lunes, 13 de junio de 2022

LA PESCA (1960).

Se trae con este tema una publicación editada en inglés, por George McClelland Foster, en 1960, Universidad de Californiaque estuvo por aquí en 1949; colgando las referencias sobre Conil y su transcripción literal en español, contando con la ayuda del “translate google english spanish”.


Portada, y contraportada, de la publicación referenciada en la entrada de hoy. Fuente: “archive punto org”.

<< “Las redes de pesca generalmente se conocen como artes. Se incluyen las redes de cerco de bolsillo o de manga (jábegabolichechinchorro), las redes de arrastre (agujeragaleón), las redes de cerco (cerco de jaretatraiña), simples redes de arrastre con puertas tradicionalmente tiradas por veleros (bouvacapareja), las redes de enmalle (como cazonal fondeado y la corredera a la deriva, también llamada bonitera), y trampas, de las cuales la más espectacular es la almadraba de atún.

Imagen de George McClelland Foster. Fuente: National Academy of Sciences.

En la mayoría de las costas españolas se encuentra algún tipo de red de cerco extendida desde pequeñas embarcaciones y arrastrada por hombres en la playa. En la mayoría de las veces éstos se llaman jábegas; el boliche y el chinchorro, que son palabras comunes en Hispanoamérica, son similares pero más pequeños. Sin embargo, la terminología se superpone y el boliche de un puerto puede convertirse en la jábega del siguiente y el chinchorro de otro más. Los tres constan de tres secciones principales con dos alas largas (bandas y alares) y un bolsillo (copo) en el centro en el que quedan atrapados los peces. Tanto el bolsillo como las alas se componen de varias secciones con nombres diferentes, que difieren principalmente en el tamaño de la malla y el peso de la linea utilizada en la red. Los nombres de las secciones varían considerablemente de un puerto a otro y de los periodos históricos al presente. La figura 2 muestra la jábega de CONIL DE LA FRONTERA (Cádiz), un antiguo puerto y pueblo de pescadores a medio camino entre Gibraltar y la ciudad de Cádiz, esbozado en noviembre de 1949 (notas de campo del autor). Esta red está equipada con cuerdas pesadas que corren a lo largo de los dos bordes de cada ala. La superior, a la que se adhieren flotadores de corcho, es la tralla de corcho, y la inferior, para plomos, la tralla de plomo. Estas cuerdas se sujetan a esparcidores de madera (calones) en los extremos de las alas, a las que se sujetan los cables de arrastre. Un flotador de corcho (calimote) se sujeta con una cuerda corta al extremo cerrado del bolsillo, para que los pescadores puedan saber exactamente dónde se encuentra el copo en el agua.

Figura 2 mencionada en el texto.

La atarraya - generalmente abreviada como tarraya por los pescadores – está muy extendida en España. Se trata de una red cónico-circular de unos 1,6 metros de altura con un radio máximo de unos 10 metros. Es lanzada en un amplio arco por un solo pescador que se para en una roca, en la playa o en las aguas poco profundas de un río o ensenada del océano. El borde inferior de la red está lastrado con plomos para que cuando se lanza la red se cierre rápidamente en la parte inferior. Al tirar de cuerdas sujetas al borde inferior y pasar a través de un anillo de hierro en el vértice del cono, el pescador produce una bolsa de la que los peces no pueden escapar.

Un pescador conileño lanzando, al atardecer, la tarraya en la orilla de la playa. Fotografía excelente de Antonio Leal, 8 octubre 2019.

Las redes de inmersión toman muchas formas. La cuchara, por ejemplo, utilizada principalmente en los ríos de Andalucía occidental, consiste en una simple red suspendidas entre dos palos cruzados de 4 ó 5 metros de largo. Una barra transversal en la popa de un bote de remos sirve como punto de apoyo sobre el cual se equilibran los postes. La red se baja suavemente al agua hasta que alcanza un ángulo agudo, donde se tira hasta que el pescador siente que ha entrado una cantidad suficiente de camarones. Luego se saca lentamente del agua, se rema hasta la orilla y el contenido se vierte en tierra firme. Aunque la forma es diferente, el nombre “cuchara” y el modo de uso son los mismos que los de las hermosas redes “mariposa” que usaban los indios tarascos en el lago de Pátzcuaro en México.

Red de cuchara en barca, en una mañana de niebra en el Guadalquivir. Fuente: “coriadelrioenfotos.weebly punto com”.

