El
partido progresista da su versión de los hechos acaecidos en CONIL
durante el último año. De eso trata el extenso recorte que se
presenta hoy. Por sus argumentos, toda la culpa recae en la persona
del Secretario del Ayuntamiento. Aprovecho, también, para colgar un
recorte sobre la fuga y arresto de un “intrigante” entre Vejer y
CONIL.
Fuente:
“Eco del Comercio”, núm. 2489, del martes 21 de septiembre de
1841.
Por
no ser muy apropiada la tipografía y con objeto de facilitar la
labor del posible lector, se transcribe todo el contenido a
continuación:
“NOTICIAS
DE ESPAÑA.
ANDALUCIA.
SEVILLA
14 de setiembre.- Sobre los alborotos de CONIL.- Por fin llegó
el dia en que se esplicara la causa de todos los alborotos de CONIL.
El partido progresista calumniado por la prensa retrógrada, acusado
en medio de la representacion nacional, vituperado no solamente en
nuestra provincia, sino en todo el reino y hasta en el extranjero
puede levantar su noble frente y demostrar que ni sus ideas, ni sus
hombres tuvieron la mas minima parte en las ocurrencias de aquella
villa. Estas ocurrencias las esplotaron á su placer los enemigos del
glorioso pronunciamiento de setiembre.
Las
cuentas de propios y arbitrios del año anterior, presentadas
últimamente al cuerpo provincial para su examen y aprobación,
revelan cuanto hubo en esos acontecimientos, y el manejo altamente
punible y escandaloso que se hizo de los sagradísimos fondos del
pueblo. Este manejo, la disipación y despilfarro de la
administracion, la resistencia de los culpables de abandonar la ollas
de Egipto, y el temor de que
los hombres que les reemplazaban descubriesen tantos crímenes y
tantas infracciones de ley, los conducian de exceso en exceso, de
alboroto en alboroto, sin que en ninguno de esos dominase un
principio politico, ni jugase una idea de libertad ó independencia.
La
diputacion provincial, ese cuerpo tan solícito del bien de los
pueblos, de la integridad administrativa, de las cuentas claras; esa
corporacion que con tanta asiduidad ha trabajado y trabaja para que
no se esquilmen los caudales públicos; que con infatigable celo y
una constancia como ninguna, ha regularizado en la provincia la
administracion de estos fondos; esa junta inexorable para que rindan
cuentas los ayuntamientos, inexorable tambien en castigar á los que
han usurpado el pan del pobre; esa junta es la que ha de examinar las
cuentas de propios y arbitrios presentadas por los capitulares del
año anterior, y la que ha de dar ún solemne mentís á la prensa
moderada, á los enemigos del actual orden de cosas y á los que han
calumniado á ciencia cierta al generoso partido de setiembre.
Sí,
las cuentas que va a examinar la diputacion, patentizan bastante bien
que si en CONIL han acaecido algunos desórdenes, no han sido
ciertamente motivados por la
comunion
ni exajeraciones progresistas, sino por algunos hombres que se
estaban alimentando con la sangre del pueblo infelice, y hollando uno
por uno los artículos de una ley constitucional.
El
ayuntamiento de aquella villa, perteneciente al año 40, concedió la
diputacion para cubrir sus cargar municipales arbitrios sobre
especies de consumos.
La
ley prohibe que los ayuntamientos administren por sí mismos los
impuestos sin dar parte á la superioridad y recibir su aprobacion;
pero el de CONIL sin
este requisito indispensable dispuso de la renta y la administró por
sí. La ley se opone á que los ayuntamientos perciban cantidad
alguna que á propios ó arbitrios pertenezca: ordena que todos
ingresen en depositaría; pero el cuerpo municipal de CONIL
cobró y pagó sin intervencion de nadie.
La
ley preceptúa que cuando sea necesario emprender obras públicas, se
abra su respectivo expediente y se remita á la aprobacion de la
diputacion; pero el ayuntamiento de CONIL
por si mismo mandó componer las calles, pagándolo de las cantidades
destinadas á cubrir el presupuesto.
