sea de S.E., entre quienes SE HABRÁN DE ARREGLAR LAS CONDICIONES, UTILIDADES Y MODO DE USAR DE LAS ARTES en el caso que por uno u otros no quiera pescarse o no se pueda hacer exclusivamente por la Compañía en razón a no ser dueña del pesquero, en cuyo caso y siempre deberá ésta correr la misma suerte que S.E. y de todos modos llevará la iniciativa dicho Sr. Excmo., bien pescando en otra costa o en unión de las Almadrabas de CHICLANA y VEJER, bajo aquél mismo nombre, tanto por la consideración y confianza debida a S.E. como por los NOTORIOS CONOCIMIENTOS Y VENTAJAS EN ESTE RAMO DE SU ACTUAL ADMINISTRADOR Don EDUARDO AUTRÁN. Igualmente que los Socios de esta Compañía volverán a tener sus respectivas y antiguas participaciones en el caso de negarse a extinguir el débito porque les han sido adjudicados los enseres; entendiéndose que este es un convenio particular y condonación que hacen los nuevos Socios entre sí, y sin que jamás se entienda con referencia a las partes de los antiguos Armadores y Patrones que no están comprendida en esta reorganización. Con lo cual se CONCLUYÓ este acto que firman conmigo los que saben, con las mismas obligaciones, protestas, renuncias y solemnidad del acta anterior, pues que ambas se consideran como una sola; y así lo otorgan por unanimidad los Señores concurrentes por sí y por sus respectivas representaciones, de que doy fe.”»

Quinientos años de historia contemplan estos restos de la Chanca. Imagen del 5 de septiembre de 2007. Fuente: “lalajadeconil.blogspot.com”, 22/03/2014. 

El historiador Antonio Santos García nos pone en antecedente sobre el contexto en que tenía lugar la celebración de esta reunión de accionistas: «”La década de 1840 fue mala para la Compañía de Conil por la escasez de pesca, la competencia del buche desde 1844, la huida de población pescadora por el asunto del robo de las harinas, y la grave crisis demográfica de 1847, … La Compañía pasó por dificultades pero se mantuvo … Aprovechando las dificultades de las pequeñas empresas de tiro, tras el fracaso y la disolución de la Compañía de buche, Eduardo Autrán -administrador del XVII duque, el duque de Fernandina- propuso a su señor en 1849 un plan para recuperar el control de las almadrabas atlánticas. Su proyecto consistía en la creación de una nueva Compañía de Tiro (Duque Medina Sidonia y Compañía), con el marqués como accionista mayoritario, que pretendía hacerse con el control de las pequeñas empresas locales aprovechando los bajos precios de las acciones por la crisis pesquera. Buscaba recuperar el esplendor pasado de la Casa Ducal, y reconocía que desde la década de 1820 las almadrabas habían rentado muy poco al Marqués. Era la nostalgia del poder y de la posición perdidos en este negocio. La idea fracasa, pero Autrán la retomará en 1861, al calor de la mejora de los resultados de las almadrabas.”» Fuente: “Conil y las almadrabas en el siglo XIX: bicentenario de la Compañía almadrabera de Conil (1815-1817)”, Antonio Santos García, 2015. Ayuntamiento de Conil de la Frontera. 

Fuente: Transcripción libre de Rafael Coca López del original; legajo 154 (1848-1849), pp. 106-110v., 22 diciembre 1848. Juan Bernardo Gavala. Archivo Histórico Provincial de Cádiz. 

viernes, 26 de septiembre de 2025

EN UNO DE LOS RINCONES DEL ARCHIVO PARROQUIAL: POSTULANTE CON FAROL (1765/1808).

De como se constata la existencia de una tradición de la Cofradía de Nuestra Señora del Rosario de Conil, perdida ya por el transcurso de los tiempos, en la que un postulante, portando un farol, deambulaba toda la noche por las calles, llamando a las puertas de las casas, para recoger limosnas con destino a los fines de la Hermandad. Se desconoce desde cuándo venía esta costumbre y si la practicaba otras cofradía, y si había algún día, o periodo concreto, para realizarla. 