El término palangre se aplica a una variedad de tipos de línea, que tienen en común una línea larga y fuerte conocida como la “madre”, a la que se amarran a intervalos unas líneas más cortas y ligeras con anzuelos en sus extremos. Los palangres examinados en CONIL DE LA FRONTERA (Cádiz) constaban de 75 pequeños anzuelos, cada uno sujeto por un hilo de 80 cm. de largo a la “madre” a intervalos de 3 brazas (2,3 m.). La “madre” mide pues unos 180 metros de largo. Esta línea, cuando se almacena, se enrolla en una canasta con los anzuelos colocados cuidadosamente en el borde para evitar que se enreden. El contenido de cinco a siete canastas puede juntarse para formar una sola línea larga. Con cada cesto va un pandero, un flotador de corcho, para marcar las uniones con el siguiente tramo.

Pesca al palangre. Fuente: “espesca punto com”.

El espinel suele ser un palangre simplificado y más pequeño, colocado desde botes más pequeños o incluso lanzado desde la orilla. En CONIL consta de una sola cesta de sedal con 75 anzuelos, más pequeños y ligeros que los del palangre. El pescador camina por el agua durante la marea baja, coloca su línea y espera a que suba y baje la marea antes de recuperarla." >>

Fuente: “Culture and conquest: America´s Spanish Heritage” [Cultura y conquista: la herencia española de América”], pp. 78-79-81, George M. Foster, 1960. Wenner-Gren Foundation for Anthropological Research, Incorporated. New York.  

domingo, 12 de junio de 2022

ABASTECIMIENTO AGUA ZONA GADITANA (1970).

Este servicio de suministro de agua fue un tema muy polémico a lo largo de muchísimos años, sobre todo en las localidades del litoral sometidas a un gran desarrollo turístico. Este problema convivió intensamente en gran parte de la vida de los conileños.

Fuente: “ABC”, del 12 de junio de 1970.  

sábado, 11 de junio de 2022

ARRENDAMIENTO DE UNA HUERTA DE CONIL (1822).

[Ambientación] Fotografía de Louis Vickes Hines, Archivos Nacionales de EE.UU., “landuum punto com”.

Nota preliminar.- La transcripción se ha realizado respetando la ortografía original, mediante copia fiel y literal, con los rasgos característicos de la época y deshaciendo las abreviaturas para una mejor comprensión del escrito.

ARRENDAMIENTO DE HUERTA.- Don Joaquin Moreno como apoderado de la Señora Viuda [1] y herederos de Don Francisco Arrafan y Valdes [2] â favor de Fernando Rodriguez.

Encabezamiento del documento de arrendamiento. Fotografía de Rafael Coca López.

Al margen en la primera página:

Nota.- En diez de septiembre de este año â pedimento del otorgante de este Instrumento saqué copia testimoniada de el, y la entregué â el mismo; y para que conste lo pongo por nota doy fe = Gavala.

A los que este publico Instrumento vieren, sea notorio que yo Don Joaquin Moreno vecino de la Villa de Veger y recidente en esta de Conil de la Frontera y apoderado de la Señora Viuda y herederos del Señor Don Francisco Arrafán y Valdés, Caballero que fue de la Distinguida Orden de Carlos Tercero [3]: como se acredita del poder que me otorgaron en dicha Villa de Veger ante Don Nicolas Grosso y Gonzalez Notario de los Reynos y Escribano publico de la misma â doce de julio del año proximo pasado de mil ochocientos veinte y uno; cuyo tenor â la letra es como sigue, y del que dá fé el presente Escribano.

Aqui el Poder.

Y usando de las facultades que me están en dicho poder concedidas, el qual tengo aceptado, y en caso preciso nuevamente acepto, declarando como declaro, no estarme rebocado en parte, ni en manera alguna, y si por el propio derecho de mis constituyentes en sus representaciones DIGO: Que por quanto por fallecimiento del referido Señor Don Francisco, que murio baxo disposicion testamentaria en dicha Villa de Veger, entre los bienes que dexó fue UNA HUERTA EN TERMINO DE ESTA EXPRESADA VILLA DE CONIL AL SITIO QUE NOMBRAN HUERTAS ORBERAS, baxo notorios y conocidos linderos, la qual tengo contratada con Fernando Rodriguez de esta vecindad darsela en arrendamiento baxo ciertas condiciones que en adelante se expresarán, conociendo ser todo beneficio de mis representados, cerciorado cierto y capaz de mi derecho, y de lo que en este asunto me conviene, y debo efectuar, por el presente Instrumento otorgo; QUE DOY EN ARRENDAMIENTO DESDE EL DIA PRIMERO DE DICIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, HASTA EL DIA TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO ENTRANTE DE MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y TRES AL CONSABIDO FERNANDO RODRIGUEZ LA YA CITADA HUERTA EN PRECIO Y QUANTIA DE OCHENTA PESOS SENCILLOS DE Ä QUINCE REALES DE VELLON CADA UNO ANNUA, que el mismo me habrá de satisfacer por quartas partes, â saber cada tres meses me ha de pagár veinte pesos hasta su finiquito, sin escusa ni pretexto alguno, y en dinero sonante y contante, y no en vales reales, ni en otra especie, guardando y observando los pactos y condiciones siguientes.-

Detalle del plano topográfico escala 1:25000 donde se localiza la zona de ubicación de la huerta arrendada. Cartografía Militar de España, Plano Director, Hoja 1073 (Vejer de la Frontera), Cuarto IV. CONIL DE LA FRONTERA. Servicio Geográfico del Ejército, 1964.