La
ley exije que para crear cualquiera plaza, y designar cantidades
diarias contra los fondos de propios, se proponga a la diputacion en
el presupuesto: pero el cuerpo capitular de CONIL
despreciando este precepto, nombró á su presidente cirujano
sangrador, señalándole su respectivo honorario.
La
ley prohibe que los capitulares perciban dietas por el desempeño de
sus comisiones, y el ayuntamiento de CONIL
se repartió tantas
libranzas en este sentido que pasma terriblemente. Ultimamente, en
nada se obedeció la ley, se infringieron todos sus articulos, se
despreció cuanto ordenaba la superioridad, y desbordados aquellos
concejales solo tuvieron por norte el interes particular y no los de
sus convecinos, cuya vigilancia era su deber primero.
Sin
embargo, casi todos los capitulares fueron sorprendidos. Entregados
al secretario de aquella época los conducia á su placer,
comprometiéndolos infinitamente. Hombres sencillos casi todos ellos,
casi todos sin mas ilustracion que la de las faenas de su labor,
ignorában los requisitos de la ley. El secretario interesado en este
punible manejo, pues era el que percibia las cantidades de los
arbitrios, el que pagaba y sunibistraba á los prisioneros que
vinieron á trabajar en la composicion de las calles, el que llevaba
la cuenta y razon de todo sin mas intervencion que su misma persona,
es el verdadero criminal y digno de todo el rigor de las leyes.
El
pueblo indignado con semejante conducta gritó en setiembre para que
cayesen los arbitrios. El secretario era el blanco de los
descontentos, y para ganarlos, les hizo creer tenian derecho á
repartir los terrenos de las Zorrera, propiedad reconocida y
respetada, cometiendo un verdadero despojo. El fue quien creó
aquella guerra entre pobres y ricos, el autor de aquellas ridículas
escenas que tanto fruto han dado á los retrógrados.
He
aquí la historia de los alborotos de CONIL
aunque muy superficialmente tocada. Mucho nos queda que decir; pero
la diputacion provincial interesada en el honor del partido
progresista calumniado, en que se administren con integridad los
fondos de propios, en que no sean ilusorias sus órdenes y
circulares, y sobre todo en que se obedezca la ley, mostrará toda la
energía de que es capaz á fin de castigar á los que resulten
culpables.
IDEM
15.- Fuga y prision de Arjona.-
El sábado 4 del actual, á las nueve ó poco mas de la noche, se
fugó el intrigante Arjona de la villa de Vejer, quebrantando el
arresto que sufria de orden del señor geje superior político de la
provincia. Pero el domingo siguiente á la misma hora salió preso de
CONIL y fue conducido
con la seguridad necesaria á disposicion del alcalde constitucional
de Vejer.
Se
han contado de distintos modos las particularidades de esta prision;
pero fue como sigue. Recibido en CONIL
por el señor alcalde primero el oficio en que se daba parte de la
fuga de Arjona, y de que se procediese á su prision si era
encontrado, proveyó auto para que pasando el secretario del
ayuntamiento (por no encontrarse al pronto el escribano) con los
cabos de justicia necesarios á la casa de Arjona, ó á cualquiera
otra sospechosa, se prendiese inmediatamente.
La
casa de Arjona estaba cerrada. Se golpeó hasta con piedra; pero
nadie respondia. Dirigiéndose entonces el secretario á la casa de
enfrente, pues que sabia que en ella dejaban la llave de la casa
cerrada, la pidió y le fué negada. Se le dijo que hacia tres dias
habian venido de Vejer por unos muebles y se la habian llevado. Por
fin al cabo de rato pareció y abierta la puerta entró la justicia.
En la última alcoba estaba Arjona, temblando, pálido y balbuciente.
Allí quedó preso hasta que entregado á un cabo de justicia fue
conducido á Vejer.”
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