[Sólo para ambientación] Penitente con la Bocina y la Colecta del Pecado Mortal, dos tradiciones de la Semana Santa de Calzada de Calatrava. Fuente: “gabinetemultimedia.com” 

Transcripción libre de Rafael Coca López:

«” [Cuentas de 1º junio 1762 a 1º junio 1765] CARGO.- Primeramente me hago cargo de tres mil quinientas ochenta y nueve reales vellón que en mi poder han entrado de LIMOSNAS que se HAN JUNTADO de NOCHE CON EL FAROL en el expresado periodo.”» 

Detalle fotográfico. Fuente: Archivo Parroquial Santa Catalina. Conil. 

«” [Cuentas de 1º julio 1807 a 30 junio 1808] CARGO.- Primeramente me hago cargo de ochocientos veinte y un reales vellón con cuatro maravedís, que han entrado en mi poder, procedente de LIMOSNAS que el POSTULANTE que paga esta cofradía HA JUNTADO DE NOCHE, CON EL FAROL POR LAS CALLES Y CASAS en el expresado tiempo de esta cuenta.”» 

Detalle fotográfico. Fuente: Archivo Parroquial Santa Catalina. Conil. 

[Sólo para ambientación] Grabado de un sereno, que nos puede servir como el postulante del documento. Fuente: “revista-ballesol.com”. 

Fuente: Archivo Parroquial Santa Catalina. Libro de Cuentas de la Cofradía de Nuestra Señora del Rosario de Conil de la Frontera. Agradecimiento: Yelman Francisco Bustamante Solórzano, Párroco. 

jueves, 25 de septiembre de 2025

ACCIDENTE DESGRACIADO EN CONIL (1.924).

De como con el asiento de la sepultura en el Libro Parroquial de Defunciones, y de la reseña periodística del accidente, se llegan a conocer las diversas circunstancias que confluyeron para que ocurriera el siniestro, así como los personajes que en él intervinieron, cayendo toda la gravedad en el conductor del carruaje. 

[Ambientación] Carruaje por alguna carretera de Bizkaia, principios del siglo XX, quizás similar al mencionado en esta entrada. Foto de Txato Etxaniz. Fuente: “memoriasclubdeportivodebilbao.blogspot punto com”, 25 de febrero de 2022. 

167. FRANCISCO DE ALBA BRENES, casado, medias honras.- En la villa de Conil de la Frontera, Obispado y Provincia de Cádiz, a DIEZ Y NUEVE DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO: Yo, el Licenciado Don AURELIANO GÓMEZ DE BARREDA Y VILLEGAS, Cura Párroco de la de Santa Catalina, Virgen y Mártir de dicha villa, mandé DAR SEPULTURA ECLESIÁSTICA al cadáver de FRANCISCO DE ALBA BRENES, de CINCUENTA Y SEIS AÑOS, hijo de JOSÉ y JERÓNIMA, casado con ISABEL ARAGÓN CAMACHO y de esta naturaleza. Falleció en la «LONJA DE CONIL», de este término, a las VEINTE Y TRES DEL DÍA DIEZ Y SIETE, de HEMORRAGIA INTERNA, según dictamen facultativo. No recibió los Sacramentos, ni testó. En fe de lo cual, lo firmo fecha «at supra». [Aparece la firma y rúbrica de:] Licenciado AURELIANO GÓMEZ DE BARREDA.” 

Fuente: Archivo Parroquial Santa Catalina, Conil. Libro 25 DEFUNCIONES, Folio 161. Transcripción propia. Gentileza: Yelman Francisco Bustamante Solórzano, párroco. 