Primeramente es condicion: Que quedan sus dueños en accion para que ya no verificando su pago, ô encontrando alguna desmejora en el plantio y arbolado de dicha huerta, û otro motibo de disgusto que pueda ocurrir, puedan lanzar â el inquilino de ella siempre u quando le acomode, dandole termino de tres meses con anterioridad paraque busque su bien estár y acomodo.-

Item. Tambien es condicion: Que el arrendatario ha de hipotecar, ya sea por lo que hace â el valor del arrendamiento, ô ya por qualquiera desmejora que pueda padecer la posecion, una finca que su valor responda de las resultas, sin cuyo requisito no ha de ser valido el contrato para cuyo efecto presenta por fiador â Antonio Brenes de este domicilio, quien pareciendo ante el presente Escribano y testigos instrumentales ofrece por fianza y especial hipoteca UNA VIÑA DE SU PROPIEDAD COMPUESTA DE TRES ARANZADAS DE TIERRA CALMA, ENTRE ESTAS MEDIA PUESTA DE VILA AL SITIO DE ESTE TERMINO LLAMADO CALERA DE CLAVIJO DANDO VISTA Â EL MAR, y linda por Norte con hacienda de Juan Sanchez, por vendaval con otra de Francisco Moreno, por Levante con el mismo camino, y por Poniente con tierras valdias, la que se obliga â no vender, ceder, gravár ni en manera alguna enagenár, hasta que del todo queden satisfechos los dueños de dicha huerta, y nada tengan que repetir contra el inquilino, baxo las renunciaciones de Leyes respectivas; con cuyas condiciones pactos, y circunstancias yo el apoderado he celebrado este arrendamiento en favor de Fernando Rodriguez, por el tiempo que queda estipulado: Y estando presente â el otorgamiento de esta escritura yo el dicho Rodriguez,

En la noria, hacia 1960. Colección Raíces Conileñas. “Conil en la Memoria”, p. 103, 2004. [Noria en la Huerta Jardal].

habiendola oido y entendido otorgo que la acepto en todo por todo, y â que poe ella me he de obligár â pagar por razon de arrendamiento de la mencionada posecion anualmente los expecificados OCHENTA PESOS SENCILLOS en los mismos terminos que queda explicado, â todo lo qual se me ha de poder executár, compeler y apremiar, y por las costas que sobre todo se ocasionare en virtud de esta escritura, y del juramento ô simple declaracion de quien para el percibo sea parte lexitima, sin otra prueba de que les relevo, y renuncio el derecho; y termino de la itacion: Y â la firmeza y cumplimiento de quanto en virtud de esta escritura se hiciere y formalizare, y â la estabilidad de ella, ambos otorgantes obligamos nuestras personas y bienes, ofreciendo yo el apoderado los de mis constituyentes, presentes y futuros, con poderio de Justicias, sumision expecial â las que corresponda, y renunciacion de todas las Leyes fueros y derechos de nuestro favor y la general en forma. Y asi lo otorgamos, en concurrencia con el fiador, EN LA VILLA DE CONIL DE LA FRONTERA, Â DIEZ Y SIETE DE JULIO DE MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y DOS, y los otorgantes â quienes yo el Escribano de la Nacion publico interino, doy fe conosco, lo firmó el que supo, y por los que dixeren no saber â sus ruegos lo hace uno de los testigos que los fueron Don José Sanchez, Don Francisco Ortiz, y Don José Borrego vecinos de esta dicha Villa. =

[Aparecen las firmas y rúbricas de:] Joaquin Moreno, por testigo Josef Sanchez.

Ante mi, Juan Bernardo Gavala.

Al final de la última página:

Nota.- Se advierte: que aunque consta de esta Escritura que el arrendamiento de que se trata es por un año, debe entenderse que es para la formalidad que debe llevar en su pago, mas no en quanto â quedár en el disfrute todo el tiempo que cumpla bien y â los amos les acomode.- Gavala.

Final del documento con las firmas de los intervinientes, así como una última nota. Fotografía de Rafael Coca López.

