Fuente:
“Boletín Oficial de la Provincia”, nº 7, del 10 de enero de
1931,
aviso núm. 51, Junta Municipal del Censo Electoral de Conil.
Transcripción:
JUNTA
MUNICIPAL DEL CENSO ELECTORAL DE CONIL DE LA FRONTERA.
Don
Manuel Ramos Ortega, Secretario de la Junta Municipal del Censo
Electoral de esta villa,
Certifico:
Que esta Junta Municipal celebrada el día primero del actual,
designó como locales de los Colegios electorales de este término
municipal, donde se verificarán precisamente cuantas elecciones
tengan lugar durante el presente año, los siguientes:
Distrito
Municipal único:
Sección
primera: Escuela Nacional de niños, Plaza Alfonso XII, núm 1.
Sección
segunda: Escuela Nacional de niñas, calle Alta, núm. 13.
Sección
tercera: Casa núm. 6 de la Plaza General Primo de Rivera.
Sección
cuarta: Casa núm. 1 de la calle Sagasta.
Y
para que conste y remitir al Excelentísimo Sr. Gobernador civil de
esta provincia, a los efectos de su publicación en el Boletín
Oficial de la misma, conforme a lo dispuesto en el párrafo segundo
del artículo 22 de la Ley Electoral de 8 de Agosto de 1907, y
artículo primero de la Real Orden Circular del Ministerio de la
Gobernación de 21 de Noviembre último, expido la presente de orden
y con el visto bueno del señor presidente de esta Junta, en Conil a
3 de Enero de 1931.- Manuel Ramos.- VºBº El Presidente, Pérez
Moreno.
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