SUCESOS DE LA PROVINCIA. // DESGRACIA EN CONIL.- El comandante del puesto de la guardia civil de dicha población, da cuenta de que a las DIEZ Y MEDIA DE LA NOCHE DEL DÍA 17, se hallaba parado cerca del establecimiento «LONJA DE CONIL», sito en la carretera que conduce a Cádiz, el coche del Alcalde Don JOAQUÍN PÉREZ MORENO Y MIENTRAS ESTE SEÑOR HABLABA CON UNOS AMIGOS, SE ESPANTARON LOS CABALLOS DEL CARRUAJE, emprendiendo veloz carrera y como el cochero FRANCISCO DE ALBA BRENES, tratara de sujetar a los animales, fue despedido violentamente, recibiendo un golpe, que le produjo poco después la muerte, según dictamen facultativo. / Se personó el Juzgado, incoándose las diligencias sumariales pertinentes.” 

Fuente: “EL NOTICIERO GADITANO: diario de información y de intervención política”, Cádiz, año VI, núm. 186620 de noviembre de 1924.  

miércoles, 24 de septiembre de 2025

LA COMPAÑÍA DE ALMADRABAS DE CONIL EN 1848, 1 de 2.

Primer folio del documento transcrito. Fuente: Archivo Histórico Provincial de Cádiz. 

A partir de un acta de la Compañía [1], encontrada en el Archivo Histórico Provincial de Cádiz, se puede conocer los nombres de las personas que la constituye, así como la forma en que estaban repartidas las 13 partes de 4 acciones cada una:


TITULAR

REPRESENTANTE

ACCIONES

PARTES

Duque de Fernandina [2]

Eduardo Autrán

17

4 ¼

Francisca María Lobatón

Francisco Moreno

4

1

María Jacinta Lobatón [Sánchez]

Francisco Borrego [Lobatón], hijo

4

1

José María Borrego [Lobatón]

Francisco Borrego [Lobatón], hermano

4

1

Sra. Yanguas

Miguel Cifuentes [Moreno], presbítero

4

1

Ana María Palomino

Manuel Ramírez [Domínguez][3]

2

½

Hdros. Francisco Barragán

Juan Barragán

2

½

José Marín

---

2

½

María Viaño

Pedro Ramírez, presbítero

4

1

Manuela Cámara

Manuel Ramírez [Domínguez]

4

1

José Azeñero, de Vejer

---

2

½

Hdros. de Álvaro González

Manuel García Salazar [4]

2

½

José Sánchez Domínguez

---

1

¼

T O T A L

52

13

[1] La Compañía fue creada en 1815 por los Gremios de matriculados de Conil y de Vejer (cada villa crea la suya), para hacer frente común a las pretensiones del marqués de Villafranca, que aspiraba a recobrar sus privilegios de pesca, en una coyuntura que creía favorable, con la vuelta al absolutismo.” [Para más detalle, consultar en la fuente]. Fuente: “Conil y las almadrabas en el siglo XIX”, Ayuntamiento de Conil de la Frontera, 2015, p. 35. Antonio Santos García. // [2] Lo era Pedro de Alcántara Álvarez de Toledo y Palafox (Madrid, 11 mayo 1803 – Madrid, 10 enero 1867), que ocupaba el orden XVII en el ducado de Medina Sidonia, el XIII del marquesado de Villafranca y además de otros títulos. // [3] Este personaje era muy activo en las almadrabas, de hecho arrendó la de Torre Atalaya durante 20 años, en dos periodos, entre los años 1830 a 1860; también lo fue por José Sánchez Manuel J. Pantoja, pero siempre a nombre de la Compañía de Conil. Fuente: “Conil y las almadrabas en el siglo XIX”, Ayuntamiento de Conil de la Frontera, 2015, p. 94. Antonio Santos García. // [4] Fue Secretario del Ayuntamiento de Conil desde el 6 de septiembre de 1848 hasta el 11 de mayo de 1867 (casi 19 años), originario de Cádiz, aunque casado con la conileña Ana Domínguez, desde 1843. Fuente: Libro de Bautismos, 31-32, 1847-1852, folio 446. Archivo Parroquial de Santa Catalina, Conil de la Frontera. 