Fuente: Archivo Histórico Provincial de Cádiz, Legajo 148, Conil, 1817 a 1824, Folios 58 y 59; transcripción literal de Rafael Coca López, con la ayuda de los apuntes de Antonio Martínez Cordero, localizados en el Archivo Parroquial de Conil de la Frontera. Agradecimiento: Yelman F. Bustamante Solórzano, párroco de Santa Catalina.


NOTAS:

[1] Se trata de María Dolores Valdés y Aguirre, casada con Arrafán en 1768.

[2] Francisco de Arrafán y Valdés, nació en Conil el 28 de marzo de 1748, y llegó a ser Caballero de la Orden de Carlos III, en la que ingresó el 2 de abril de 1795, Alguacil Mayor y Alcalde Ordinario de Conil; hermano de Bartolomé, abogado de los Reales Consejos, que da nombre a la casa de la Plaza de España 2, y representante de los intereses del Duque de Medina Sidonia en la Villa, ocupando los cargos de Comisario de Marina, Capitán de Guerra y Corregidor. Su hija Ana María Arrafán Valdés se casó con José María Mora-Figueroa Duarte, Marqués de Tamarón.

[3] Fue establecida por el rey de España Carlos III, con el lema latino Virtuti et merito, con el fin de condecorar a aquellas personas que se hubiesen destacado por sus buenas acciones en beneficio de España y la Corona. Para más información, pinchar AQUÍ.


Pedro Sánchez Muñoz, hacia 1956. Colección particular Fernanda Romero. “Conil en la Memoria”, p. 134, 2007. 

viernes, 10 de junio de 2022

EL SUELDAZO DE LA ONCE EN CONIL (2018).

Carmelo Muñoz Guerrero fue el vendedor del cupón agraciado con el sueldazo de la ONCE en el sorteo celebrado en el día de ayer. El premio es de 2000 €/mes durante 10 años. Suele ponerse en la puerta del ALDI, en la barriada del Pocito Blanco.

El vendedor declara que se encuentra muy contento ya que ha dado 400€ a 54 clientes y el sueldazo a otro.

Imagen del cupón de este sorteo, celebrando el 75º Aniversario del Hospital San Juan de Dios.

A nadie le sorprende con la frecuencia que Conil es agraciada con cualquiera de los sorteos que tanto dispone la sociedad española.

Fuente: “europapress punto es/andalucia/cadiz”, del 10 de junio de 2018. 

jueves, 9 de junio de 2022

LOS FRAILES MÍNIMOS O COMO SE FUNDÓ SU CONVENTO EN CONIL (1567).


Fachada parcial del Convento, en fotografía de Antonio Ramírez Lobatón, publicada en su facebook el 25 septiembre 2020.

Aparte de narrar cómo llegó la imagen de Nuestra Señora de las Virtudes a Conil, seguramente no compartido por todo el vecindario; se da cuenta de tres milagros realizados por la Señora, uno relativo a una santera negra y doncella que consigue amamantar a un niño depositado en la puerta de la ermita, otro, el hallazgo de un pequeño tarifeño, encomendado a nuestra Virgen, estando protegido en la sierra por dos toros, y, el último, de como un mudo sorprendió a los presentes con su parloteo.

Merece la pena echar un par de minutos en su lectura.

Fuente: “Los conventos de frailes mínimos del ámbito gaditano”, pp. 273 y 275, Pablo J. Pomar Rodil, Licenciado en Historia, 2006. Dialnet.unirioja punto es. 

Imagen de Ntra. Sra. de las Virtudes, restaurada en 1994 por Alfonso Berraquero García. Fuente: patronasmarianascadiz.blogspot punto com, 24 julio 2013. 

miércoles, 8 de junio de 2022

EN UNO DE LOS RINCONES DEL ARCHIVO PARROQUIAL DE CONIL: ANTIGUA IGLESIA SANTA CATALINA (1969).

Vista de la Iglesia Santa Catalina, hacia 1950 [mostrando claros síntomas de abandono], de la película “El pescador de coplas”. “Conil en la Memoria”, p. 33, 2004.

ANTIGUA IGLESIA SANTA CATALINA DE CONIL. Con fecha 9 de junio de 1969, el Cura Ecónomo Don Manuel Míguez Núñez, inicia unos contactos, en forma de encuesta que decía que 

« … de todos es conocido el estado ruinoso de la antigua Iglesia de Santa Catalina. Por parte del Obispado [era obispo Antonio Añoveros Ataún], se quiere conocer la posibilidad y conveniencia de reparación de la citada Iglesia, por el magnífico emplazamiento que tiene. Pero no se quiere decidir sin conocer la opinión del pueblo. Por eso tengo el honor de dirigirme a Ud. recabando su opinión con la contestación a las preguntas siguientes:

¿Sería interesante y agradable ver reconstruida la antigua Iglesia de Santa Catalina?

¿Sería una cosa práctica habiendo ya en uso tres iglesias?

El gasto que supondrá la reconstrucción, ¿sería mejor emplearlo, por ejemplo, en hacer una capilla en la Casa de Postas?

Siendo el mejor local-sitio en el pueblo, ¿sería mejor dedicar este sitio a otra cosa? ¿A qué?

Ud. que es conocedor de este pueblo debe en conciencia contestar a estas preguntas para el bien de todos. Le agradeceré que, de aquí a una semana, haya contestado, para presentar un informe al Obispado. »

El padre “Migue” y un grupo de madres con sus hijos recién nacidos, hacia 1965. Colección particular Josefa Muñoz. “Conil en la Memoria”, p. 152, 2004.

INFORME AL OBISPADO DE CÁDIZ, fechado en Conil el 19 de junio de 1969, firmado por el Cura Ecónomo, Don Manuel Míguez Núñez

« Secundando los deseos del Ilmo. Sr. Secretario Canciller de ver la conveniencia, o no, de reconstruir la antigua Parroquia de Conil y siguiendo sus indicaciones de pulsar la opinión pública al respecto, se ha hecho por esta parroquia, de doble manera, el racabar la opinión, verbalmente y por escrito, no solamente a personas del pueblo, sino a antiguos sacerdotes que estuvieron en Conil. De todo, hemos deducido: un 89,99% dice que sería bonito verla reconstruida, pero al mismo tanto por ciento, dice que no es nada práctico reconstruir, debido a la existencia de iglesias necesarias en el pueblo. Solamente personas mayores quisieran que si se reconstruyera, por ser, más que práctico, una tradición en el pueblo. Todo el mundo está conforme en que no se debía de haber dejado caer, pero ante las circunstancias, hoy, es mejor dejar ese sitio; se dividen las opiniones, para hacer un instituto, lugar público, correos, hotel, dejar siempre el jardín e incluso darle mayor extensión, ya que es la única zona verde del pueblo. Los gastos que supondrían la reconstrucción sería mejor dedicarlos a construir capillas filiales en el pago de Conil, ya que hace falta por la cantidad de vecinos que viven en los campos; también a construcción de viviendas para los sacerdotes, ya que el párroco vive en el Asilo (de la Diputación) y el coadjutor en casa no acomodada. Dejo para el final la opinión más general: ese sitio debe ser en donde se construyan viviendas, de las que Conil está tan falto, ya que según las últimas estadísticas, solamente el 8% de la población vive dignamente. Respecto a la reconstrucción de la iglesia, según el informe del arquitecto que obra en poder de eta parroquia, entre otras cosas dice ´´… La iglesia, desde el punto de vista artístico, carece en absoluto de valor, y a decir verdad, su arquitectura de un falso mudéjar, resulta muy desproporcionada y pobre, a pesar de la profusión de elementos que adornan las fachadas. Hechas unas calas para ver la naturaleza del terreno, se encuentra agua a los dos metros en algunos sitios, y el subsuelo es de un barro gredoso de poca consistencia; además hay indicios de que en parte del terreno en que está enclavado el edificio se hicieron enterramientos. Por la naturaleza del terreno, resulta que la fábrica de los muros y pilares, de gran sección (los muros de fachada tienen un metro de ancho) además de la carga de los macizados de las bóvedas, dan un trabajo para el terreno que según nuestros cálculos está comprendido en un kilo y medio a dos kilos por centímetro cuadrado, y que el terreno es incapaz de resistir, además de que por su naturaleza y el sitio en que está, es de temer corrimientos de los mismos. ´´

La parte copia del informe parcial, está tomado del que en 14 de marzo de 1941, hizo el arquitecto Don Manuel Fernández Pujol [*]. Por todo ello y salvo el mejor criterio de quienes el Obispado tenga a bien mandar a confrontar y decidir, creo que NO ES CONVENIENTE EL RECONSTRUIR DICHA PARROQUIA. »”

Fuente: Archivo Histórico Diocesano de Cádiz, Legajo 485, Serie Parroquias, 19 junio 1969transcripción libre de Antonio Martínez Corderolocalizada en el Archivo Parroquial de Conil de la FronteraAgradecimiento: Yelman F. Bustamante Solórzano, párroco de Santa Catalina.

Jardines e iglesia de Santa Catalina, hacia 1962. Colección particular José Guerrero. “Conil en la Memoria II”, p. 23, 2007.