Fotografía del duque de Fernandina, por Fernando Debas, publicada a su muerte en la portada de la “Ilustración Española y Americana”, del 14 de febrero de 1900. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre. 

En total compartían 52 acciones correspondientes a 13 partes. El objetivo de esta “asamblea”, celebrada el 17 de diciembre de 1848, no era otro sino la DISOLUCIÓN de la Compañía, y posterior REORGANIZACIÓN bajo otras directrices, a modo de modernización, tal como se indica en la reiterada acta:

«“… se dio cuenta por el Director de la Compañía Don Manuel Ramírez del OBJETO de esta reunión relativo a que se lleve a efecto la DISOLUCIÓN de dicha Compañía, en cumplimiento a lo prevenido por Su Majestad sobre Sociedades Anónimas y para su REORGANIZACIÓN con arreglo a las instrucciones vigentes; con cuyo motivo se conseguía esclarecer y liquidar radicalmente para venir en verdadero y exacto conocimiento de quienes son sus legítimos partícipes y la positiva representación y propiedad que cada uno [de] ellos tiene; lo cual sin esta causa ha sido justamente reclamados por el Señor Don Eduardo Autrán, actual Administrador apoderado del Excmo. Sr. Duque de Fernandina, pues al hacerse cargo de esta Administración se halla en el deber de VENTILAR y RECLAMAR lo que exactamente pertenezca a Su Excelencia, como así mismo para tener en este negocio la debida intervención y celo para la defensa y buen manejo de los intereses que le están confiados, considerando que según están, se hallan PERJUDICADOS y CONFUSOS; hayándose en igual caso los verdaderos socios y partícipes de esta Compañía. Por todo lo cual, dicho Señor Director, había convocado a todos los Socios, enviando a los forasteros las citaciones que van unidas a este acta, con las demás que justifican su personalidad y la de sus representados; habiendo así mismo convocado por medio de EDICTOS que se fijaron en los sitios públicos de esta Villa a cuantos se considerasen como partícipes o acreedores de la expresada Compañía y sus resultas; habiendo además mandado hacer el correspondiente APRECIO DE TODOS LOS ENSERES Y CASA CHANCA DE LA CARTUJA que pertenecen a la enunciada Compañía, de acuerdo y con intervención del citado Señor Administrador de Su Excelencia, cuyos documentos actuados y formalizados ante el infrascrito Escribano [Juan Bernardo Gavala] se acompañan a este acta; habiéndolos puesto de manifiesto para la inspección de los Señores partícipes, como así lo verificó también del Libro de Cuenta y Razón de la propia Compañía, por cuyo resultado final se halla la misma EN PÉRDIDA DE OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE REALES DE VELLÓN Y NUEVE MARAVEDÍS [85.739 r.v. 9 mrvs.], suplicados solamente por los partícipes prestamistas; existiendo en CAJA CINCO MIL REALES DE VELLÓN EN EFECTIVO. 

AGFCMS, fondo Medina Sidonia, legajo 1062, año 1727. Conil de la Frontera (Cádiz). Sin escala. Los lances de la pesquería de atunes [Almadraba de Conil, 31x40cm)]. Dibujo realizado por Francisco de Salanova, abogado de los Reales Consejos y Secretario de Cámara del XIII duque de Medina Sidonia, Don Domingo María Pérez de Guzmán. En el grabado figuran la Torre de Roche, Torre Blanca, Torre de la Atalaya, Torres de Castilnovo, Torre Mala y Torre de Meca. Su misión principal fue la guarda de la costa y sus asentamientos poblacionales, muy desprotegidos frente a las incursiones berberiscas tras la conquista cristiana del territorio, pero también sirvieron como atalayas para controlar y anunciar el pasaje de los atunes. Fuente: Cuadernos del Rebalaje, n.º 50, 2022-01. Las almadrabas de tiro y buche en las costas del Duque. Un modelo de organización. 