(*) El arquitecto mencionado podría ser: Manuel Fernández-Pujol Fernándeztitulado en 1929; construyó la Iglesia Parroquial de San Paulino, en Barbate, en 1946-1954; también, junto a otros arquitectos, construyó el antiguo Cine Municipal, de Cádiz, actual Centro Integral de la Mujer, en la plaza del Palillero, entre 1930 y 1935.  

martes, 7 de junio de 2022

NAUFRAGIOS EN EL LITORAL DE CONIL 1O: “NUEVO DESENGAÑO” O “EL BARCO DE LA HARINA” (1842). (y, tercera parte)

 

Auditor de Marina [Ambientación]. Fuente: “alabarda punto net”.

"El Castellano” del 10 de noviembre, al igual que los anteriores, da cuenta, aunque muy brevemente, del suceso:

"A resultas del último temporal naufragaron en la costa é inmediacion del Conil un bergantin y un místico españoles y otro bergantin sardo. Las tripulaciones se salvaron; pero los cargamentos se han perdido. El del místico y bergantin sardo cuando la marea hizo pedazos los buques se perdieron en el mar; pero el del bergantin español que consistia en sacos de harina, fue robado por varias gentes de Conil. Se instruye causa con este motivo y se han hecho algunas prisiones. Tremendo castigo merecen en nuestro sentir los que resulten culpables.”

"El Católico” del 10 de noviembre vuelve a ocuparse en sus páginas del asunto de Conil, publicando la carta que los dos alcaldes de la villa envían al Jefe Superior Político [el gobernador civil, o delegado de gobierno, de la época], con exposición de su versión de los hechos; así como otra, en parecidos términos, firmada por los miembros capitulares del Ayuntamiento y con el mismo destinatario, las dos fechadas en Conil el 2 de noviembre:

Acta capitular del 31 de octubre, libro 57-1, folio 134, asiento n.º 66, donde se debate en dos de sus puntos este tema, según podemos leer en la siguiente transcripción. Fuente: Archivo Municipal de Conil, agradecimiento a Isabel González Ramírez.

"Punto 2º.- Se dió cuenta de un oficio que pasaba el Señor Alcalde Segundo, diciendo haber mandado arrestar á los capitulares D. Francisco de Murez y D. Miguel Guzman por resultar cargos contra ellos en una sumaria que sigue por los sucesos ultimos. El ayuntamiento quedó enterado acordando se pusiese en conocimiento de la Excma. Diputacion Provincial y Señor Gefe Superior Politico.

Punto 5º.- Por el Señor Presidente se manifestó que habiendo llegado á esta villa una partida de la Milicia Nacional de Chiclana á objeto que se ignora y sin mas documentos que un pase del Comandante de armas de Chiclana, se le há dicho estraoficialmente que iban á pedir un socorro: que lo mismo há ocurrido con los montaraces que acompañaban al Juez y con un alguacil, habiendose presentado estos en persona á reclamar sus haberes: concluyó el Señor Presidente con decir que lo ponia en conocimiento de la corporacion para que esta acordara la contestacion que le pareciese más oportuna. La misma acordó que mediante á que las cantidades que se diesen por estos conceptos no son abonables pues que la movilizacion de las Milicias no está hecha por la autoridad superior de la provincia, ni el ayuntamiento tendrá nada que ver con dicha movilizacion ni podrá satisfacer cantidad alguna.”

"CONIL.- SUCESOS ESCANDALOSOS.- Llamamos la atención de nuestros lectores sobre las siguientes esposiciones de los alcaldes y ayuntamiento de este pueblo. Dicen asi:

«Sr. gefe superior político.- D. Juan Bautista Gil y D. Juan Ramirez, alcaldes constitucionales de la villa de Conil, ante V.S. llenos de la mas profunda indignacion levantamos nuestra voz, denunciando los escandalos inauditos que estamos presenciando, y el desprecio que de nuestras autoridades se está haciendo por el juez interino de primera instancia de este partido judicial.

Sabidos son ya de V.S. los desórdenes de la tarde del 29 último; pudimos restablecer la calma, y sabiendo quiénes eran los criminales los entregamos á los tribunales para que sobre ellos recayese el saludable rigor de las leyes. Pues bien, habiéndose trasladado á esta villa D. Gil Sanchez, juez interino de primera instancia, los ha puesto en libertad, alentándose de esta manera á los que han despreciado nuestra autoridad, y dándose margen á nuevas escenas terribles. Asi no podemos, no queremos ser alcaldes, no queremos ser alcaldes sin prestigio, sin fuerza, y hasta las gradas del trono elevaremos nuestra enérgica voz.

El Sr. juez interino se ha presentado en esta villa para consumar tales escándalos con fuerza armada: ha dispuesto patrullas y encargándolas al gefe militar de cada villa sin ponerlo en conocimiento de nuestra autoridad, de manera que nos encontramos declarados en estado de sitio, y atropellados por quien se ha revestido de facultades que no le conceden nuestras leyes. Asi no podemos ni queremos ser alcaldes, y ponemos en manos de V.S. el desistimiento de nuestras autoridades.

Hay mas: ha encargado estas patrullas á los mismos que capitaneaban el motin asqueroso de la tarde del 29; ha practicado reconocimientos á media noche, sin ponerlo en nuestro conocimiento; ha entendido en una causa que pertenece esclusivamente al tribunal de marina. Y todo ¿por qué? Porque dicho Sr. juez quiere ser diputado provincial á despecho de la voluntad de la mayoria efectiva de los electores, y quiere con ese aparato de fuerza, con esas arbitrariedades, que se apruebe por la junta electoral la monstruosa acta de las elecciones de Chiclana, donde han figurado votando hasta electores que hace mas de un año que murieron.

Esta es la piedra de toque de todos los escándalos. Los que se rebelaron contra nuestra autoridad son los mismos que defendian la candidatura del juez interino, á quienes prometió los ausilios y patrocinio del juzgado para vencer. ¿Cuantos males no debemos recelar y cuántas veces no ha de ser despreciada nuestra autoridad por la impunidad presente? Por esto no podemos ni queremos ser mas tiempo alcaldes, y denunciaremos ante el tribunal territorial la conducta injustisima de este Sr. juez interino.

Sabemos que quizás en V.S. no existen facultades para admitirnos esta dimision; pero estamos resueltos á sufrir el castigo que se nos imponga, antes que continuar en nuestros puestos; porque se rien ante nosotros, nos insultan públicamente un puñado de criminales patrocinados por un hombre sin ley, sin conciencia y sin patriotismo. No, no continuaremos por mas tiempo al frente de un pueblo, sin el prestigio necesario para mandar, sin jueces á quienes recurrir, en fin,entregados á la mas completa anarquia; porque se han desquiciado los lazos saludables de la recta administracion de justicia. Conil 2 de noviembre de 1812.= Juan Bautista Gil.= Juan Ramirez.”

Raqueros en la playa de Doniños [Ambientación]. Acuarela Miguel A. Fernández. Fuente: “galiciaartabradigital punto com”.

Acta capitular del 2 de noviembre, libro 57-1, folio 135, asiento n.º 67, donde se trata de la dimisión de los alcaldes, y su traslado al Jefe Superior Político; en la práctica los alcaldes siguieron en sus puestos, al menos, hasta marzo de 1843, en que el primero fue sustituido por Gaspar Marín. Fuente: Archivo Municipal de Conil, agradecimiento a Isabel González Ramírez.

Señor gefe superior politico.= El ayuntamiento constitucional de Conil de la Frontera ha sabido con el mayor sentimiento la representacion que los señores alcaldes elevan á la consideracion de V.S. por desaires hechos á su autoridad, y por la conducta con ellos observada por el señor juez interino de primera instancia de este partido judicial.

El ayuntamiento ha presenciado los escándalos que se denuncian; y no puede menos de lamentar los tristes resultados de emplear las influencias de un tribunal de justicia en pró de las miras de un partido, y de las ambiciones de un hombre que á toda costa quiere conseguir un objeto que reprueba la sana moral.

Esta población se encuentra entregada á la suerte de los patrocinados por el juzgado, quienes engreidos por su posicion ilegal, promueven disgustos grandisimos y los producirán mayores. ¿Se puede asi gobernar?

Este ayuntamiento se ha propuesto en esta manifestacion no traspasar la linea que se ha trazado de circunspeccion; pero quisiera que V.S. se personase en esta villa para volver á las autoridades el prestigio que les ha arrebatado el juez referido. No espera menos esta corporacion de la autoridad de V.S., pues de lo contrario presagiamos escenas funestas que han de proporcionar sumos disgustos á la autoridad de V.S., y á este ayuntamiento. Conil 2 de noviembre de 1842.= Regidores: Diego Petisme.= Pedro Camelo.= Francisco Ortega.= Luis Sanchez Daza.= Francisco Sanchez del Arco, secretario."

Descargando [Ambientación]. Dibujo extraído de “alacantobrera punto com”.

Otra reseña más de “El Espectador”, núm. 465, del jueves 10 de noviembre de 1842:

"ANDALUCÍA. CADIZ 4 de noviembre.= Muy notables son las exposiciones que los alcaldes y el ayuntamiento de Conil elevan al señor gefe superior político de la provincia. En nuestro periódico ya hemos dado cabida á varias comunicaciones de aquella villa; pero nunca creimos que fuese tomando la cuestion el aspecto que en el dia presente. Nos parece muy acertada la indicacion que hace el referido ayuntamiento, pues que es el mejor modo de terminar una reyerta que, en nuestro concepto ha de producir algunos sinsabores al mismo gobierno. Antes de terminar, suplicamos al digno gefe que hoy se encuentra al frente de nuestra provincia, que mire muy detenidamente esta cuestion que de suyo es delicadísima."