Del propio modo hizo presente el Señor Director que con arreglo a la Escritura primordial de esta Compañía, no comprendieron ella como Socios de industria, y estando sólo a los resultados de sus utilidades varios PATRONES Y ARMADORES que no habían concurrido, por estar, sin duda, persuadidos de que no tienen derecho alguno, ni participación en la dicha Compañía, en razón a ser muy público y notorio, que las PÉRDIDAS de ella son necesariamente MAYORES QUE SU CAPITAL. También puso de manifiesto dicho Señor Director una carta de Don Antonio Paré, vecino de la Isla Cristina, fechada en dicha población del diez y siete del corriente, por la cual cede en favor de la Compañía las SEIS ACCIONES que le pertenecen o sea UNA Y MEDIA PARTES. A continuación se leyeron por el Secretario, Don José María Lobatón, todos los documentos ya citados, instruyéndose de ellos los Señores Socios, y, finalmente, se leyó, también, la inscripción de los partícipes y sus respectivas acciones en esta Compañía y resultando que sólo faltaba en este acto los Herederos de Don Tomás García Brenes, dueños de UNA ACCIÓN o CUARTÓN se dio por constituida la Junta, por unanimidad de todos los concurrentes declarando que la daban por LEGAL Y VALEDERA en todos sus efectos. Y en su virtud, se procedió a la discusión de varios particulares con presencia de todos los antecedentes, Libro de Cuentas y demás documentos de que va hecha mención, ACORDÁNDOSE además de general y unánime conformidad y por su orden respectivo, los particulares siguientes: 

Almadraba de buche, fija. Fuente: Archivo Histórico Provincial de Cádiz, FB. 12 mayo 2021. 

Primero: Que aprobaban y sancionaban todas las diligencias de citaciones, aprecios y demás actuaciones practicadas por el Señor Director para la DISOLUCIÓN de esta Compañía, como las cuentas finales de ella, cuyos documentos y antecedentes había presentado.

Segundo: Que desde luego se declaraba por DISUELTA y daba por EXTINGUIDA la antigua Compañía, tanto por las razones que había manifestado su Director, Don Manuel Ramírez, como porque real y efectivamente no existe ya un capital mediante a que debe mucho más del valor que se ha dado en aprecio a las artes, enseres y Chanca de su propiedad, y por la misma causa ni los armadores Socios Industriales, ni los demás llamados terrestres, tienen otras participaciones que las correspondientes a los impendios préstamos o anticipos que para sostenerla han desembolsado y componen el total de los OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE REALES DE VELLÓN que es su deber dicha Compañía.

Tercero: Que se revalidaba y quedaba competentemente nombrada la COMISIÓN LIQUIDADORA Y REORGANIZADORA de dicha Compañía, compuesta de los Señores que de antemano habían hecho todos los trabajos preparatorios para esta Junta y con Don Manuel Ramírez, Don Eduardo Autrán y Don José María Lobatón, a quienes se facultaban en las más bastante forma para el efecto.”» 

Firmas y rúbricas de los presentes en esta primera sesión. 

Esta importante reunión se alargó en el tiempo y siendo ya hora muy avanzada, se decidió continuar con la discusión de las bases de liquidación en una próxima Junta, acordándose que ésta fuera lo más pronto posible, en el sitio y hora que reglamentariamente se avisase, con invitación a todos los presentes. Termina la redacción del acta de esta sesión con la firma de los concurrentes y dando fe de ello el Escribano Público. Efectivamente, este segundo concurso tuvo lugar cinco días después, el 22 de diciembre de 1848, del que se informará en una próxima entrada de este blog o muro de facebook. 

*** Fuente: Transcripción libre de Rafael Coca López del original; legajo 154 (1848-1849), pp. 100-104, 17 diciembre 1848. Juan Bernardo Gavala. Archivo Histórico Provincial de Cádiz.