Y, ya en fecha tan avanzada como el 20 de marzo de 1843, se reseña una crónica en “El Espectador” del 28 de marzo:

"Cadiz. CONIL 20 marzo. Ya estamos mas tranquilos: ya los contínuos sobresaltos que por todas partes nos atormentaban de ver incendiada la mejor y la peor de nuestras haciendas de campo, va desapareciendo, gracias á las enérgicas disposiciones adoptadas por el alcalde anterior [Juan Bautista Gil] y á las puestas en práctica por el actual [Gaspar Marín].

Segun de público se dice, en la sumaria que con celo infatigable de dia y de noche está siguiendo dicho señor alcalde, en la que actúa como escribano nuestro apreciable amigo el secretario del ayuntamiento, por las muchas ocupaciones que en el dia tiene el escribano único de esta villa, aparecen plenamente justificados y aun confesos los perpetradores, cómplices y directores del horroroso incendio que han sufrido varias casas de labor de estos vecinos, que en las elecciones de diputados á córtes y de ayuntamiento votaron la candidatura progresista. Además de este crímen, resultan tambien comprobados otros muy terribles, muy horrorosos, pero que no llegaron á ponerse en práctica por una feliz casualidad.

En este espediente que tanto honra á las autoridades de esta villa y al señor Sanchez del Arco, que con tanto tino han sabido buscar tan horrendo delito, consumado en las tinieblas de la noche y sin testigos que vieran incendiar posesiones donde algunos infelices cifraban su bien-estar, es digno del mayor elogio, de las consideraciones de los hombres honrados de todos los partidos políticos y de que se recomiende al gobierno. ¡Loor eterno á las autoridades que como la de Conil, á pesar de habérsela atemorizado sabe cumplir tan perfectamente con los encargos que les confiaran sus convecinos.

¿Qué hace ahora la prensa moderada?, ¿cómo no levanta su prepotente voz contra estos criminales en demanda de justicia? Los periódicos retrogados que culpaban al partido del progreso como incendiario, ¿qué diran cuando vean que está plenamente justificado ser los autores del incendio sus amigos politicos y personales? Guardan y guardarán silencio, porque todas las pruebas estan contra los hombres que tanto han defendido; y tengase presente que en el repetido espediente no ha declarado ninguno de sus adversarios.

En este espediente figuran muy mal los hombres que con tanto empeño ha defendido el juzgado de primera insrancia á cargo de don Gil Sanchez, y que resultando complicados en el robo de la harina del bargantin náufrago Nuevo Desengaño, los puso el celeberrimo D. Gil en libertad luego que se apoderó de la causa puede decirse que casi con violencia. Por todas partes aparecen como por ensalmo estos triunfos del ex-alcalde de Chiclana. Si dicho señor hubiera dejado obrar al alcalde de esta villa, otro hubiera sido el resultado del robo de la harina. Habria tenido el mismo feliz éxito que el de los incendios; pero aquel buen señor entendió que le convenia intimidar á este desgraciado pueblo, presentarse con milicia que movilizó, y figurar como tiene de costumbre, pretendiendo hacia algun bien, el que en los dias de su alcaldía no hizo mas que cumplir estrictamente con sus deberes.

Tambien debo hacer mencion de la generosidad que el señor Sanchez del Arco ha usado con sus enemigos, pues que no ha permitido que se instruyera sumario, en el cual sin duda alguna se comprobará hasta lo infinito el atentado horroroso que se proyectaba contra él, por una suma que ya estaba convenida; pero como en este particular nadie se rozaba mas que dicho amigo no ha consentido se proceda contra su autor, por no ocasionarle mas pesares de los que sufre en la actualidad.

Al juzgado de primera instancia de Chiclana pasará (según he llegado á entender) dentro de breves dias el espediente de incendios con todos los complicados en él: me refiero que el juzgado obrará con la imparcialidad y justicia que debe y demanda el hecho horrible sobre el que versa, y con arreglo á las leyes pedirá que la cuchilla de la ley caiga sobre los criminales. (Defensor del Pueblo).”

Fuente: “El Corresponsal”, “El Católico”, “El Espectador” y “El Constitucional”, todos consultados en LA HEMEROTECA DIGITAL, de la Biblioteca Nacional de España; www. hemerotecadigital.bne.es